AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL
Resolución 1057/2014
Bs. As., 23/9/2014
VISTO el Expediente Nº 3228/13 del registro de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL, y
CONSIDERANDO:
Que en las actuaciones del Visto recayó la Resolución Nº 753-AFSCA/14, por la cual se autorizó a la MUNICIPALIDAD DE LA SIERRA de la provincia de MISIONES, a la instalación y funcionamiento de un servicio de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia, para la localidad y provincia mencionadas.
Que practicadas las correspondientes notificaciones del acto arriba mencionado, se advirtió que en el artículo 1° de la misma se indicó el nombre incompleto del municipio titular de la autorización de que se trata, siendo la correcta MUNICIPALIDAD DE CONCEPCION DE LA SIERRA.
Que el artículo 101 del Decreto Nº 1759/72, Reglamentario de la Ley Nº 19.549 (T.O. 1991) establece que “...Art. 101.- Rectificación de errores materiales En cualquier momento podrán rectificarse los errores materiales o de hecho y los aritméticos, siempre que la enmienda no altere lo sustancial del acto o decisión.”.
Que conforme lo expuesto en los considerandos que anteceden corresponde dictar el acto por el cual se rectifique la Resolución Nº 753-AFSCA/14.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos y Regulatorios ha tomado la intervención que le compete.
Que el DIRECTORIO de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL acordó el dictado del presente acto administrativo, mediante la suscripción del acta correspondiente.
Que la presente medida se dicta de conformidad con la atribución conferida por el artículo 101 del Decreto Nº 1759/72, Reglamentario de la Ley Nº 19.549 (T.O. 1991).
Por ello,
EL DIRECTORIO DE LA AUTORIDAD FEDERAL
DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Rectifícase el Artículo 1° de la Resolución Nº 753-AFSCA/14, el cual quedará redactado de la siguiente manera: “ARTICULO 1°.- Autorízase a la MUNICIPALIDAD DE CONCEPCION DE LA SIERRA, de la provincia de MISIONES a la instalación, funcionamiento y explotación de un servicio de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia, en la localidad de CONCEPCION DE LA SIERRA, de la citada provincia.”.
ARTICULO 2° — Regístrese, comuníquese a las áreas pertinentes, a la MUNICIPALIDAD DE CONCEPCION DE LA SIERRA, de la provincia de MISIONES y a la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — MARTÍN SABBATELLA, Presidente del Directorio, Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual.
e. 29/09/2014 Nº 72303/14 v. 29/09/2014
Fecha de publicación 29/09/2014