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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR DEPENDIENTE DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION

Resolución 504/2014

Bs. As., 16/9/2014

VISTO la Ley Nacional de la Actividad Nuclear Nº 24.804, su Decreto Reglamentario Nº 1390/98, el Procedimiento interno de esta ARN G-Clase II y III-02 Revisión 4 “Gestión de Permisos Individuales para Personal de Instalaciones Radiactivas Clase II”, los trámites de solicitud de permisos individuales referidos en el Anexo a la presente Resolución, lo actuado por la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLOGICA, FISICA Y SALVAGUARDIAS, lo recomendado por el CONSEJO ASESOR EN APLICACIONES DE RADIOISOTOPOS Y RADIACIONES IONIZANTES (CAAR), y

CONSIDERANDO:

Que conforme lo establecido en el Artículo 9, inciso a) de la Ley Nº 24.804 citada en el VISTO, toda persona física o jurídica para desarrollar una actividad nuclear en la REPUBLICA ARGENTINA, deberá ajustarse a las regulaciones que imparta la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR (ARN) en el ámbito de su competencia y solicitar el otorgamiento de la licencia, permiso o autorización respectiva que lo habilite para su ejercicio.

Que asimismo, la referida Ley en su Artículo 16, inciso c) establece que es facultad de la ARN otorgar, suspender y revocar licencias, permisos o autorizaciones para los usuarios de material radiactivo.

Que el señor Fernando Raúl GRIBALDO ha solicitado a esta ARN el Permiso Individual para la operación de equipos de gammagrafía industrial.

Que conforme lo informado por el Responsable del Sector Facturación y Comercio Exterior de esta ARN la solicitante adeuda a la fecha la suma de PESOS SEISCIENTOS CUATRO ($ 604.00), en concepto de tasa regulatoria.

Que el Artículo 26 de la Ley Nº 24.804 establece como obligación para los usuarios del material radiactivo el pago anual de una tasa regulatoria.

Que el señor Fernando Raúl GRIBALDO no ha dado cumplimiento al Artículo 26 mencionado.

Que el otorgamiento de un permiso individual a un usuario de material radiactivo que no da cumplimiento al requisito exigido por el Artículo 26 citado “ut supra”, conlleva una excepción a lo dispuesto en la normativa vigente, que esta ARN debe fundar en razones de oportunidad, mérito y/o conveniencia en cada caso en particular.

Que el señor Fernando Raúl GRIBALDO presta un servicio como operador de Gammagrafía Industrial en el Laboratorio de Radiografía Industrial - Departamento ENDE-CAC para la COMISION NACIONAL DE ENERGIA ATOMICA (CNEA), que debe ser considerado como de interés público, siendo en consecuencia, de razonable necesidad el otorgamiento del permiso individual solicitado.

Que el CONSEJO ASESOR EN APLICACIONES DE RADIOISOTOPOS Y RADIACIONES IONIZANTES (CAAR) en su Reunión Nº 827 recomendó dar curso favorable a los trámites de solicitud referidos en el VISTO.

Que las GERENCIAS ASUNTOS JURIDICOS y ASUNTOS ADMINISTRATIVOS Y RECURSOS han tomado en el trámite la intervención que les compete.

Que el Directorio de la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR es competente para el dictado del presente acto, conforme lo establecen los artículos 16 inciso c) y 22 de la Ley 24.804.

Por ello,

EL DIRECTORIO
DE LA AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR
RESOLVIO:

ARTICULO 1° — Otorgar el permiso individual solicitado por el señor Fernando Raúl GRIBALDO correspondiente a la Reunión del CAAR Nº 827 en carácter de excepción por tratarse de un caso de interés público.


Expediente N°
Permisos Individuales NuevosPropósitoActuación N°
07164-INGRIBALDO FERNANDO RAUL9.0-GAMMAGRAFIA INDUSTRIAL01

ARTICULO 2° — Comuníquese a la SECRETARIA GENERAL, a la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLOGICA, FISICA Y SALVAGUARDIAS, a los fines correspondientes. Dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación en el BOLETIN OFICIAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA. Publíquese en el Boletín de este Organismo y archívese en el REGISTRO CENTRAL. — Dr. FRANCISCO SPANO, Presidente del Directorio.

e. 01/10/2014 Nº 73253/14 v. 01/10/2014

Fecha de publicación 01/10/2014