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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución 1675/2014

Bs. As., 22/9/2014

VISTO el Expediente Nº 133.525/14 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 2 y Anexo I de fojas 3 luce un acuerdo celebrado por la ASOCIACION DEL PERSONAL DE DIRECCION DE LOS FERROCARRILES ARGENTINOS por la parte sindical, y la ADMINISTRACION GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD DEL ESTADO por la parte empresaria, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004) en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 1020/08 “E”.

Que el acuerdo establece incrementos en los básicos salariales.

Que las partes celebrantes han acreditado su personería y facultades para convencionar colectivamente con las constancias que obran en autos y ratificaron su contenido.

Que el ámbito de aplicación del presente acuerdo se circunscribe a la correspondencia entre la representatividad que ostenta el sector empresario firmante y las entidades sindicales signatarias, emergente de su personería gremial.

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la legislación laboral vigente.

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales establecidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que en virtud de lo expuesto, correspondería dictar el acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que posteriormente corresponde remitir las actuaciones a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo para que en orden a su competencia, determine si resulta pertinente elaborar el Proyecto Base Promedio y Tope Indemnizatorio de conformidad con lo establecido en el artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1974) y sus modificaciones.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

Por ello,

LA SEÑORA SECRETARIA
DE TRABAJO
RESUELVE:

ARTICULO 1° — Declárase homologado el acuerdo celebrado entre la ASOCIACION DEL PERSONAL DE DIRECCION DE LOS FERROCARRILES ARGENTINOS, por la parte sindical, y la ADMINISTRACION GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD DEL ESTADO, por la parte empresaria, que luce a fojas 2 y Anexo I de fojas 3 del Expediente Nº 133.525/14.

ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin de que el Departamento Coordinación registre el acuerdo obrante a fojas 2 y Anexo I de fojas 3 del Expediente Nº 133.525/14.

ARTICULO 3° — Notifíquese a las partes signatarias. Que posteriormente corresponde remitir las actuaciones a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo para que en orden a su competencia, determine si resulta pertinente elaborar el Proyecto Base Promedio y Tope Indemnizatorio de conformidad con lo establecido en el artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1974) y sus modificaciones. Posteriormente, procédase a la guarda del presente legajo junto al Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 1020/08 “E”.

ARTICULO 4° — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuita del Acuerdo homologado y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMÍ RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente Nº 133.525/14
Buenos Aires, 23 de Septiembre de 2014
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 1675/14 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 2 y 3 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 1393/14. — VALERIA ANDREA VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 30 días del mes de Mayo de 2014, se reúnen en representación de la ADMINISTRACION GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD DEL ESTADO, el Señor Interventor Capitán de Ultramar D. Sergio F. BORRELLI, el Señor Gerente Administrativo Cdor. Edgardo A. LEONE y el Señor Gerente de Recursos Humanos Cdor. D. Osvaldo L. MARESCA, por una parte, y en representación de la entidad gremial ASOCIACION DEL PERSONAL DE DIRECCION DE LOS FERROCARRILES ARGENTINOS Y PUERTOS NACIONALES, los señores Alberto S. SALOM, Gabriel A. PRECI y Mateo E. ARFUSO.
Declarado abierto el acto y concedida la palabra, las partes acuerdan lo siguiente:
PRIMERO: En el marco del proceso de Negociación Colectiva de esta Administración General de Puertos y con el objeto de instrumentar el incremento salarial que surge de las pautas y metodología dispuestas para la Administración Pública Nacional, se aumentan las retribuciones al personal comprendido en el escalafón correspondiente a la entidad gremial ASOCIACION DEL PERSONAL DE DIRECCION DE LOS FERROCARRILES ARGENTINOS Y PUERTOS NACIONALES (C.C.T. Nº 1020/08 “E”) con el siguiente alcance:
a) DIECISEIS CON QUINCE CENTESIMOS POR CIENTO (16,15%) a partir del 1° de junio de 2014 aplicable sobre las remuneraciones mensuales, normales, regulares y permanentes aprobadas vigentes al 31/05/2014.
b) DOCE POR CIENTO (12%) a partir del 1° de agosto de 2014 aplicable sobre las remuneraciones mensuales, normales, regulares y permanentes aprobadas vigentes al 31/05/2014.
Se detalla en el ANEXO adjunto al presente, los montos correspondientes a cada nivel.
SEGUNDO: Los comparecientes solicitan la oportuna homologación del presente acuerdo ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, previa intervención de la Comisión Técnica Asesora de Política Salarial del Sector Público.
En prueba de conformidad se firman cuatro (4) ejemplares de un mismo tenor, en el lugar y fecha indicados.

ANEXO I
ESCALA SALARIAL

Fecha de publicación 21/10/2014