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Legislación y Avisos Oficiales
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JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA y ORGANISMO REGULADOR DE SEGURIDAD DE PRESAS

Resolución Conjunta 435/2014

Bs. As., 12/9/2014

VISTO el Expediente Nº CUDAP EXP-S01:0099307/2014 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, las Leyes Nros. 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y 24.185, los Decretos Nros. 239 de fecha 17 de marzo de 1999, 357 de fecha 21 de febrero de 2002 y sus modificatorios, la Decisión Administrativa Nº 1126 de fecha 8 de noviembre de 2012 y el Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional homologado por Decreto Nº 214 de fecha 27 de febrero de 2006 y sus modificatorios, y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 1º del Decreto Nº 239 de fecha 17 de marzo de 1999, se creó el ORGANISMO REGULADOR DE SEGURIDAD DE PRESAS (ORSEP) como organismo descentralizado del Estado Nacional, actuante en el ámbito de la entonces SECRETARIA DE RECURSOS NATURALES Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la PRESIDENCIA DE LA NACION, actualmente en el ámbito de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS.

Que por el artículo 15 del Decreto mencionado en el considerando anterior, se estableció que en el citado Organismo las relaciones laborales se regirían por la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus normas modificatorias y reglamentarias, en el marco de la Ley Nº 24.185.

Que en el contexto de lo previsto en la Ley Nº 24.185, mediante Decreto Nº 214 de fecha 27 de febrero de 2006 y sus modificatorios, se homologó el Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional, en cuyo ámbito de aplicación se encuentran comprendidos los trabajadores en relación de dependencia laboral con el ORGANISMO REGULADOR DE SEGURIDAD DE PRESAS (ORSEP), conforme Anexo II del referido Convenio Colectivo de Trabajo General.

Que el Título VI, Capítulos I, II y III del citado Convenio Colectivo de Trabajo General establece los lineamientos a los que deben ajustarse los sistemas de selección de personal que establezca el Estado Empleador.

Que en los considerandos de la Decisión Administrativa Nº 1126 de fecha 8 de noviembre de 2012 se señala que, habiendo sido adoptado como subsidiario en los restantes convenios colectivos laborales el régimen de concursos establecido para el Sistema Nacional de Empleo Público homologado por el Decreto Nº 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, se estima oportuno impulsar la sanción de los regímenes específicos en todos los escalafones y entidades comprendidas en el Anexo II del Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional, homologado por Decreto Nº 214/06.

Que en virtud de ello, por el artículo 5° de la Decisión Administrativa mencionada en el considerando anterior, se instruyó a la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS para que promueva la aprobación de los regímenes específicos de selección del personal de los escalafones y entidades comprendidas en el Anexo II del citado Convenio Colectivo de Trabajo General.

Que el ORGANISMO REGULADOR DE SEGURIDAD DE PRESAS (ORSEP) propicia la aprobación del Reglamento de Selección para el personal.

Que, conforme lo establece el Decreto Nº 357 de fecha 21 de febrero de 2002 y sus modificatorios, compete a la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS entender en la formulación de las políticas de modernización de la gestión de recursos humanos de la Administración Pública Nacional y de la normativa aplicable en materia de empleo público.

Que el ORGANISMO REGULADOR DE SEGURIDAD DE PRESAS (ORSEP) ha puesto en conocimiento de la UNION DEL PERSONAL CIVIL DE LA NACION (UPCN) y de la ASOCIACION TRABAJADORES DEL ESTADO (ATE), entidades gremiales signatarias del Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional homologado por Decreto Nº 214 de fecha 27 de febrero de 2006 y sus modificatorios y actuantes en el respectivo ámbito, el proyecto de REGLAMENTO DE SELECCION PARA EL PERSONAL DEL ORGANISMO REGULADOR DE SEGURIDAD DE PRESAS (ORSEP), conforme da cuenta el Acta suscripta con fecha 30 de abril de 2014 obrante en el Expediente citado en el Visto.

Que han tomado la intervención que les compete los Servicios Jurídicos de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y del ORGANISMO REGULADOR DE SEGURIDAD DE PRESAS (ORSEP).

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades atribuidas por el Apartado Xl del Anexo II del Decreto Nº 357 de fecha 21 de febrero de 2002 y sus modificatorios, a la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y por el artículo 13 del Decreto Nº 239 de fecha 17 de marzo de 1999, al Presidente del ORGANISMO REGULADOR DE SEGURIDAD DE PRESAS (ORSEP).

Por ello,

LA SECRETARIA
DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA
DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Y
EL PRESIDENTE
DEL ORGANISMO REGULADOR DE SEGURIDAD DE PRESAS (ORSEP)
RESUELVEN:

ARTICULO 1° — Apruébase el REGLAMENTO DE SELECCION PARA EL PERSONAL DEL ORGANISMO REGULADOR DE SEGURIDAD DE PRESAS (ORSEP), con los modelos de formularios de solicitud y ficha de inscripción, declaración jurada y constancia de recepción, que como Anexo I forman parte integrante de la presente.

ARTICULO 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. FABIANA SAMBANCA, Secretaria de Gabinete y Coordinación Administrativa, Jefatura de Gabinete de Ministros. — Ing. OSCAR HORACIO BRAVO, Presidente ORSEP.

e. 04/11/2014 Nº 84699/14 v. 04/11/2014

Fecha de publicación 04/11/2014