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16 de Agosto de 2000

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Legislación y Avisos Oficiales
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MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS

Resolución 597/2014

Bs. As., 4/9/2014

VISTO el Expediente Nº S01:0211971/2013 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente mencionado en el Visto tramita la aprobación del Plan de Acción y Presupuesto para el Ejercicio 2014 formulado por NACION ADMINISTRADORA DE FONDOS DE JUBILACIONES Y PENSIONES SOCIEDAD ANONIMA, empresa actuante en el área del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS.

Que la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156 y sus modificaciones contiene en el Título II, Capítulo III, el Régimen Presupuestario de Empresas Públicas, Fondos Fiduciarios y Entes Públicos no comprendidos en la Administración Nacional.

Que obra en el expediente señalado, el informe favorable sobre la medida propiciada de la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO dependiente de la SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS.

Que el Artículo 49 de la mencionada ley y el Decreto Nº 1.344 de fecha 4 de octubre de 2007 por el cual se aprueba el Reglamento de la Ley Nº 24.156 y sus modificaciones, determina que es facultad del suscripto la aprobación de la presente medida.

Por ello,

EL MINISTRO
DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS
RESUELVE:

ARTICULO 1° — Apruébase el Plan de Acción y Presupuesto para el Ejercicio 2014 de NACION ADMINISTRADORA DE FONDOS DE JUBILACIONES Y PENSIONES SOCIEDAD ANONIMA, empresa actuante en el área del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, de acuerdo con el detalle que figura en los Anexos I y II adjuntos a la presente resolución, respectivamente.

ARTICULO 2° — Estímanse en la suma de PESOS CERO ($ 0) los ingresos de operación y fíjanse en la suma de PESOS VEINTICUATRO MILLONES SETECIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL DOCE ($ 24.747.012) los gastos de operación, y como consecuencia de ello apruébase el Resultado Operativo (PERDIDA DE OPERACION) estimado en PESOS VEINTICUATRO MILLONES SETECIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL DOCE ($ 24.747.012) de acuerdo con el detalle que figura en las planillas del Anexo II adjunto a la presente resolución.

ARTICULO 3° — Estímanse en la suma de PESOS VEINTICINCO MILLONES SETECIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS TREINTA Y SEIS ($ 25.745.936) los ingresos corrientes y fíjanse en la suma de PESOS VEINTICUATRO MILLONES SETECIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL DOCE ($ 24.747.012) los gastos corrientes, y como consecuencia de ello apruébase el Resultado Económico (AHORRO) estimado en PESOS NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS VEINTICUATRO ($ 998.924) de acuerdo con el detalle que figura en las planillas del Anexo II adjunto a la presente resolución.

ARTICULO 4° — Estímanse en la suma de PESOS DOCE MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y UNO ($ 12.471) los ingresos de capital y fíjanse en la suma de PESOS CERO ($ 0) los gastos de capital, y como consecuencia de ello en conjunción con el Resultado Económico establecido en el Artículo 3° de la presente resolución, estímase el Resultado Financiero (SUPERAVIT) para el Ejercicio 2014 en PESOS UN MILLON ONCE MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y CINCO ($ 1.011.395) de acuerdo con el detalle obrante en las planillas del Anexo II adjunto a la presente resolución.

ARTICULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. AXEL KICILLOF, Ministro de Economía y Finanzas Públicas.

e. 12/09/2014 Nº 67649 v. 12/09/2014

Fecha de publicación 12/09/2014