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26 de Abril de 2024

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE CULTURA TEATRO NACIONAL CERVANTES

BASES DEL CONCURSO
C.C.T.S DECRETO Nº 2098/08 y modificatorios
SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO
EL ESTADO SELECCIONA
TEATRO NACIONAL CERVANTES
Se llama a concurso mediante Convocatoria Extraordinaria y por el sistema de Selección
General en el cual podrán participar el personal Permanente y no
Permanente comprendido en el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO
para cubrir el siguiente cargo:
1. Descripción del puesto de trabajo y del perfil requerido:
Identificación del puesto: Técnico Superior en Electrotecnia Teatral
Código identificatorio: 2014-004711-TEATRO-G-SI-X-B


Cantidad de cargos: UNO (1)
Dedicación horaria semanal: 40 horas
Agrupamiento: GeneralTramo: GeneralNivel: B


Remuneración Total: $ 12.489,87 más el 70% de nomenclador por funciones específicas, $ 8.742,90.
Lugar de trabajo: Av. Córdoba 1155 - C.A.B.A.
2. Sistema de Selección: GENERAL.
3. Escala Jerárquica del Puesto: Dirección - Dirección Técnica del TEATRO NACIONAL CERVANTES.
4. Objetivos del Puesto: Asegurar y controlar la prestación de los equipos relacionados con los aspectos tecnológicos teatrales (Sonido, Iluminación, Laboratorio de Electrónica, Movimiento Escénico y Audiovisuales).
5. Responsabilidad del Puesto:
Supone responsabilidad sobre el cumplimiento o materialización de objetivos y resultados establecidos en términos de cantidad, calidad y oportunidad para la unidad organizativa o grupo o equipo de trabajo a cargo o para los planes, programas o proyectos de los que participe, con sujeción a políticas específicas y marcos normativos, profesionales o técnicos del campo de actuación, con relativa autonomía para la toma de decisiones dentro de la competencia asignada.
6. Tareas que se realizan desde el puesto:
1. Asesorar en el aspecto artístico técnico en lo concerniente al sonido, iluminación y audiovisuales de los distintos espectáculos producidos por el TNC.
2. Planificar y ejecutar la coordinación de los equipos técnicos a su cargo para efectivizar la realización, puesta en escena, montaje y operación técnica de los espectáculos del TNC.
3. Procurar nuevas tecnologías en el marco de la electrotecnia teatral y facilitar su incorporación y ejecución en el ámbito del TNC.
4. Proponer y asesorar en las tareas de estimación de materiales, equipamiento e insumos de las áreas técnicas a su cargo en lo concerniente a las producciones artísticas, talleres y las distintas salas del TNC.
5. Colaborar en las tareas de inventario, mantenimiento, limpieza y organización de los depósitos de los equipos técnicos a su cargo.
6. Promover y asesorar el uso responsable del equipamiento conjuntamente con la ropa de trabajo y elementos de seguridad de personal.
7. Procurar y observar el cumplimiento de las normas de seguridad y previsión de siniestros.
7. Atributos Personales para desempeñarse en el puesto:
Requisitos excluyentes
a. Edad límite de ingreso: Hasta la edad prevista en la Ley Previsional para acceder al beneficio de la jubilación, según lo dispuesto en el artículo 5°, inciso f, del Anexo de la Ley 25.164.
b. Nacionalidad: argentino nativo, naturalizado o por opción. El Jefe de Gabinete de Ministros podrá exceptuar el cumplimiento de este requisito mediante fundamentación precisa y circunstanciada (artículo 4 del Anexo a la Ley Nº 25.164).
c. Titulación:
Para la cobertura de funciones o puestos del Agrupamiento General, se puede prescindir de las exigencias del presente inciso siempre que se acredite título atinente a nivel universitario o terciario de carreras de duración no inferior a TRES (3) años y una experiencia laboral correspondiente a la función o puesto a desempeñar no inferior a SEIS (6) años.
Titulación requerida: Técnico Universitario en Audiovisión con Orientación en Sonido, Técnico Universitario en Medios Audiovisuales y Técnico Universitario en Producción de Medios Audiovisuales, Eventos y Espectáculos.
d. Especialización en los campos profesionales correspondientes a la función o puesto a desarrollar, acreditable mediante estudios o cursos en entidades de reconocido prestigio y solvencia académica y/o profesional y/o mediante publicaciones o investigaciones avaladas por ese tipo de entidades.
Requisitos deseables:
• Acreditar experiencia laboral adicional a la requerida en tareas afines al puesto de trabajo.
8. Competencias técnicas: Se deberá demostrar conocimientos y capacidad para aplicarlos adecuadamente en situaciones propias del Puesto de Trabajo, en las siguientes materias y con nivel:
Avanzado en:
• Conocimiento del espacio escénico de ámbitos teatrales.
• Conocimientos técnicos aplicables a los trabajos a ser realizados por los equipos técnicos.
• Conocimiento en planificación para la ejecución de proyectos y acciones relacionadas a los aspectos técnicos en el marco de una programación teatral.
• Conocimiento del esquema de conexionado eléctrico y cargas máximas aplicables a cada sala.
• Uso y conocimiento del equipamiento de luminarias, sonido, movimiento escénico y audiovisuales.
• Conocimiento para estimar equipamiento, materiales e insumos para las producciones artísticas, talleres en las distintas salas teatrales.
• Ley de Seguridad Nº 19.587 (Higiene y Seguridad en el Trabajo) y su Decreto Reglamentario Nº 351/1979 y Nº 24.557 (Riesgo de Trabajo) y modificatorios.
Intermedio en:
• Estructura Organizativa hasta nivel de Dirección Nacional o General de la Jurisdicción Ministerial o Entidad Descentralizada en la que se comprende al Puesto, y principales responsabilidades y acciones de cada una (Teatro Nacional Cervantes, Decretos Nº 318/1996 y Nº 641/2006).
• Estructura Organizativa de la Administración Pública Nacional (ministerios, denominación y niveles jerárquicos). (Ley Nº 26.338 y Decreto Nº 357/2002 y modificatorios). Conformación de la Administración (Artículo 8° de la Ley Nº 24.156).
• Ley Nº 25.164, Marco de Regulación de Empleo Público Nacional, su Decreto reglamentario Nº 1421/2002 y del Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional (Decreto Nº 214/2006).
• Régimen sobre Etica en el ejercicio de la Función Pública (Ley Nº 25.188). Previsiones de la Constitución Nacional en sus Artículos 14, 14 bis y 16.
• Sistema Nacional de Empleo Público (Decreto Nº 2098/2008). Ambito, Agrupamientos y Niveles Escalafonarios, Régimen de Promoción y retributivo y Régimen de promoción de grado y tramo.
• Estructura organizativa del TEATRO NACIONAL CERVANTES (Decreto Nº 105/2013).
• Plan de Evacuaciones del TEATRO NACIONAL CERVANTES.
9. Competencias Institucionales:
a) Compromiso con la Organización
• Estar comprometido con la estrategia del Organismo y su realización exitosa.
• Ejecutar y realizar acciones que aseguren el cumplimiento de las metas y objetivos organizacionales.
b) Trabajo en equipo y cooperación
• Contribuir a los esfuerzos del equipo y cooperar para los objetivos comunes.
• Mantener un clima de cordialidad en el grupo promoviendo una comunicación fluida entre sus integrantes.
c) Proactividad
• Buscar nuevas oportunidades para lograr mejores resultados y proponer planes para llevarlos a cabo.
• Estar comprometido con la calidad del resultado de su trabajo.
d) Orientación al Usuario
• Efectuar su trabajo buscando satisfacer la demanda de sus usuarios internos o externos.
• Reconocer y alertar sobre oportunidades para dar ayuda adicional o valor agregado a los usuarios de sus servicios.
10. PROCESO DE SELECCION: Consistirá en: Evaluación de Antecedentes Curriculares y Laborales, Evaluación Técnica, Evaluación Laboral mediante Entrevista y Evaluación del Perfil Psicológico, conforme las modificaciones efectuadas por el Decreto Nº 274/13 al artículo 35 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público (S.I.N.E.P.) homologado por el Decreto 2098/08.
Cada una de las etapas se dará por aprobada o desaprobada, siendo las mismas concluyentes en orden sucesivo.
a) Evaluación de Antecedentes Curriculares y Laborales: Consistirá en la Evaluación de Antecedentes Curriculares y Laborales pertinentes específicamente al cargo, de acuerdo con los requisitos exigidos.
Puntaje total de la etapa: CIEN (100), que se distribuirán de la siguiente forma: TREINTA Y CINCO (35) puntos para Antecedentes de Formación y SESENTA Y CINCO (65) puntos para Antecedentes Laborales.
Accederán a la siguiente etapa quienes hayan obtenido un puntaje igual o superior a SESENTA (60) en total.
b) Evaluación Técnica: se realizará mediante una prueba escrita de evaluación de conocimientos y una prueba escrita de aplicación práctica de los mismos, con la que se evaluará el grado de conocimientos, habilidades, dominio y posesión de las competencias técnicas laborales requeridas en el perfil del cargo. La prueba escrita será efectuada bajo “seudónimo” elegido por el postulante, debiendo utilizarse papel normalizado y una clave convencional de identificación personal que sólo permita individualizar a cada postulante después de su calificación. El postulante que se identificara en la prueba escrita será excluido del Proceso de Selección.
Puntaje: CIEN (100), que se distribuirán de la siguiente forma: CINCUENTA (50) puntos para la Evaluación de Aplicación Práctica y CINCUENTA (50) puntos para la Prueba Escrita de Evaluación de Conocimientos.
Accederán a la siguiente etapa, quienes hayan obtenido un puntaje igual o superior a SESENTA (60) en total, conformados con un mínimo de QUINCE (15) puntos en la Primera Parte “Evaluación de Conocimientos” y de VEINTICINCO (25) puntos en la Segunda Parte “Evaluación de Aplicación Práctica”.
c) Evaluación Laboral mediante Entrevista: consiste en la realización de UNA (1) entrevista personal mediante una Guía elaborada por el Comité de Selección para completar la apreciación de los Antecedentes Curriculares y Laborales como para las demás competencias laborales exigidas para el mejor desempeño del cargo. La entrevista comprende DOS (2) momentos. El primero dirigido a obtener información que complemente la apreciación de los Antecedentes de Formación y Laborales de la primera etapa. Conforme resulte esta instancia, el Comité de Selección podrá ratificar el puntaje asignado en la Primera Etapa o rectificarlo en más o en menos hasta el TREINTA POR CIENTO (30%) fundamentando específicamente la determinación que adopte. El segundo momento será utilizado para evaluar las demás competencias laborales exigidas en las Bases del Concurso.
Aprobarán esta etapa de evaluación aquellos postulantes que hayan obtenido al menos SESENTA (60) puntos. Puntaje Máximo: CIEN (100) puntos.
d) Evaluación del Perfil Psicológico: Consiste en una evaluación del perfil, para ponderar la adecuación de las características de personalidad vinculadas con el mejor logro del desempeño laboral efectivo en el puesto de trabajo.
Será efectuada por un profesional matriculado, quien elevará al Comité de Selección un informe con la calificación de “Muy Adecuada”, “Adecuada” o “Menos Adecuada”, manteniéndose la debida reserva de los datos respectivos.
En el supuesto de calificarse como “Menos Adecuada”, el profesional deberá fundamentar detalladamente las circunstancias que permiten estimar que las características de personalidad observadas no contribuyen a un adecuado desempeño efectivo del puesto, lo cual podrá ser causal para la no aprobación de esta etapa.


FACTORES DE PONDERACION, CALIFICACION DE LOS POSTULANTES Y ORDEN DE MERITO


Sólo integrarán el Orden de Mérito los aspirantes que aprueben todas las etapas del Proceso de Selección. La calificación final surgirá de la sumatoria de los respectivos puntajes de cada etapa, ponderados según los siguientes factores:
a) Evaluación de Antecedentes Curriculares y Laborales: 30%, repartidos de la siguiente manera:
I. 10% por antecedentes de Formación, y
II. 20% por antecedentes Laborales
b) Evaluación Técnica: 50%
c) Evaluación Laboral mediante Entrevista: 10%
El puntaje total ponderado, obtenido en las tres etapas anteriores, se multiplicará por el coeficiente asignado en la cuarta etapa (Evaluación Psicológica), y su resultado constituirá el Puntaje Final, de tal manera que el Puntaje Máximo posible podrá alcanzar los ciento diez (110) puntos y el menor puntaje a conseguir para integrar el Orden de Mérito es de SESENTA (60) puntos.
En la etapa de Evaluación de Antecedentes Curriculares y Laborales el Comité asignará hasta un veinte (20) por ciento adicional a la experiencia acreditada en organismos con escalafón S.I.N.E.P. y hasta un diez (10) por ciento adicional a aquella acreditada en organismos comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional (Dto. Nº 214/06).
El Comité de Selección elevará el Orden de Mérito definitivo según los puntajes resultantes, a la Dirección General del Organismo y una vez aprobado por la autoridad convocante, será notificado, a los interesados, en forma fehaciente. Contra el acto administrativo que aprueba el Orden de Mérito definitivo, podrán deducirse los recursos previstos en la Ley de Procedimientos Administrativos Nº 19.549 y su reglamentación aprobada por Decreto Nº 1759/72 (t.o. 1991).


EXCEPCIONES TRANSITORIAS A CIERTOS REQUISITOS


Por el Decreto Nº 274/13 se aprobaron excepciones a algunos requisitos establecidos para los procesos de selección autorizados en el período 2011-2014, en el marco del Sistema Nacional de Empleo Público (S.I.N.E.P.).
Las mismas abarcan sólo las Convocatorias para el Agrupamiento General, que están dirigidas exclusivamente al personal permanente o no permanente (con contrataciones o designaciones transitorias que se encuentren vigentes al momento de la inscripción, en regímenes comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial S.I.N.E.P. - Dto. 2098/08).


Lea atentamente el siguiente resumen antes de decidir en qué perfil o perfiles se postulará.
(Puede consultar la norma completa en la página web del Organismo Concursos 2014)


A tal fin, se transcriben los artículos 130 y 131 del Decreto 2098/2008, incorporados ambos por cláusula tercera del Acta Acuerdo homologada por Decreto Nº 274/2013, a tenor de lo siguiente:
ARTICULO 130.- Por esta única vez y hasta el 31 de diciembre de 2014, podrán postularse para la cobertura de cargos vacantes del Agrupamiento General quienes acreditando título exigible acreditaran experiencia laboral atinente a las funciones o puestos a desempeñar por al menos el CINCUENTA POR CIENTO (50%) de los términos exigidos de conformidad con lo establecido en el artículo 14 del presente Convenio.
ARTICULO 131.- Por esta única vez y hasta el 31 de diciembre de 2014, el personal encasillado en el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO que no reuniera el requisito de título del nivel de educación exigido de conformidad con el artículo 14 de este régimen, podrá postularse a cargos de Nivel Escalafonario “B” del Agrupamiento General, siempre que la posesión del título del que se trate no sea exigida como habilitante por la normativa respectiva para cumplir la prestación laboral del cargo a ocupar.
11. INTEGRANTES DEL COMITE DE SELECCION:
El Comité de Selección está integrado por CINCO (5) miembros titulares y sus respectivos suplentes designados por el Director General del TEATRO NACIONAL CERVANTES. A saber:
Representantes Titulares:


Apellido y Nombre
D.N.I.Representación
Lic. Sajón, Liliana Patricia6.232.245Oficina Nacional de Empleo Público
Sarmiento, Patricio Iván16.334.857Teatro Nacional Cervantes
Sra. Trabattoni, Paula Andrea21.109.689Teatro Nacional Cervantes
Merzari, Jorge Aníbal7.869.086Experto
Sr. Valiente, Marcelo14.201.855Experto


Alternos:


Apellido y Nombre
D.N.I.Representación
Lic. Casal, Laura D.25.597.915Oficina Nacional de Empleo Público
Sr. Gaillardou Miceli, Claudio Gabriel93.959.089Teatro Nacional Cervantes
C.P.N. Beláustegui, Ana Inés16.867.833Teatro Nacional Cervantes
Sr. Chechile, Cirilo4.522.568Experto
Sra. Uhrich, Ana Clara26.533.287Experto


El Currículum Profesional de cada uno de los integrantes se encuentra disponible en la página Web del Organismo.
De conformidad con las previsiones del Artículo 32 del Régimen de Selección (Resolución Nº 39), sólo resultan admisibles recusaciones y excusaciones con fundamento en las causales previstas en los artículos 17 y 30 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, respectivamente.
La recusación deberá ser deducida por el aspirante en el momento de su inscripción y la excusación de los miembros del Comité de Selección, en oportunidad del conocimiento de la lista definitiva de los inscriptos.
Si la causal fuere sobreviniente o conocida con posterioridad, las recusaciones y excusaciones deberán interponerse antes que el referido órgano se expida.
RECUSACION CON EXPRESION DE CAUSA
Art. 17. - Serán causas legales de recusación:
1) El parentesco por consanguinidad dentro del cuarto grado y segundo de afinidad con alguna de las partes, sus mandatarios o letrados.
2) Tener el juez o sus consanguíneos o afines dentro del grado expresado en el inciso anterior, interés en el pleito o en otro semejante, o sociedad o comunidad con alguno de los litigantes, procuradores o abogados, salvo que la sociedad fuese anónima.
3) Tener el juez pleito pendiente con el recusante.
4) Ser el juez acreedor, deudor o fiador de alguna de las partes, con excepción de los bancos oficiales.
5) Ser o haber sido el juez autor de denuncia o querella contra el recusante, o denunciado o querellado por éste con anterioridad a la iniciación del pleito.
6) Ser o haber sido el juez denunciado por el recusante en los términos de la ley de enjuiciamiento de magistrados, siempre que la Corte Suprema hubiere dispuesto dar curso a la denuncia.
7) Haber sido el juez defensor de alguno de los litigantes o emitido opinión o dictamen o dado recomendaciones acerca del pleito, antes o después de comenzado.
8) Haber recibido el juez beneficios de importancia de alguna de las partes.
9) Tener el juez con alguno de los litigantes amistad que se manifieste por gran familiaridad o frecuencia en el trato.
10) Tener contra el recusante enemistad, odio o resentimiento que se manifieste por hechos conocidos. En ningún caso procederá la recusación por ataques u ofensa inferidas al juez después que hubiere comenzado a conocer del asunto.
EXCUSACION
Art. 30. - Todo juez que se hallare comprendido en alguna de las causas de recusación mencionadas en el artículo 17 deberá excusarse. Asimismo podrá hacerlo cuando existan otras causas que le impongan abstenerse de conocer en el juicio, fundadas en motivos graves de decoro o delicadeza.
No será nunca motivo de excusación el parentesco con otros funcionarios que intervengan en cumplimiento de sus deberes.
12. CRONOGRAMA TENTATIVO:
La Publicación será realizada conforme lo establece el Artículo 16 de la Resolución Nº 39/10 SGP. El proceso se desarrollará conforme a las siguientes previsiones:


Etapa
DesdeHasta
FechaHoraFechaHora
Inscripción Electrónica27/10/201407/11/2014
Inscripción Documental27/10/201407/11/2014
Admitidos y No Admitidos 12/11/201414/11/2014
Evaluación de Antecedentes 18/11/201421/11/2014
Evaluación Técnica12/12/201412/12/2014
Entrevista Laboral22/12/201422/12/2014
Evaluación Psicológica29/12/201429/12/2014
Orden de Mérito12/01/201519/01/2015


Toda la información sobre los concursos (bases, perfiles, comités de selección, normativa, sistema de inscripción electrónica, etc.) estará disponible en la página Web y en cartelera (concursar.teatrocervantes.gob.ar)
13. CONSULTA Y ASESORAMIENTOS
Coordinación de Recursos Humanos
Teléfonos: (011) 5217-4251/4252
Horario de consulta de Bases del Concurso y Asesoramiento de lunes a viernes de 10:00 a 18:00 horas.
Domicilio: Av. Córdoba 1318 P 2° “A”.
Por Email a: concursos@teatrocervantes.gob.ar


IMPORTANTE: los postulantes deberán realizar obligatoriamente la preinscripción electrónica por internet y la inscripción documental —presencial—.
Como paso final de la preinscripción, deberán elegir un horario de presentación de la documentación, de entre aquellos que se encuentren disponibles en el sistema de asignación de turno, independientemente de la cantidad de cargos a los que se postule, y concurrir al mismo en forma personal, o por poder debidamente acreditado, a efectos de entregar todos los documentos requeridos para la inscripción.


a) Preinscripción electrónica: Desde 20/10/2014 estará disponible en el Sistema de Inscripción Electrónica en la página Web concursar.teatrocervantes.com.ar. En él deberán cargarse la totalidad de los datos solicitados.
Una vez ingresada al mismo, deberán registrarse indicando un nombre de usuario y una clave personal o contraseña, que le será requerida cada vez que desee volver a ingresar.
El sistema le mostrará una serie de pantallas con instrucciones para la carga de: datos personales, formación y experiencia laboral, conocimiento de idiomas informáticos, etc.; así mismo, le solicitará los datos de contactos necesarios para el envío de avisos y notificaciones.
Accediendo a cada una de las solapas, deberá hacer “clic” en ALTA para que el sistema despliegue los campos a completar. No olvide GUARDAR la información.
Completados todos los datos que se le solicitan, podrán postularse al puesto (o a los puestos) de su interés, ingresando la solapa INSCRIBIRME. Allí encontrará los requerimientos del puesto elegido y, si los cumple, deberá completar los motivos que lo lleva a postularse al mismo. Luego deberá ACEPTAR las bases y condiciones del concurso.
Los datos ingresados permitirán la conformación automática de la siguiente documentación, que deberá ser impresa para cada uno de los cargos a los que desee presentarse:
- FORMULARIO DE SOLICITUD Y FICHA DE INSCRIPCION
- DECLARACION JURADA Y CONSTANCIA DE RECEPCION Y ACEPTACION DEL REGLAMENTO Y BASES DEL CONCURSO
- CONSTANCIA DE RECEPCION DE LA SOLICITUD Y FICHA DE INSCRIPCION Y DE LA DOCUMENTACION PRESENTADA.
b) Inscripción documental: desde el día 27/10/2014 hasta el día 07/11/2014 en horario de 10:00 a 18:00 horas en Avenida Córdoba 1318 P 2° Dto. “A” - C.A.B.A.
Quienes residen a más de CINCUENTA (50) KILOMETROS del lugar de inscripción, podrá hacerse por correo postal para lo cual deberá adjuntarse certificado de domicilio en el envío, considerándose a todo efecto la fecha del franqueo.
El postulante deberá presentarse en el día y horario elegido previamente en el sistema electrónico de asignación de turno, con la siguiente documentación ordenada para cada uno de los cargos a los que desee inscribirse.
- Formulario de “Solicitud y Ficha de Inscripción” debidamente completado, con carácter de declaración jurada y firmado en todas sus hojas.
- Currículum Vitae actualizado firmado en todas sus hojas. Sólo se deberán declarar y certificar los antecedentes de formación y laborales que guarden directa relación con el perfil de requisitos del puesto elegido.
- Declaración jurada “Constancia de Recepción y Aceptación del Reglamento y Bases del Concurso”, debidamente firmada en todas sus hojas.
- Fotocopia autenticada de los certificados de estudios formales y de la documentación que respalde toda otra información volcada en el formulario “Solicitud y Ficha de Inscripción”. Si alguna de las copias no estuviera autenticada, deberá concurrir a la inscripción con la documentación original a efectos de verificar que es copia del original. La ausencia de la documentación respaldatoria o la falta de presentación del original acompañando la fotocopia que no estuviera autenticada, llevará a no considerar el antecedente declarado.
- Fotocopia de las dos primeras hojas del Documento Nacional de Identidad, así como aquella hoja en la que figure el domicilio actualizado (sólo fotocopia frente y dorso en el caso de poseer el nuevo Documento de Identidad).
- “Constancia de Recepción de la Solicitud y Ficha de Inscripción y de la Documentación Presentada”.


IMPORTANTE: Se recomienda realizar la autenticación de la fotocopias en forma previa a la presentación en el día y hora reservado, ya que en ese caso el trámite insumirá menos tiempo. Si usted trabaja en un organismo público, tenga presente que puede solicitar la autenticación al área de Despacho del mismo.


TODO POSTULANTE DEBE RECORDAR QUE:
a). La Solicitud y Ficha de Inscripción deben completarse en todos sus rubros, ya que en uno de los documentos fundamentales para que el Comité de Selección analice la admisión al concurso y realice la evaluación de antecedentes curriculares y laborales.
b). Todos los datos registrados en el trámite de inscripción tienen carácter de Declaración Jurada. Cualquier inexactitud que se compruebe dará lugar a la exclusión del postulante. La inscripción es obligatoria tanto en forma electrónica como impresa.
c). Una vez entregada la Solicitud y Ficha de Inscripción, el interesado no podrá añadir información o documentación adicional, ni modificar los datos consignados.
d). La inscripción debe efectuarse personalmente o por poder debidamente acreditado.
e). La inscripción quedará invalidada por la falta de la firma del postulante en cada hoja del Formulario “Solicitud y Ficha de Inscripción” y de la “Declaración Jurada obrante como Anexo II”.
f). En las inscripciones que se realicen por poder o por correo el postulante deberá volver a firmar personalmente dicho formulario antes de su presentación a la primera prueba.
g). Se deberá comunicar una dirección de Correo Electrónico. En caso de no poseerla, deberá generarla. Allí serán válidas todas las notificaciones y comunicaciones que se produzcan como consecuencia del Proceso de Selección.
h). Quedará excluido del proceso de selección sin más trámite quien no concurriera a las actividades previstas para la realización de las etapas del presente Proceso de Selección (Evaluación Técnica, Evaluación Laboral mediante Entrevista, Evaluación Psicológica).
i). Las evaluaciones que el Comité de Selección practique como consecuencia de los presentes Procesos de Selección se realizarán en la Sede del TEATRO NACIONAL CERVANTES, Avenida Córdoba 1318 P 2° Dto. “A” - C.A.B.A. Los gastos de pasajes, traslados, alojamientos, comidas y toda otra erogación que realicen los aspirantes correrá por su exclusiva cuenta.
PAULA A. TRABATTONI, Coordinadora del Area RRHH, Teatro Nacional Cervantes. — MARCELO VALIENTE. — PATRICIO SARMIENTO. — LAURA CASAL. — JOAQUÍN LACAMBRA, Secretario de Carrera, Delegación, Ministerio de Cultura de la Nación, UPCN. — DIEGO MIRABELLI. — LYDIA MICHELENA CROOK. — JUAN BENBASSAT.

e. 02/10/2014 Nº 73933/14 v. 02/10/2014

Fecha de publicación 02/10/2014