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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD

Resolución 248/2014

ACTA Nº 1331 Expediente ENRE Nº 34.463/2011

Bs. As., 10/9/2014

El Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto:
1.- Autorizar la incorporación al Sistema de Transporte de Energía Eléctrica operado por “TRANSNOA S.A.” en virtud de la concesión otorgada para la prestación del servicio público de transporte de electricidad, de las instalaciones de 132 kV de la Provincia de La Rioja que se listan en el Anexo I de la presente Resolución.
2.- Establecer que “TRANSNOA S.A.” realizará la Operación y Mantenimiento de las instalaciones incorporadas, en un todo de acuerdo a los términos de su Contrato de Concesión y las normas que rigen en el MERCADO ELECTRICO MAYORISTA (MEM). La remuneración que percibirá por tales servicios será la que corresponde a su cuadro tarifario en vigencia.
3.- Establecer un plazo de DIECIOCHO (18) MESES, tomado desde la fecha de dictado del presente acto, para la adecuación de los sistemas SOTR, SMEC, SCOM, SOD, y otros de índole operativa, y durante el cual no serán aplicadas sanciones por indisponibilidad del mencionado equipamiento.
4.- “TRANSNOA S.A.” deberá proceder a realizar de inmediato los trabajos de regularización de las instalaciones incorporadas, a fin de que se encuentren de conformidad con los Reglamentos de Seguridad vigentes, debiendo quedar las mismas conforme a norma, dentro de los TREINTA (30) días de notificada la presente. Sin perjuicio de lo dispuesto, en los casos en que existan situaciones que vulneren las restricciones impuestas en las franjas de seguridad derivadas de las servidumbres constituidas o que correspondan a las condiciones usualmente fijadas para casos similares por este ENRE, la transportista deberá proceder a su regularización en forma inmediata y en el caso de que dichas situaciones comprendan la existencia de ocupantes, se deberán extremar las acciones de prevención y especialmente se deberá proceder a verificar alturas, colocar cadenas de aisladores dobles, cartelería, obstáculos antisubida en las torres, aviso de riesgo para las personas que se encuentran debajo o cerca de las instalaciones. “TRANSNOA S.A.” deberá informar semanalmente por escrito y con las constancias correspondientes sobre los trabajos realizados y la superación de las irregularidades existentes. Asimismo “TRANSNOA S.A.” deberá cumplimentar las disposiciones ambientales conforme a los reglamentos del ENRE y de la Secretaría de Energía y proceder a la medición de los campos electromagnéticos de dichas instalaciones debiendo informar los resultados dentro del plazo de TRES (3) meses de notificado de la presente.
5.- Instruir a CAMMESA a los efectos que esta compañía comience a aplicar, desde la fecha de dictado de la presente Resolución, los mecanismos recaudatorios y remunerativos previstos en la normativa para las instalaciones incorporadas al ámbito de concesión de “TRANSNOA S.A.”.
6.-Notificar a “TRANSNOA S.A.”, a “EDELAR S.A.”, al ENTE UNICO DE CONTROL DE LAS PRIVATIZACIONES DE LA PROVINCIA DE LA RIOJA (EUCOP), a la SECRETARIA DE ENERGIA DE LA NACION, al Señor Gobernador de la provincia de La Rioja y a CAMMESA. Firmado: FEDERICO BASUALDO RICHARDS, Vocal Primero. — ENRIQUE GUSTAVO CARDESA, Vocal Segundo. — LUIS MIGUEL BARLETTA, Vicepresidente. — RICARDO A. MARTÍNEZ LEONE, Presidente.

e. 22/09/2014 Nº 70125/14 v. 22/09/2014

Fecha de publicación 22/09/2014