JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Decreto 1643/2014
Danse por prorrogadas designaciones en la Dirección Nacional de Evaluación Presupuestaria.
Bs. As., 25/9/2014
VISTO el Expediente Nº CUDAP: EXP-JGM: 0057593/2013 del Registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, las Leyes Nº 26.784 y 26.895, los Decretos Nros. 491 del 12 de marzo de 2002, 2238 del 23 de diciembre de 2008, 2260 del 29 de diciembre de 2008, 471 del 20 de abril de 2011, 1762 del 7 de noviembre de 2013, 1787 del 12 de noviembre de 2013, 1833 del 15 de noviembre de 2013 y lo solicitado por la DIRECCION NACIONAL DE EVALUACION PRESUPUESTARIA de la SUBSECRETARIA DE EVALUACION DEL PRESUPUESTO NACIONAL de la SECRETARIA DE EVALUACION PRESUPUESTARIA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y
CONSIDERANDO:
Que por las Leyes Nros. 26.784 y 26.895 se aprobaron los Presupuestos Generales de la Administración Nacional para los Ejercicios 2013 y 2014, respectivamente.
Que mediante los Decretos Nros. 2238 del 23 de diciembre de 2008, 2260 del 29 de diciembre de 2008 y 471 del 20 de abril de 2011 se designaron, por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, a las agentes Da. Sofía BANI, Da. María Florencia PERASSI y Da. Cecilia Melina MARDIROSIAN, respectivamente, todas en el ámbito de la DIRECCION NACIONAL DE EVALUACION PRESUPUESTARIA de la SUBSECRETARIA DE EVALUACION DEL PRESUPUESTO NACIONAL dependiente de la SECRETARIA DE EVALUACION PRESUPUESTARIA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y cuyas últimas prórrogas operaron mediante los Decretos Nros. 1833 del 15 de noviembre de 2013, 1787 del 12 de noviembre de 2013 y 1762 del 7 de noviembre de 2013, por el mismo término.
Que resulta necesario efectuar una nueva prórroga de las designaciones citadas por el mismo término.
Que los cargos aludidos no constituyen asignación de recurso extraordinario alguno.
Que mediante el Decreto Nº 491 de fecha 12 de marzo de 2002 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la jurisdicción correspondiente.
Que el personal involucrado en la presente medida, se encuentra exceptuado de lo establecido en el artículo 6° del Decreto Nº 601 del 11 de abril de 2002 y su modificatorio, reglamentario del Decreto Nº 491/02, por haber dado cumplimiento oportunamente a tales disposiciones.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION ha tomado la intervención correspondiente.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL y a tenor de lo dispuesto por el artículo 1° del Decreto Nº 491/02.
Por ello,
LA PRESIDENTA
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Articulo 1° — Danse por prorrogadas, a partir de las fechas que en cada caso se señala y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles computados a partir de la fecha del presente decreto, las designaciones transitorias de las personas consignadas en la planilla que, como ANEXO, forma parte integrante de la presente medida, en la dependencia, niveles, grados y funciones, que allí se detallan, las que fueran dispuestas por los Decretos Nros. 2238/08, 2260/08 y 471/11 cuyas últimas prórrogas se efectuaron mediante los Decretos Nros. 1833/13, 1787/13 y 1762/13 y con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos de acceso a los niveles escalafonarios correspondientes, establecidos en el artículo 14 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/08.
Art. 2° — Los cargos involucrados en el artículo 1° deberán ser cubiertos conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente en los Títulos II, Capítulos III y IV; y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP) homologado por el Decreto Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del dictado del presente decreto.
Art. 3° — El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto por la presente medida se imputará con cargo a los créditos de las partidas específicas del presupuesto vigente de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich.
ANEXO
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
SECRETARIA DE EVALUACION PRESUPUESTARIA
SUBSECRETARIA DE EVALUACION DEL PRESUPUESTO NACIONAL
DIRECCION NACIONAL DE EVALUACION PRESUPUESTARIA
APELLIDO Y NOMBRES | D.N.I. Nº | NIVEL-GRADO | FUNCION | FECHA ALTA |
BANI, Sofía | 31.114.119 | C - 0 | Analista Administrativa | 22/11/2013 |
MARDIROSIAN, Cecilia Melina | 31.423.986 | B - 0 | Asesora Presupuestaria | 12/12/2013 |
PERASSI, María Florencia | 27.225.811 | B - 0 | Analista Presupuestaria | 22/11/2013 |
Fecha de publicación 02/10/2014