MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
Resolución 983/2014
Reconócese la ampliación de Inscripción Gremial al Sindicato del Personal Jerárquico y Administrativo Jerárquico de la Industria Cervecera.
Bs. As., 22/9/2014
VISTO el expediente Nº 1-263-332/14 del registro de la DELEGACION REGIONAL ZARATE-CAMPANA del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 23.551 y sus modificatorias por Leyes Nº 25.674 y Nº 26.390; Decretos Reglamentarios Nº 467/88 y Nº 514/03, y
CONSIDERANDO:
Que el SINDICATO DEL PERSONAL JERARQUICO Y ADMINISTRATIVO JERARQUICO DE LA INDUSTRIA CERVECERA (SI.PE.J.I.C.), con domicilio en Cuyo Nº 97, Zárate, Provincia de BUENOS AIRES, solicita la ampliación del ámbito de actuación con carácter de Inscripción Gremial.
Que la mencionada entidad obtuvo Inscripción Gremial otorgada por Resolución Nº 706 de fecha 7 de agosto de 2013 del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, se halla registrada bajo el Nº 2900.
Que por la mencionada Resolución Nº 706/13 del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL se aprobó el Estatuto Social de la peticionante, en cuyo texto se encuentra reconocido como zona de actuación todo el ámbito de la REPUBLICA ARGENTINA.
Que de las constancias de las actuaciones surge que la entidad de que se trata ha dado cumplimiento con lo dispuesto por el artículo 21 inciso “b” de la Ley Nº 23.551 y el artículo 19 del Decreto Reglamentario Nº 467 de fecha 14 de abril de 1988.
Que el reconocimiento de la vocación de representar de la entidad cuya inscripción se solicita, no implica adelantar juicio sobre la capacidad de representación la cual, de solicitarse la personería gremial, será evaluada de acuerdo a los artículos 25 y 28 de la Ley Nº 23.551, sin que pueda alegarse contradicción de la administración en el ejercicio de las facultades que le confieren las normas jurídicas mencionadas.
Que, consecuentemente, corresponde aprobar la ampliación del ámbito de actuación con carácter de Inscripción Gremial acreditado por la peticionante.
Que la presente se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 23, inciso 7°, de la Ley de Ministerios Nº 22.520 (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus modificatorias, y en atención a lo dispuesto por Decreto Nº 355/02.
Por ello,
EL MINISTRO
DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Reconócese al SINDICATO DEL PERSONAL JERARQUICO Y ADMINISTRATIVO JERARQUICO DE LA INDUSTRIA CERVECERA (SI.PE.J.I.C.), la ampliación del ámbito de actuación con carácter de Inscripción Gremial respecto del personal jerárquico, entendiéndose por tal al jerárquico administrativo, de supervisión, profesional y analista de la industria cervecera, que se desempeñe bajo relación de dependencia en empresas de la actividad cervecera, con zona de actuación en: los Partidos de San Isidro, Quilmes, Tres Arroyos, Puan, Bragado, y Pellegrini de la Provincia de BUENOS AIRES; Departamento Rosario, Provincia de SANTA FE, Departamento Monteros, Provincia de TUCUMAN; Departamento Godoy Cruz, Provincia de MENDOZA; Departamento Capital, Provincia de CORDOBA y Departamento de la Capital, Provincia de SALTA. Ello sin perjuicio de los recaudos que puedan exigirse a la entidad al momento de solicitar la personería gremial, cuestión ésta que deberá sustanciarse de conformidad con lo regulado por los artículos 25 y 28 de la Ley Nº 23.551, sin que pueda alegarse contradicción de la administración en el ejercicio de las facultades que le confieren las normas jurídicas mencionadas.
ARTICULO 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. CARLOS A. TOMADA, Ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
Fecha de publicación 30/09/2014