PRESUPUESTO
Decisión Administrativa 836/2014
Modifícase la distribución del Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2014.
Bs. As., 3/10/2014
VISTO el Expediente N° S02:0073430/2014 del registro del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, la Ley N° 26.895 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2014, la Decisión Administrativa N° 1 de fecha 3 de enero de 2014, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 617 de fecha 5 de mayo de 2014 se suprimió la DIRECCION NACIONAL DE PREINVERSION de la órbita de la SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA Y PLANIFICACION DEL DESARROLLO, del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS.
Que en el mencionado Decreto, se aprueba la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo de la DIRECCION NACIONAL DE PREINVERSION MUNICIPAL, dependiente de la SECRETARIA DE ASUNTOS MUNICIPALES del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE.
Que a su vez se establece que la DIRECCION NACIONAL DE PREINVERSION MUNICIPAL será la continuadora a todos los efectos de la ex - DIRECCION NACIONAL DE PREINVERSION, asumiendo sus facultades.
Que en el artículo 7° del Decreto N° 617/14 se instruye al señor Jefe de Gabinete de Ministros que efectúe las modificaciones presupuestarias que sean necesarias para la implementación de lo establecido en el mencionado Decreto.
Que en función de lo establecido anteriormente, resulta necesario modificar el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2014, correspondiente al MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS y al MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 37 de la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional sustituido por el artículo 1° de la Ley N° 26.124.
Por ello,
EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1° — Modifícase la distribución del Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2014, de acuerdo con el detalle obrante en las Planillas Anexas al presente artículo, que forman parte integrante del mismo.
Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Jorge M. Capitanich. — Aníbal F. Randazzo. — Axel Kicillof.
Fecha de publicación 08/10/2014