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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA

Comunicación “A” 5643/2014

Ref.: Circular CAMEX 1 - 731. Mercado Unico y Libre de Cambios.

8/10/2014

A LAS ENTIDADES FINANCIERAS,
A LAS CASAS: AGENCIAS: OFICINAS Y CORREDORES DE CAMBIO:
Nos dirigimos a Uds. a los efectos de comunicarles que se ha dispuesto con vigencia a partir del 9/10/2014 inclusive, y hasta el 30/12/2014 inclusive, lo siguiente:
Establecer la posibilidad de aplicar las condiciones establecidas en el punto 2.7. de las normas en materia de acceso al mercado local de cambios para la compra de moneda extranjera para su aplicación a destinos específicos en activos locales, introducido por el punto IV. de la Comunicación “A” 5604 del 10/07/14, por los ingresos de préstamos financieros externos y aportes de inversión directa. En ambos casos, los ingresos estarán sujetos a las normas del Decreto Nº 616/05 y complementarias que sean aplicables, considerando en los casos de préstamos financieros, el destino final de los fondos a partir de la liberación de los depósitos constituidos en las condiciones establecidas en la presente Comunicación.
Saludamos a Uds. atentamente.
BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA
MARINA ONGARO, Gerente de Normas e Investigación de Exterior y Cambios. — JUAN I. BASCO, Subgerente General de Operaciones.

e. 07/11/2014 N° 85498/14 v. 07/11/2014

Fecha de publicación 07/11/2014