Edición del
16 de Mayo de 2024

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

Decreto 1690/2014

Convalídase desplazamiento.

Bs. As., 29/9/2014

VISTO el Expediente Nº 7078/2014 del Registro del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, y

CONSIDERANDO:

Que atento a razones de servicio, resultó necesario desplazar al señor Embajador Extraordinario y Plenipotenciario D. Rafael Mariano GROSSI, desde la Embajada de la República en la REPUBLICA DE AUSTRIA, a la Ciudad de San Petersburgo, FEDERACION DE RUSIA, a fin de participar de la Conferencia Internacional Ministerial sobre Energía Nuclear, que tuvo lugar entre los días 27 y 29 de junio de 2013.

Que por el expediente citado en el Visto se tramita la convalidación del desplazamiento del funcionario mencionado “ut supra”, entre los días 26 y 29 de junio de 2013.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO ha intervenido en el ámbito de su competencia.

Que la SUBSECRETARIA LEGAL, TECNICA Y ADMINISTRATIVA, la SECRETARIA DE COORDINACION Y COOPERACION INTERNACIONAL y la SECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO han tomado debida intervención en el ámbito de sus respectivas competencias.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes del Artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

LA PRESIDENTA
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:

Artículo 1° — Convalídase el desplazamiento del señor Embajador Extraordinario y Plenipotenciario D. Rafael Mariano GROSSI (D.N.I. Nº 14.569.481) desde la Embajada de la Re-pública en la REPUBLICA DE AUSTRIA a la Ciudad de San Petersburgo, FEDERACION DE RUSIA, entre los días 26 y 29 de junio de 2013.

Art. 2° — Convalídase, en el ámbito del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, la liquidación y el pago de los viáticos pertinentes y la emisión de la orden de pasajes respectiva, conforme a la normativa vigente.

Art. 3° — Los gastos que demande el cumplimiento del presente decreto serán imputados a las partidas específicas del presupuesto de la Jurisdicción 35 - MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Héctor M. Timerman.

Fecha de publicación 06/10/2014