MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
Síntesis del Estatuto Social del Sindicato de Trabajadores de Seguridad Privada, aprobado por Resolución M.T.E. y S.S. 850/14.
ARTICULO 1.- Al primer día del mes de agosto de 2011, se constituye el SINDICATO DE TRABAJADORES DE SEGURIDAD PRIVADA como entidad de primer grado, que agrupará a todo trabajador en relación de dependencia de las empresas que brindan servicios de seguridad privada sobre bienes muebles, inmuebles o personales. Tendrá como zona de actuación: Ciudad Autónoma de Buenos Aires, partidos de Zárate, Campana, Vicente López y San Martín, todos de la Provincia de Buenos Aires.
Siendo esta Asociación Gremial de carácter permanente, para la defensa de los intereses legales, gremiales y sociales de los trabajadores representados de acuerdo con las disposiciones legales vigentes, fijando domicilio legal en calle Catamarca Nº 134 piso 4to. Dpto. D, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Capítulo VI. De la Comisión Directiva
ARTICULO 29.- El sindicato será dirigido y administrado por una Comisión Directiva compuesta por once (11) miembros titulares, que desempeñarán los siguientes cargos:
Secretario General
Secretario Adjunto
Secretario de Organización
Secretario Gremial
Secretario Finanzas y Administración
Secretario de Acción Social
Secretario Cultura y Formación Gremial
Secretario de Prensa y Comunicación
Secretaria por la Igualdad de Género y DDHH
2 vocales titulares.
Habrá además dos (2) vocales suplentes que sólo integrarán la Comisión Directiva en caso de licencia, renuncia, fallecimiento o separación del cargo de los titulares.
El mandato de los miembros de la Comisión Directiva durará cuatro (4) años, y sus integrantes podrán ser reelectos.
ARTICULO 38.- Son deberes y atribuciones del Secretario General: a) ejercer la representación legal de la asociación; b) firmar las actas o resoluciones de la Comisión Directiva y Asambleas correspondientes cuando ejerza el carácter de presidente de las mismas; c) autorizar con el Secretario Finanzas y Administración las cuentas de gastos de acuerdo con lo resuelto por la Comisión Directiva; d) firmar conjuntamente con el Secretario Finanzas y Administración las órdenes de pago y los cheques; e) firmar la correspondencia y demás documentación de la asociación conjuntamente con el secretario que corresponda a la índole del asunto; f) convocar y presidir las reuniones de Comisión Directiva y presidir las sesiones de la Asamblea; g) adoptar resoluciones urgentes en casos imprevistos, ad referéndum de la Comisión Directiva; h) ejercer la dirección general de las actividades de la Comisión Directiva, supervisando a las respectivas secretarías y coordinando su labor.
De la Cantidad de afiliados
La entidad cuenta con quinientas tres (503) afiliaciones.
Lic. JORGE A. FARÍAS CANTELORO, Jefe Administrativo del Departamento Estructura Sindical.
Fecha de publicación 02/10/2014