MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL
Disposición 641/2014
Bs. As., 16/10/2014
VISTO: El Expediente Nº S02:00128927/2014 del Registro de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, las Leyes Nº 26.363 y Nº 24.449 y su normativa reglamentaria, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el artículo 1° de la Ley Nº 26.363 se creó la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, como organismo descentralizado en el ámbito del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, cuya principal misión es la reducción de la tasa de siniestralidad en el territorio nacional, mediante la promoción, coordinación, control y seguimiento de las políticas de seguridad vial, siendo tal como lo establece el artículo 3° de dicha norma, la autoridad de aplicación de las políticas y medidas de seguridad vial nacionales.
Que entre las funciones asignadas a la ANSV por norma de creación, se encuentran las de coordinar, impulsar y fiscalizar la implementación de medidas estratégicas para el desarrollo de un tránsito seguro en todo el territorio nacional, como así también elaborar campañas de concientización en seguridad vial y coordinar la colaboración con los organismos y jurisdicciones nacionales, provinciales, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y locales competentes en la materia, en la elaboración de campañas de educación vial destinadas a la prevención de siniestros viales, en concordancia con lo estipulado en el Art. 4° inc. a) y x) de la Ley 26.363.
Que la ASOCIACIÓN CIVIL COMPROMISO VIAL POR ÚRSULA Y CARLA tiene por objeto promover y estimular la toma de conciencia de la ciudadanía argentina sobre las cuestiones de seguridad vial, interviniendo y realizando acciones culturales, pedagógicas y recreativas que provoquen la participación ciudadana en cuanto a la prevención de siniestros viales; talleres de reflexión sobre la problemática vial destinados a instituciones educativas, maestros y alumnos; conferencias de información y análisis sobre Seguridad Vial destinados al público en general; jornadas y congresos sobre la materia y promoción de la investigación técnica y social de la temática vial, entre otras tantas.
Que la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL y la ASOCIACIÓN CIVIL COMPROMISO VIAL POR ÚRSULA Y CARLA suscribieron en fecha 22 de Junio de 2010 un CONVENIO MARCO DE COOPERACION que tiene por objeto la mutua colaboración en todas aquellas actividades que hagan al mejor cumplimiento de las funciones y objetivos de cada una de ellas o que permitan brindar un servicio a la comunidad en sus respectivas áreas de influencia.
Que en esa órbita LAS PARTES suscribieron distintos Convenios Específicos de Cooperación con el fin de realizar en forma conjunta la organización y difusión de acciones culturales, pedagógicas y recreativas, como así también campañas y talleres de reflexión con el fin de concientizar en la materia de Seguridad Vial.
Que la mencionada ASOCIACION desarrollará la CAMPAÑA DE CONCIENTIZACION SUMA TU COMPROMISO VIAL, que tiene por objeto concientizar sobre la importancia de no consumir alcohol en la conducción de vehículos y los efectos negativos de su ingesta.
Que las medidas tendientes a la reducción en los valores permitidos de alcohol en sangre para conducir cualquier tipo de vehículos, son parte de la adecuación a una nueva realidad y manifiestan una tendencia mundial.
Que de las estimaciones sobre el impacto del alcohol en los siniestros viales surge que los que son producidos por conductores alcoholizados superarían el VEINTE POR CIENTO (20%), caracterizándose por ser de alta gravedad, con múltiples víctimas fatales y/o heridos.
Que fijándose la TOLERANCIA CERO como parámetro de conducta sobre el consumo de alcohol a la hora de conducir, asimismo se minimizan los efectos de toda especulación sobre la cantidad de alcohol que cada persona puede beber sin superar el límite permitido.
Que con iguales fundamentos el PODER EJECUTIVO NACIONAL impulsado por el MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, ha presentado un proyecto de Ley ante el SENADO DE LA NACION, propiciando la TOLERANCIA CERO como parámetro legal sobre el consumo de alcohol a la hora de conducir, proponiendo entre otras medidas, la modificación del inciso a) del Artículo 48 de la Ley de Tránsito Nº 24.449 y sus modificatorias, en cuanto establece las prohibiciones al conducir; siendo un gran desafío no sólo para el ESTADO como actor activo y ejecutor de una política de tolerancia cero de alcohol al conducir cualquier vehículo, sino también para la sociedad toda, ya que requiere compromiso ciudadano y responsabilidad social en pos del cumplimiento efectivo de la ley.
Que por ello, siendo que la campaña de concientización señalada coadyuvará a disminuir los siniestros de tránsito, preservando la vida humana y la integridad física de las personas, toda vez que permitirá educar y concientizar a la población en materia de seguridad vial, promoviendo su participación y colaboración con el Estado Nacional; la ANSV estima oportuno, meritorio y necesario declarar de interés en el ámbito de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL a la CAMPAÑA DE CONCIENTIZACION SUMA TU COMPROMISO VIAL, que desarrollará la ASOCIACIÓN CIVIL COMPROMISO VIAL POR ÚRSULA Y CARLA.
Que la DIRECCION DE CAPACITACION Y CAMPAÑAS VIALES de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL ha tomado la intervención de su competencia.
Que la DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL ha tomado la intervención que le compete.
Que la DIRECCION DE ASUNTOS LEGALES Y JURIDICOS de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente se dicta en uso de las facultades establecidas en el artículo 7° inciso b) de la Ley Nacional Nº 26.363.
Por ello,
EL DIRECTOR EJECUTIVO
DE LA AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL
DISPONE:
ARTICULO 1° — Declárese de interés en el ámbito de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, la CAMPAÑA DE CONCIENTIZACION SUMA TU COMPROMISO VIAL propuesta y desarrollada por la ASOCIACIÓN CIVIL COMPROMISO VIAL POR ÚRSULA Y CARLA.
ARTICULO 2° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Lic. FELIPE RODRÍGUEZ LAGUENS, Director Ejecutivo, Agencia Nacional de Seguridad Vial, Ministerio del Interior y Transporte.
e. 17/10/2014 Nº 80236/14 v. 17/10/2014
Fecha de publicación 17/10/2014