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7 de Noviembre de 2005

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE SALUD

Decreto 1541/2014

Designación en la Superintendencia de Servicios de Salud.

Bs. As., 8/9/2014

VISTO el Expediente Nº 241.435/13 del registro de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE SALUD, las Leyes Nº 26.784 y Nº 26.895, los Decretos Nº 1615 de fecha 23 de diciembre de 1996, Nº 491 de fecha 12 de marzo de 2002, Nº 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y modificatorios, Nº 2710 de fecha 28 de diciembre de 2012 y Nº 264 de fecha 12 de marzo de 2013, y

CONSIDERANDO:

Que por las citadas Leyes se aprobaron el Presupuesto de Gastos y Recursos de la Administración Pública Nacional para el Ejercicio 2013 y para el Ejercicio 2014, respectivamente.

Que por Decreto Nº 1615/96 se dispuso la creación de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, organismo descentralizado de la Administración Pública Nacional en la órbita del MINISTERIO DE SALUD, con personalidad jurídica y con un régimen de autarquía administrativa, económica, financiera y en calidad de ente de supervisión, fiscalización y control de los agentes que integran el SISTEMA NACIONAL DEL SEGURO DE SALUD.

Que mediante el Decreto Nº 491/02 se dispuso que toda designación, asignación de funciones, promoción y reincorporación de personal, en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada en los cargos de planta permanente y no permanente, incluyendo en estos últimos al personal transitorio y contratado, cualquiera fuera su modalidad y fuente de financiamiento, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta del ente o jurisdicción correspondiente.

Que por Decreto Nº 2710/12 se aprobó la estructura organizativa de primer nivel operativo de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE SALUD, previendo, entre otros cargos, la Subgerencia de Liquidación de Subsidios por Reintegros.

Que por los artículos 4° y 6° del Decreto Nº 264/13 fueron designados diversos funcionarios de conducción superior de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE SALUD.

Que el funcionario designado en el cargo de Subgerente de Liquidación de Subsidios por Reintegros ha presentado su renuncia.

Que dicha renuncia ha sido aceptada mediante Resolución Nº 2580 de fecha 1° de agosto de 2013 del registro de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD.

Que a los fines de garantizar el normal desenvolvimiento de la Subgerencia de Liquidación de Subsidios por Reintegros resulta necesario proceder a la designación de su reemplazante.

Que el señor Luis Alberto SALDIVIA (DNI Nº 16.029.562) posee los requisitos de idoneidad y experiencia necesarios para ocupar el cargo de Subgerente de Liquidación de Subsidios por Reintegros.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE SALUD ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL, los artículos 7° y 10° de las Leyes Nº 26.784 y Nº 26.895 y el artículo 1° del Decreto Nº 491/02.

Por ello,

LA PRESIDENTA
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:

Artículo 1° — Dase por designado transitoriamente en la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE SALUD, a partir del 16 de octubre de 2013 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, contados a partir de la fecha del presente decreto al señor Luis Alberto SALDIVIA (DNI Nº 16.029.562) en el cargo de Subgerente de Liquidación de Subsidios por Reintegros de la Gerencia de Administración, Nivel A, Grado 0, del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP) homologado por el Decreto Nº 2098/08 y modificatorios, con autorización excepcional por no reunir los requisitos del artículo 14 del mismo y con carácter de excepción a lo dispuesto por el artículo 7° de las Leyes Nº 26.784 y Nº 26.895, autorizándose el correspondiente pago del Suplemento por Función Ejecutiva de Nivel II establecido en el artículo 19 del referido Convenio.

Art. 2° — El cargo involucrado en el artículo 1° del presente decreto deberá ser cubierto de conformidad con los requisitos y sistemas de selección según lo establecido, respectivamente, en los TITULOS II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP) homologado por el Decreto Nº 2098/08 y modificatorios, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha del presente decreto.

Art. 3° — El gasto que demande el cumplimiento del presente será atendido con cargo a las partidas específicas del Presupuesto de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE SALUD.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich. — Juan L. Manzur.

Fecha de publicación 15/09/2014