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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS

Decreto 1782/2014

Dase por designado el Director de Estudios de Ingresos y Gastos de los Hogares.

Bs. As., 6/10/2014

VISTO el Expediente Nº S01:0490565/2011 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, las Leyes Nros. 26.546 prorrogada en los términos del Decreto Nº 2.053/10 y complementada por el Decreto Nº 2.054/10, 26.728, 26.784 y 26.895, los Decretos Nros. 491 de fecha 12 de marzo de 2002 y 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008, las Resoluciones Nros. 779 de fecha 6 de diciembre de 2004 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION y 29 de fecha 13 de mayo de 2005 de la entonces SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y

CONSIDERANDO:

Que por el Artículo 7° de las leyes citadas en el Visto, se establece que las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes y financiados existentes a la fecha de sanción de las mismas y los que queden vacantes con posterioridad, salvo decisión fundada del señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Que no obstante lo señalado en el considerando precedente, el Artículo 10 de las citadas leyes, establece que las facultades otorgadas al señor Jefe de Gabinete de Ministros podrán ser asumidas por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, en su carácter de responsable político de la administración general del país y en función de lo dispuesto por el Artículo 99, inciso 10 de la CONSTITUCION NACIONAL.

Que por el Decreto Nº 491 de fecha 12 de marzo de 2002 el PODER EJECUTIVO NACIONAL reasumió el control directo de todas las designaciones de personal, en el ámbito de la Administración Pública Nacional, en cargos de planta permanente y no permanente.

Que mediante el Anexo Id a la Resolución Nº 779 de fecha 6 de diciembre de 2004 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, se aprobaron las aperturas estructurales inferiores del INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA Y CENSOS, administración desconcentrada en el ámbito de la entonces SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, actualmente en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS.

Que mediante el Anexo I a la Resolución Nº 29 de fecha 13 de mayo de 2005 de la entonces SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, se ratificaron las Funciones Ejecutivas de Nivel III de la Dirección de Estudios de Ingresos y Gastos de los Hogares dependiente de la Dirección Nacional de Estadísticas de Condiciones de Vida del INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA Y CENSOS administración desconcentrada actuante en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS.

Que en el ámbito del citado Instituto se encuentra vacante el cargo de Director de Estudios de Ingresos y Gastos de los Hogares.

Que por la particular naturaleza de las tareas asignadas al cargo mencionado, resulta indispensable cubrir transitoriamente el mismo con el objeto de asegurar el normal desenvolvimiento del organismo.

Que el cargo involucrado deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.), homologado por el Decreto Nº 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008.

Que la persona propuesta en el Artículo 1° del presente acto, reúne los requisitos de experiencia e idoneidad necesarios para el desempeño del cargo a cubrir, dado que ha presentado los títulos debidamente traducidos de Licenciado en Sociología y de la Maestría en Sociología - Especialización en Economía y Sociedad expedidos por la Universidad René Descartes Paris V y la Universidad de París Oeste Nanterre La Défense, respectivamente. Pese a lo expuesto, no acredita la revalidación de los títulos académicos presentados, por lo tanto se propicia designar transitoriamente con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el Artículo 14 del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto Nº 2.098/08, el que luego será cubierto conforme los sistemas de selección previstos en la normativa vigente en el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente medida.

Que se ha dado cumplimiento a lo establecido por la Circular Nº 4 de fecha 15 de marzo de 2002 de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que la cobertura del cargo aludido cuenta con el financiamiento correspondiente.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL, los Artículos 7° y 10 de las Leyes Nros. 26.546 prorrogada en los términos del Decreto Nº 2.053/10 y complementada por el Decreto Nº 2.054/10, 26.728, 26.784 y 26.895, y el Artículo 1° del Decreto Nº 491/02.

Por ello,

LA PRESIDENTA
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:

Artículo 1° — Dase por designado transitoriamente, a partir del 1 de diciembre de 2011 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente medida al señor Don Alejandro Andrés MOYANO (MI Nº 21.423.445), Nivel B, Grado 0, en el cargo de Director de Estudios de Ingresos y Gastos de los Hogares dependiente de la Dirección Nacional de Estadísticas de Condiciones de Vida del INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA Y CENSOS, administración desconcentrada actuante en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva Nivel III del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto Nº 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y con carácter de excepción a lo dispuesto por el Artículo 7° de las Leyes Nros. 26.546 prorrogada en los términos del Decreto Nº 2.053/10 y complementada por el Decreto Nº 2.054/10, 26.728, 26.784 y 26.895, y con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el Artículo 14 del citado convenio.

Art. 2° — El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.), homologado por el Decreto Nº 2.098/08 dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente medida.

Art. 3° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida, será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente de la Jurisdicción 50 - MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, Servicio Administrativo Financiero 321 - INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA Y CENSOS.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich. — Axel Kicillof.

Fecha de publicación 14/10/2014