Edición del
14 de Mayo de 2026

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL

El INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL notifica que ha resuelto RETIRAR LA AUTORIZACION PARA FUNCIONAR, por Resoluciones N°s.: 3.670; 4.340; 4.341 y 4.342/14, a las siguientes cooperativas respectivamente: COOPERATIVA DE TRABAJO SOLIDARIDAD MEDICA “SOLIMED” LTDA. (m. 19.798), con domicilio legal en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; COOPERATIVA DE VIVIENDA, CREDITO, CONSUMO, OBRAS, SERVICIOS PUBLICOS Y ASISTENCIALES “MEGA-COOP” LIMITADA (COOPERATIVA “MEGA-COOP” LTDA.) (m. 17.333), con domicilio legal en la provincia de Córdoba; COOPERATIVA DE VIVIENDA 8 DE DICIEMBRE LTDA. (m. 33.388), con domicilio legal en la provincia de Neuquén; COOPERATIVA DE VIVIENDA, CREDITO Y CONSUMO “ALTO CORRIENTES” LTDA. (m. 23.678), con domicilio legal en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Contra la medida dispuesta son oponibles los siguientes Recursos: REVISION (Art. 22, inc. a) —10 días— y Art. 22, incs. b) c) y d) —30 días— Ley Nº 19.549). RECONSIDERACION (Art. 84 Dto. Nº 1.759/72 - t.o. 1991, —10 días—). ACLARATORIA (Art. 102, Dto. Nº 1.759/72 - t.o. 1991, —5 días—). Además, procederá, a opción del interesado, el recurso administrativo de ALZADA o la acción judicial pertinente (Art. 94 Dto. Nº 1.759/72 - t.o. 1.991, —15 días—), como así también el Recurso Judicial Directo contemplado en el Art. 103 de la Ley Nº 20.337. Asimismo, se amplían los plazos procesales que por derecho correspondan en razón de la distancia, para aquellas entidades fuera del asiento de esta jurisdicción. Quedan debidamente notificadas (Art. 42, Dto. Nº 1.759/72 - t.o. 1.883/91). — OSVALDO A. MANSILLA, Coordinador Financiero Contable, I.N.A.E.S.

e. 24/09/2014 Nº 71261/14 v. 26/09/2014

Fecha de publicación 25/09/2014