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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Decreto 2021/2014

Designación en la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable.

Bs. As., 30/10/2014

VISTO el Expediente Nº CUDAP: EXP-JGM: 0046784/2014, del Registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley N° 26.895 y el Decreto N° 1840 de fecha 10 de octubre de 1986 y sus modificatorios y complementarios, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley Nº 26.895 se aprobó el Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio 2014.

Que por el expediente citado en el Visto, se tramita la designación como Jefe de Gabinete de Asesores de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS del Doctor D. Jorge Eduardo ALCANTARA (DNI Nº 17.960.213) con rango y jerarquía de Subsecretario.

Que, asimismo por el Decreto Nº 1840 de fecha 10 de octubre de 1986 y sus modificatorios y complementarios, se prevé un régimen especial de compensación de los mayores gastos en que incurran los funcionarios convocados para cumplir funciones políticas, cuando su residencia permanente se encuentre a más de CIEN (100) kilómetros de la sede de sus funciones.

Que el referido funcionario ha acreditado su domicilio en la Provincia del CHACO, por medio de su documento de identidad, alcanzándole los beneficios acordados por el citado decreto.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 99, incisos 1 y 7 de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

LA PRESIDENTA
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:

Artículo 1° — Desígnase, a partir del dictado de la presente medida, al Doctor D. Jorge Eduardo ALCANTARA (D.N.I. N° 17.960.213) como Jefe de Gabinete de Asesores de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, con rango y jerarquía de Subsecretario.

Art. 2° — Inclúyese, al funcionario citado en el artículo precedente en los beneficios acordados por el Decreto N° 1840 de fecha 10 de octubre de 1986 y sus modificatorios y complementarios, a partir del primer día del mes siguiente al de la fecha del dictado de la presente medida y mientras su residencia permanente se encuentre a una distancia superior a los CIEN (100) kilómetros de la sede de sus funciones.

Art. 3° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas vigentes del Presupuesto de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, de conformidad con la Ley de Presupuesto General de la Administración Nacional Nº 26.895 - Servicio Administrativo Financiero Nº 317 de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich.

Fecha de publicación 07/11/2014