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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución 1512/2014

Bs. As., 4/9/2014

VISTO el Expediente Nº 1.618.733/14 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 2 y 2 vuelta y a fojas 4/5, respectivamente, del Expediente Nº 1.618.733/14, obran el acuerdo y los anexos, celebrados entre el SINDICATO TUCUMAN DEL PERSONAL DE OBRAS SANITARIAS y la FEDERACION NACIONAL DE TRABAJADORES DE OBRAS SANITARIAS (F.E.N.T.O.S.), por la parte gremial y SOCIEDAD AGUAS DEL TUCUMAN S.A.P.E.M., por el sector empleador, conforme lo establecido en la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que a través del texto convencional alcanzado, se establece un incremento salarial dentro de los términos y lineamientos estipulados, para el personal comprendido en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 1281/12 “E”, cuyas partes signatarias coinciden con los actores intervinientes en autos.

Que teniendo en cuenta el acuerdo celebrado y lo dispuesto por el Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil por Resoluciones Nº 2/12, Nº 4/13 y Nº 3/14, es necesario dejar establecido que, eventualmente, las partes deberán ajustar los valores acordados para las categorías que correspondan y previstas en las escalas salariales que aquí se homologan, a los efectos de que las remuneraciones a percibir por los trabajadores en ningún caso sean inferiores al monto fijado para el salario mínimo, vital y móvil, por el precitado organismo.

Que el ámbito de aplicación del presente se corresponde con la actividad de la empresa firmante y la representatividad de las entidades sindicales signatarias, emergente de sus respectivas personerías gremiales.

Que los agentes negociales han ratificado a fojas 55 y 59 el contenido y firmas allí insertas, acreditando la personería y facultades para negociar colectivamente invocadas, con las constancias obrantes en autos.

Que los Delegados de Personal han ejercido la representación que les compete en la presente negociación, en los términos de lo prescripto por el Artículo 17 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que asimismo se acreditan los recaudos formales establecidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete.

Que por todo lo expuesto, corresponde dictar el presente acto administrativo de homologación, con el alcance que se precisa en el considerando tercero de la presente medida.

Que una vez dictado el presente acto administrativo homologatorio, se remitirán las presentes actuaciones a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de fijar el promedio de las remuneraciones, del cual surge el tope indemnizatorio establecido en el artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que la presente se dicta en uso de las facultades previstas en el artículo 10 del Decreto Nº 200/88 y sus modificatorios.

Por ello,

LA SECRETARIA
DE TRABAJO
RESUELVE:

ARTICULO 1° — Decláranse homologados el acuerdo y anexos, obrantes a fojas 2 y 2 vuelta y fojas 4/5, respectivamente, del Expediente Nº 1.618.733/14, celebrados entre el SINDICATO TUCUMAN DEL PERSONAL DE OBRAS SANITARIAS y la FEDERACION NACIONAL DE TRABAJADORES DE OBRAS SANITARIAS (F.E.N.T.O.S.), por la parte sindical y la empresa SOCIEDAD AGUAS DEL TUCUMAN S.A.P.E.M. por la parte empresarial, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva a fin de que el Departamento Coordinación registre el acuerdo obrante a fojas 2 y 2 vuelta conjuntamente con los anexos obrantes a fojas 4/5, ambos del Expediente Nº 1.618.733/14.

ARTICULO 3° — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, pase a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo a fin de evaluar la procedencia de fijar el promedio de las remuneraciones, del cual surge el tope indemnizatorio, de acuerdo a lo establecido en el artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias. Finalmente, procédase a la guarda del presente conjuntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 1281/12 “E”.

ARTICULO 4° — Hágase saber que en el supuesto que el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación gratuita del acuerdo homologado, resultará aplicable lo dispuesto en el tercer párrafo del Artículo 5° de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMÍ RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente Nº 1.618.733/14
Buenos Aires, 05 de Septiembre de 2014
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 1512/14 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 2/2 vuelta y 4/5 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 1266/14. — JORGE ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.
ACUERDO PARITARIO 2014
En el marco de las negociaciones paritarias iniciadas a principios de Marzo de 2014 se reúnen, por una parte, la FEDERACION NACIONAL DE TRABAJADORES DE OBRAS SANITARIAS, representada en este acto por la Dra. Sara Beatriz Elhelou y el SINDICATO TUCUMAN DEL PERSONAL DE OBRAS SANITARIAS (Si.T.P.O.S.), asociación con personería gremial Nº 653, con domicilio en calle Santiago del Estero Nº 530 de la ciudad de San Miguel de Tucumán, representados en este acto por su Secretario General el SR. MARIO ENRIQUE BARRAZA, en adelante PARTE SINDICAL, y por la otra SOCIEDAD AGUAS DEL TUCUMAN - S.A.P.E.M., con domicilio en calle Monteagudo Nº 129, en San Miguel de Tucumán, representada en este acto por su Presidente Ing. Benigno Alfredo Calvo, en adelante la SAT SAPEM, arribaron al siguiente acuerdo paritario:
PRIMERO: La SAT SAPEM otorgará a la totalidad del personal comprendido en el CCT 1281/12 E un incremento escalonado en los salarios básicos arribando el mismo a un total de Treinta por ciento (30%) no acumulativo, de acuerdo al siguiente detalle: A partir de Junio de 2014 un primer incremento de Quince por ciento (15%), sobre el básico inicial, quedando el salario básico inicial del nivel I en la suma de Pesos Dos Mil Seiscientos Noventa y Cinco con 60/100 ($ 2.695,60) y el Quince por ciento (15%) de incremento restante a partir del mes de Agosto de 2014, quedando el salario básico inicial del nivel I en la suma de Pesos Tres Mil Cuarenta y Siete con 20/100 ($ 3.047,20), arribándose de esa forma al total del incremento del Treinta por ciento (30%) convenido. Se adjuntan como anexos la escala salarial vigente a la firma del presente, la escala correspondiente a Junio de 2014 y la escala correspondiente Agosto de 2014.
SEGUNDO: Las partes manifiestan que la presente negociación y el resultado de la misma reflejan una justa composición de intereses deviniendo en un beneficio y mejora salarial concreta para el personal de la SAT SAPEM comprendido en el CCT 1281/12 E.
TERCERO: En caso de que el Gobierno Nacional, a través de ley, decreto de necesidad y urgencia o cualquier otro medio, ordenase o impusiese abonar al personal incrementos de cualquier naturaleza, estos serán considerados como pago a cuenta y por ende compensados por los que en este acto se acuerden.
CUARTO: Las partes acuerdan, en concordancia con la modalidad llevada a cabo en los últimos años, iniciar una nueva ronda de negociaciones paritarias a partir del mes de Marzo de 2015.
QUINTO: Las partes se comprometen a elevar al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación el presente acuerdo a efectos de obtener la homologación del mismo, todo ello sin perjuicio de que este comience a surtir efectos a partir de las fechas que se indican en el presente acuerdo.
En prueba de conformidad, en fecha 4 de Abril de 2014, se suscriben tres ejemplares de igual tenor.

Fecha de publicación 06/10/2014