MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE
Resolución 1308/2014
Bs. As., 3/11/2014
VISTO el Expediente N° S02:0138568/2013 del registro de este Ministerio, Expediente original 330/2011 del registro del ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA), organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARIA DE TRANSPORTE dependiente del entonces del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente citado en el Visto tramita la Licitación Pública destinada a la Contratación de los Trabajos de Rehabilitación y Ampliación de Pavimentos e Instalaciones de Nuevas Ayudas Visuales de la Pista 06-24, Calle de Rodaje, Plataforma y Nuevo Balizamiento del Aeropuerto “ALMIRANTE ZAR” de la Ciudad DE TRELEW, Provincia DEL CHUBUT, en el marco de la Ley de Obras Públicas N° 13.064, cuyo llamado fuera aprobado por Resolución N° 1345 de fecha 7 de noviembre de 2013 del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, por un presupuesto oficial de PESOS CIENTO CUARENTA Y OCHO MILLONES SETECIENTOS CUARENTA MIL ($ 148.740.000) Impuesto al Valor Agregado (IVA) incluido, bajo la modalidad de Ajuste Alzado.
Que asimismo, por la citada resolución se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas, y se autorizó al ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA), a conformar la COMISION EVALUADORA DE OFERTAS (CEO) y a efectuar todos los trámites atinentes al proceso de licitación, quedando a cargo de este Ministerio la adjudicación de la obra.
Que mediante Acta de Reunión Abierta de Directorio del ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA) N° 4/2014 de fecha 21 de marzo de 2014, se designó a los integrantes de la COMISION EVALUADORA DE OFERTAS (CEO) pertenecientes a dicho Organismo para la referida licitación, con un representante de la SECRETARIA DE TRANSPORTE de este Ministerio.
Que habiéndose cumplido con las normas de publicidad que rigen la mencionada licitación, el día 7 de marzo de 2014 se realizó el Acto de Apertura de Ofertas, habiendo presentado Ofertas la Unión Transitorias de Empresas (UTE) VIAL AGRO SOCIEDAD ANONIMA - INGENIERIA Y ARQUITECTURA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA; las Empresas OBRING SOCIEDAD ANONIMA; ESUCO SOCIEDAD ANONIMA; COARCO SOCIEDAD ANONIMA, LUCIANO SOCIEDAD ANONIMA y la Unión Transitoria de Empresas (UTE) RODALSA SOCIEDAD ANONIMA - EDISUD SOCIEDAD ANONIMA y OTROS.
Que habiendo tomado intervención la COMISION EVALUADORA DE OFERTAS (CEO) a efectos de analizar el cumplimiento por parte de los oferentes de los requisitos exigidos por los Pliegos que rigen la mencionada Licitación, consideró que las ofertas presentadas por las Empresas COARCO SOCIEDADA ANONIMA; LUCIANO SOCIEDAD ANONIMA y la Unión Transitoria de Empresas (UTE) RODALSA SOCIEDADA ANONIMA - EDISUD SOCIEDAD ANONIMA y otros, resultan ser inadmisibles por no presentar la documentación que le fuera requerida por la COMISION EVALUADORA DE OFERTAS en el plazo asignado para ello.
Que las ofertas presentadas por la Unión Transitoria de Empresas (UTE) VIAL AGRO SOCIEDAD ANONIMA - INGENIERIA Y ARQUITECTURA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA; las Empresas OBRING SOCIEDAD ANONIMA y ESUCO SOCIEDAD ANONIMA, resultan ser admisibles y elegibles, toda vez que las mismas cumplen con los requerimientos de los pliegos, desde el punto de vista administrativo, legal, técnico y económico-financiero.
Que la COMISION EVALUADORA DE OFERTAS (CEO) explica que el método de evaluación quedó circunscripto a las ofertas que, cumplidas las exigencias de la documentación licitatoria, han presentado la más baja cotización, proponiendo el siguiente Orden de Mérito: a) Orden de Mérito N° 1: la Unión Transitoria de Empresas (UTE) VIAL AGRO SOCIEDAD ANONIMA-INGENIERIA Y ARQUITECTURA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA por la suma total de PESOS CIENTO SESENTA Y DOS MILLONES CUATROCIENTOS TREINTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS TRECE CON CUARENTA CENTAVOS ($ 162.438.313,40), Impuesto al Valor Agregado (IVA) incluido, b) Orden de Mérito N° 2: OBRING SOCIEDAD ANONIMA por la suma de PESOS CIENTO SESENTA Y NUEVE MILLONES CUATRO MIL DOSCIENTOS SESENTA Y UNO CON DOCE CENTAVOS ($ 169.004.261,12), Impuesto al Valor Agregado (IVA) incluido, y c) Orden de Mérito N° 3: ESUCO SOCIEDAD ANONIMA por la suma de PESOS CIENTO SESENTA Y NUEVE MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y UNO CON CINCUENTA Y DOS CENTAVOS ($ 169.392.431,52.-), IMPUESTO AL VALOR AGREGADO (IVA) incluido.
Que la COMISION EVALUADORA DE OFERTAS (CEO), consideró conveniente la oferta presentada por la Unión Transitoria de Empresas (UTE) VIAL AGRO SOCIEDAD ANONIMA - INGENIERIA Y ARQUITECTURA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, por la suma total de PESOS CIENTO SESENTA Y DOS MILLONES CUATROCIENTOS TREINTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS TRECE CON CUARENTA CENTAVOS ($ 162.438.313,40.-), Impuesto al Valor Agregado (IVA) Incluido, conforme lo determina el artículo 20 del Pliego de Cláusulas Especiales.
Que el resultado del Dictamen referido fue publicado en el Boletín Oficial de la REPUBLICA ARGENTINA y los oferentes han sido notificados del acto de preadjudicación.
Que en el presente procedimiento licitatorio no se han presentado impugnaciones en los términos del artículo 23 del Pliego de Cláusulas Especiales.
Que el ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA), ha tomado la intervención de su competencia.
Que la SECRETARIA DE TRANSPORTE de este Ministerio, ha tomado la intervención de su competencia.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS, dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION de este Ministerio ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 13064 y el Decreto N° 2148 de fecha 7 de noviembre de 2012.
Por ello,
EL MINISTRO
DEL INTERIOR Y TRANSPORTE
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Aprobar todo lo actuado en la presente Licitación Pública destinada a la Contratación de los Trabajos de Rehabilitación y Ampliación de Pavimentos e Instalaciones de Nuevas Ayudas Visuales de la Pista 06-24, Calle de Rodaje, Plataforma y Nuevo Balizamiento del Aeropuerto “ALMIRANTE ZAR” de la Ciudad DE TRELEW, Provincia DEL CHUBUT.
ARTICULO 2° — Declarar inadmisibles las ofertas presentadas por las Empresas COARCO SOCIEDAD ANONIMA, LUCIANO SOCIEDAD ANONIMA y la Unión Transitoria de Empresas (UTE) RODALSA SOCIEDAD ANONIMA-EDISUD SOCIEDAD ANONIMA Y OTROS, por las razones expuestas en los considerandos de la presente resolución.
ARTICULO 3° — Adjudícase a la oferta presentada por la Unión Transitoria de Empresas (UTE) VIAL AGRO SOCIEDAD ANONIMA - INGENIERIA Y ARQUITECTURA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, la Contratación de los Trabajos de Rehabilitación y Ampliación de Pavimentos e Instalaciones de Nuevas Ayudas Visuales de la Pista 06-24, Calle de Rodaje, Plataforma y Nuevo Balizamiento del Aeropuerto “ALMIRANTE ZAR” de la Ciudad DE TRELEW, Provincia DEL CHUBUT, por la suma total de PESOS CIENTO SESENTA Y DOS MILLONES CUATROCIENTOS TREINTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS TRECE CON CUARENTA CENTAVOS ($ 162.438.313,40), Impuesto al Valor Agregado (IVA) Incluido, por las razones expuestas en los considerandos de la presente resolución.
ARTICULO 4° — Apruébase el modelo de Contrato de Obra Pública que como Anexo forma parte integrante de la presente resolución.
ARTICULO 5° — Autorízase al ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA), organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARIA DE TRANSPORTE de este Ministerio, a suscribir con la empresa adjudicataria el Contrato de Obra Pública aprobado por el Artículo 2° de la presente medida.
ARTICULO 6° — Determínase que los gastos que demande la presente resolución serán atendidos con los fondos existentes en la Cuenta Fiduciaria del BANCO DE LA NACION ARGENTINA N° 4124649 “Patrimonio de Afectación para el Financiamiento de Obras del SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (SNA)” del FIDEICOMISO DE FORTALECIMIENTO DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS.
ARTICULO 7° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL, archívese. — C.P.N. FLORENCIO RANDAZZO, Ministro del Interior y Transporte.
Anexo I
CONTRATO DE OBRA PUBLICA N° 1/2014
(FIDEICOMISO DE FORTALECIMIENTO DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS)
Entre el ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA), representado en este acto por su presidente, Doctor Gustavo Andrés LIPOVICH, DNI N° 25.863.499, con domicilio en la calle Avenida Corrientes 441 Planta Baja, CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, en adelante “EL ORGANISMO” por una parte; y por otra la UNION TRANSITORIA DE EMPRESAS “VIAL AGRO SOCIEDAD ANONIMA - INGENIERIA y ARQUITECTURA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA - ZAR - UTE”, representada en este acto por ……………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………..; ambos en su carácter de apoderados de la referida UNION TRANSITORIA DE EMPRESAS, cuya personería demuestran con la documentación que para constancia se agrega al presente; adjudicataria de la Licitación Pública Nacional (FIDEICOMISO - ORSNA) N° 01/14 con domicilio en la calle ……………………………………………………………………………………………….., se conviene celebrar el presente contrato sujeto a las cláusulas que a continuación se enuncian:
CLAUSULA PRIMERA: OBJETO DEL CONTRATO: La firma precitada que en adelante se denominará “EL CONTRATISTA” se obliga a llevar a cabo los trabajos relacionados con la ejecución de las obras necesarias para realizar la Rehabilitación y Ampliación de Pavimentos e Instalaciones de Nuevas Ayudas Visuales de la Pista 06-24, Calle de Rodaje, Plataforma y Nuevo Balizamiento del Aeropuerto “ALMIRANTE ZAR” de la CIUDAD DE TRELEW, PROVINCIA DEL CHUBUT, en un todo de acuerdo a la documentación que se refiere la cláusula segunda.
CLAUSULA SEGUNDA: DOCUMENTOS DEL CONTRATO: Forman parte integrante de este Contrato: Pliego de Cláusulas Generales, Pliego de Cláusulas Especiales, Pliego de Especificaciones Técnicas Generales y Particulares, Memoria Descriptiva, Planos y Planillas Anexas, Pliego de Normas de Higiene y Seguridad del Trabajo y la oferta del adjudicatario en la presente Licitación Pública.
CLAUSULA TERCERA: SISTEMA DE CONTRATACION: Los trabajos enunciados en la CLAUSULA PRIMERA se contratan por el sistema de “AJUSTE ALZADO”.
CLAUSULA CUARTA: MONTO DEL CONTRATO: El monto de este contrato, por la ejecución total de la obra descripta en la CLAUSULA PRIMERA asciende a la suma de PESOS CIENTO SESENTA Y DOS MILLONES CUATROCIENTOS TREINTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS TRECE CON CUARENTA CENTAVOS ($ 162.438.313,40.-) IMPUESTO AL VALOR AGREGADO (IVA) incluido, pagadero conforme al Artículo 37 del Pliego de Cláusulas Especiales.
CLAUSULA QUINTA: PLAZO DE EJECUCION DE OBRA: El Plazo de Ejecución de Obra será de TRESCIENTOS VEINTE (320) días corridos, contados a partir de la fecha del Acta de Inicio de Obra, todo ello de acuerdo a lo establecido en los Pliegos aprobados en la presente Licitación Pública.
CLAUSULA SEXTA: GARANTIA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO: En cumplimiento de lo establecido en el Artículo 26 del Pliego de Cláusulas Especiales. “EL CONTRATISTA” acompaña en este acto …………………………………………………………………………………………………………..………………………………………………………………………………………………………………………………
CLAUSULA SEPTIMA: FONDO DE REPARO: Del importe de cada certificado se descontará el CINCO POR CIENTO (5%) para constituir el Fondo de Reparo, que se retendrá juntamente con la garantía de cumplimiento contractual; ambos fondos serán devueltos al Contratista una vez efectuada y aprobada la recepción definitiva de las obras.
Se permitirá sustituir el fondo de reparo en efectivo por una fianza bancaria a entera satisfacción de la Dirección, en las condiciones fijadas por los Artículos 2° y 3° del Decreto N° 5.742 de fecha 12 de abril de 1954, o por títulos o bonos nacionales, como asimismo por póliza de seguro de caución en las condiciones establecidas por la Ley N° 17.804 y el Decreto N° 411 de fecha 31 de enero de 1969.
CLAUSULA OCTAVA: RESCISION DEL CONTRATO: Se aplicarán las normas establecidas en la Ley de Obras Públicas N° 13.064, sus decretos complementarios y los Pliegos de la presente Licitación.
CLAUSULA NOVENA: JURISDICCION: Para dirimir cualquier divergencia que se origine como consecuencia del presente contrato, las partes se someten a la jurisdicción de los Tribunales Nacionales en lo Contencioso Administrativo Federal de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, renunciando a todo otro fuero o jurisdicción.
Para todos los efectos que se deriven de este Contrato, las partes contratantes constituyen los siguientes domicilios especiales: EL ORGANISMO, en la calle Av. Corrientes 441 Planta Baja, CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES y EL CONTRATISTA, calle ………………………………………………………………………………………………………………., en los que serán válidas todas las notificaciones y/o comunicaciones que se cursaren.
En prueba de conformidad con el presente contrato, se firman DOS (2) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, a los ….. días del mes de ........................ del 2014.
e. 11/11/2014 N° 87986/14 v. 11/11/2014
Fecha de publicación 11/11/2014