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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA

Comunicación “A” 5618/2014

Ref.: Circular CONAU 1 - 1068. RUNOR 1 - 1086. Requerimiento de Información - Línea de créditos para la inversión productiva (Comunicaciones “A” 5600 y “A” 5609).

21/8/2014

A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:
Nos dirigimos a Uds. para hacerles llegar el requerimiento de información vinculado con las disposiciones difundidas mediante las Comunicaciones de referencia.
Sobre el particular, las entidades alcanzadas para las financiaciones del Cupo 2014 Segundo tramo (punto 1.3.2 del Texto Ordenado) deberán informar los datos que se detallan en Anexo.
Este requerimiento deberá presentarse mensualmente para el período comprendido entre julio 2014 y junio 2015 ambos inclusive y su vencimiento operará el 20 del mes siguiente al que corresponde la información.
La fecha de presentación correspondiente al período julio último será el 4 de septiembre de 2014.
Se destaca que para el Cupo 2014 Segundo tramo deberán destinar el 5.5% de los depósitos del sector Privado no Financiero en pesos, a fin del mes de mayo de 2014 de acuerdo con lo informado en el Régimen Informativo Contable Mensual - Balance de Saldos en la cuenta contable 311700.
Por otra parte se aclara que los requerimientos correspondientes al primer tramo del Cupo 2014 (diseño 4396) y segundo tramo del Cupo 2014 (diseño 4393) deberán enviarse inclusive, hasta el período de información relativo al mes en el cual se hubieren desembolsado la totalidad de las financiaciones acordadas e informadas en junio 2014 y diciembre 2014 respectivamente. Asimismo, en caso de haber registrado financiaciones desembolsadas de manera escalonada, deberán enviar adicionalmente la información correspondiente a diciembre 2014 (diseño 4396) y junio 2015 (diseño 4393).
A fin de hacer efectiva la aplicación del exceso establecido en el último párrafo del punto 3.5.3.2 del Texto Ordenado, deberán enviar una nota dirigida a la Gerencia General de esta Institución, la que deberá ser firmada por el Responsable de la generación y cumplimiento del régimen informativo y detallar el monto a trasladar. Esta nota podrá remitirse a partir de la fecha de presentación de la información en la cual se haya desembolsado la totalidad del monto acordado, sin exceder el 23 de enero de 2015.
Aquellas entidades financieras que informaren financiaciones en el Cupo 2014 Segundo tramo (diseño 4393), que hubieran sido acordadas con anterioridad al 1 de julio de 2014 (y que no fueron incluidas en el primer tramo del Cupo 2014) deberán integrar el campo “fecha del acuerdo” (campo 11) con 20140701.
Saludamos a Uds. atentamente.
BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA
GUSTAVO O. BRICCHI, Gerente de Gestión de la Información. — ESTELA M. DEL PINO SUÁREZ, Subgerente General de Régimen Informativo y Protección al Usuario de Servicios Financieros.
ANEXO: 33 hojas

e. 03/10/2014 N° 73578/14 v. 03/10/2014

Fecha de publicación 03/10/2014