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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

Decreto 1477/2014

Dase por prorrogada designación del Director de Proyectos de Cooperación Internacional.

Bs. As., 1/9/2014

VISTO el Expediente Nº 5454/2014 del Registro del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2014 aprobado mediante la Ley Nº 26.895, los Decretos Nros. 491 de fecha 12 de marzo de 2002, 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008, 1832 de fecha 23 de noviembre de 2009, 498 de fecha 27 de abril de 2011 y 271 de fecha 12 de marzo de 2013, y

CONSIDERANDO:

Que por la ley citada en el Visto se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio del año 2014.

Que en función de lo previsto en el Artículo 1° del Decreto Nº 491/02, toda designación en el ámbito de la ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente, cualquiera fuera su modalidad y fuente de financiamiento, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, a propuesta de la jurisdicción o entidad correspondiente.

Que por el Decreto Nº 2098/08 se procedió a homologar el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP).

Que por el Decreto Nº 1832/09, prorrogado por sus similares Nros. 498/11 y 271/13, se designó transitoriamente al Licenciado D. Miguel Ángel ZANABRIA, por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles como Director de Proyectos de Cooperación Internacional, Nivel B, Grado 0, con Función Ejecutiva Nivel III del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), dependiente de la Dirección General de Cooperación Internacional, en el ámbito de la SECRETARIA DE COORDINACION Y COOPERACION INTERNACIONAL del entonces MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.

Que la prórroga dispuesta por el Decreto Nº 271/13 se encuentra vencida.

Que el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, conforme a la urgencia de las tareas a desarrollar y el alto nivel de responsabilidad inherente al mencionado cargo, requiere la prórroga de dicha cobertura transitoria.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO ha dictaminado que no existen objeciones legales que formular para el dictado del presente decreto.

Que la SUBSECRETARIA LEGAL, TECNICA Y ADMINISTRATIVA y la SECRETARIA DE COORDINACION Y COOPERACION INTERNACIONAL del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, prestan conformidad al dictado del presente decreto.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes de los Artículos 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL y 1° del Decreto Nº 491/02.

Por ello,

LA PRESIDENTA
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:

Artículo 1° — Dase por prorrogada a partir del 2 de diciembre de 2013 —fecha de su vencimiento— y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha del presente decreto, la designación transitoria del Licenciado D. Miguel Ángel ZANABRIA (D.N.I. Nº 16.047.865), dispuesta por el Decreto Nº 1832/09, prorrogado por sus similares Nros. 498/11 y 271/13, en el cargo de Director de Proyectos de Cooperación Internacional, Nivel B, Grado 0 del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), en el ámbito de la Dirección General de Cooperación Internacional, dependiente de la SECRETARIA DE COORDINACION Y COOPERACION INTERNACIONAL del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva Nivel III del mencionado Sistema, aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto Nº 2098/08.

Art. 2° — El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado por Decreto Nº 2098/08, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha del presente decreto.

Art. 3° — El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto se imputará a las partidas específicas del presupuesto de la Jurisdicción 35 - MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich. — Héctor M. Timerman.

Fecha de publicación 09/09/2014