MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION
Resolución 38.636/2014
Bs. As., 8/10/2014
VISTO el Expediente Nº 62.557 del registro de la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION, y
CONSIDERANDO:
Que la Entidad METLlFE SEGUROS S.A., solicita autorización para operar en el Seguro de Responsabilidad Civil.
Que la Entidad aplicará las Condiciones Contractuales establecidas en la Resolución SSN Nº 37.849 de fecha 17 de Octubre de 2013.
Que a folio 8 la Gerencia de Evaluación informa que la Entidad acredita el Capital Mínimo necesario para operar en el referido Ramo.
Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos ha tomado intervención.
Que en virtud de las atribuciones conferidas por el Artículo 67 c) de la ley Nº 20.091, corresponde actuar en consecuencia.
Por ello,
El SUPERINTENDENTE
DE SEGUROS DE LA NACION
RESUELVE:
ARTICULO 1º — Autorizar a METLlFE SEGUROS S.A. a operar en todo el territorio de la República Argentina en el “Seguro de Responsabilidad Civil”, con las Condiciones Contractuales establecidas en la Resolución SSN Nº 37.849 de fecha 17 de Octubre de 2013 de este Organismo de Control; Condiciones Contractuales (fs. 1 - folio 6); Adecuaciones a las Condiciones Generales (fs. 2 - folio 2); Cláusula de Cobranza del Premio (fs. 3/4 - folio 2 y fs. 1 - folio 6); Condiciones Particulares (fs. 5/6 - folio 2); Denuncia del Siniestro (fs. 7 - folio 2); Solicitud del Seguro (fs. 8 -folio 2) y Nota Técnica y Política de Suscripción y Retención de Riesgos (fs. 9 -folio 2 y fs. 2 - folio 6).
ARTICULO 2º — Regístrese, notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial. — Lic. JUAN ANTONIO BONTEMPO, Superintendente de Seguros de la Nación.
e. 14/10/2014 Nº 77416/14 v. 14/10/2014
Fecha de publicación 14/10/2014