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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS SECRETARIA DE ENERGIA

Resolución 39/2014

Bs. As., 9/9/2014

VISTO el Expediente Nº S01:0050332/2013 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y

CONSIDERANDO:

Que la redeterminación de canon o precio de una Ampliación de Transporte de Energía Eléctrica en Alta Tensión se rige por lo dispuesto por el Decreto Nº 634 de fecha 21 de agosto de 2003 que se complementa con las resoluciones de la SECRETARIA DE ENERGIA del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS Nros. 948 de fecha 10 de agosto de 2005 y 1205 de fecha 30 de agosto de 2006.

Que oportunamente, el COMITE DE ADMINISTRACION DEL FONDO FIDUCIARIO PARA EL TRANSPORTE ELECTRICO FEDERAL (CAF) firmó contrato con la Provincia de SANTA CRUZ, en las condiciones que se establece en el Convenio Marco, con el objeto de realizar la Construcción de las Obras que integran la Interconexión en 132kV Santa Cruz Centro y Santa Cruz Noroeste con la Empresa SERVICIOS PUBLICOS DEL ESTADO, firmándose el correspondiente contrato el día 11 de noviembre de 2011.

Que el contrato mencionado anteriormente prevé la redeterminación de los precios y para ello la aplicación de lo establecido por el Decreto Nº 634/2003, las resoluciones Nros. 948/2005 y 1205/2006, ambas de la SECRETARIA DE ENERGIA del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS y los criterios establecidos en el respectivo Convenio para la Contratación.

Que a los efectos del cumplimiento de lo establecido por el Decreto Nº 634/2003 y en base a las facultades otorgadas por el Artículo 3° de la Resolución Nº 948/2005 y por el Artículo 7° de la Resolución Nº 1205/2006 ambas de la SECRETARIA DE ENERGIA del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, se han cumplimentado en la etapa licitatoria todos los pasos necesarios para establecer, en consulta con los proponentes, mediante condiciones específicas establecidas en el Convenio Marco para la Contratación, los coeficientes de ponderación de la participación de los Insumos en el Rubro Principal que corresponde, en un todo de acuerdo a lo dispuesto por las normas citadas.

Que el contratista del respectivo contrato ha presentado senda nota (NP-SC2-0019), solicitando la aplicación de la redeterminación según lo establecido en el pliego.

Que los organismos técnicos competentes han verificado que la variación promedio de costos de los rubros principales, que componen cada provisión u obra, han alcanzado para cada caso un valor tal que resulta una variación promedio del precio actual del contrato superior al DIEZ POR CIENTO (10%), quedando habilitada la aplicación de la redeterminación de los mismos en las condiciones establecidas por el Decreto Nº 634/2003.

Que se ha procedido por parte de los organismos técnicos competentes, a la redeterminación de los precios del contrato, aplicando para ello las fórmulas especificadas en el mencionado Decreto Nº 634/2003, con el procedimiento y los factores de ponderación de participación de Insumos definitivos, aprobados y establecidos con la mecánica de participación de los oferentes expuesta anteriormente.

Que los precios de los contratos redeterminados resultan los que se indican en el Cuadro que como ANEXO forma parte integrante de la presente.

Que mediante Nota CAF Nº 601 de fecha 01 de marzo de 2013 el COMITE DE EJECUCION manifiesta la existencia de fondos que permiten asegurar el financiamiento de todas las erogaciones derivadas del Contrato.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS dependiente de la SUBSECRETARIA LEGAL del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS ha tomado la intervención que le compete.

Que la SECRETARIA DE ENERGIA se encuentra facultada para el dictado del presente acto en virtud de lo dispuesto en el Decreto Nº 634 de fecha 21 de agosto de 2003.

Por ello,

LA SECRETARIA
DE ENERGIA
RESUELVE:

ARTICULO 1° — Apruébase la redeterminación de precios del contrato de Construcción de la Línea de Alta Tensión en 132kV Santa Cruz Centro - Santa Cruz Noroeste, suscripto por la empresa SERVICIOS PUBLICOS SOCIEDAD DEL ESTADO y el COMITE DE EJECUCION.

ARTICULO 2° — Determínase que el monto total del contrato cuya redeterminación de precios al mes de julio de 2012 se aprueba en el artículo 1°, asciende a PESOS DOSCIENTOS CUARENTA Y OCHO MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y SIETE CON CINCUENTA Y DOS CENTAVOS ($ 248.476.557,52), según detalle del Cuadro que como ANEXO forma parte de la presente, no contemplando este monto el Impuesto al Valor Agregado (IVA).

ARTICULO 3° — La presente resolución entrará en vigencia el día de su publicación en el BOLETIN OFICIAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA.

ARTICULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ing. MARIANA MATRANGA, Secretaria de Energía.

ANEXO
INTERCONEXION LINEA DE 132kV SANTA CRUZ CENTRO - SANTA CRUZ NOROESTE
MONTOS REDETERMINADOS DEL CONTRATO PARA LA CONSTRUCCION
(Los valores que se indican son en pesos y no incluyen el Impuesto al Valor Agregado)


MONTOS DEL CONTRATO SERVICIOS PUBLICOS SOCIEDAD DEL ESTADO
Monto Total a la Firma del Contrato (Marzo 2011)205.153.138,38
Monto Total del Contrato Redeterminado (Julio 2012)248.476.557,52

e. 15/09/2014 Nº 68167/14 v. 15/09/2014

Fecha de publicación 15/09/2014