INSTITUTO NACIONAL DE ASUNTOS INDIGENAS
Resolución 1089/2014
Bs. As., 24/10/2014
VISTO el Expediente N° E-INAI-50798-2014 del registro del INSTITUTO NACIONAL DE ASUNTOS INDIGENAS dependiente del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, el Decreto N° 1023/2001 y modificatorios y el Decreto N° 893/2012 y modificatorios, y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente N° E-INAI-50002-2013 tramitó la Contratación Directa T. S. INAI N° 1/2013, tendiente a lograr la contratación de un servicio de alquiler de fotocopiadora, por un plazo de doce (12) meses, con opción a prórroga a criterio de este Ministerio, por un período similar al originalmente contratado, emitiéndose la Orden de Compra INAI N° 2/2013, extendida a favor de la firma RICOPRINT S.R.L.
Que el Instituto Nacional de Asuntos Indígenas solicita prorrogar la Orden de Compra INAI N° 2/2013 a partir de su vencimiento.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente Resolución se dicta dentro del régimen establecido por el Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, sin perjuicio de la aplicación supletoria del Decreto N° 893/2012 y modificatorios y en virtud de lo dispuesto en la Ley de Ministerios y las normas modificatorias y complementarias, la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional y su Decreto Reglamentario N° 1344/2007 y modificatorios, los Decretos N° 357/2002, modificatorios y complementarios, y N° 120 del 10 de Diciembre de 2011.
Por ello,
EL PRESIDENTE
DEL INSTITUTO NACIONAL DE ASUNTOS INDIGENAS
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Prorrógase a partir de su vencimiento, la Orden de Compra N° 2/2013 emitida a favor de la firma RICOPRINT S.R.L., correspondiente a la Contratación Directa T. S. INAI N° 1/2013, en la suma de PESOS TREINTA Y SEIS MIL ($ 36.000.-), por los motivos expuestos en los Considerandos de la presente.
ARTICULO 2° — Atiéndase la erogación total que asciende a la suma de PESOS TREINTA Y SEIS MIL ($ 36.000), con cargo a los créditos del Presupuesto de este Ministerio para los ejercicios que correspondan.
ARTICULO 3° — Autorízase a la Dirección de Patrimonio y Suministros a emitir la respectiva Orden de Compra.
ARTICULO 4° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. DANIEL RICARDO FERNANDEZ, Presidente, Instituto Nacional de Asuntos Indígenas, Ministerio de Desarrollo Social de la Nación.
e. 12/11/2014 N° 88133/14 v. 12/11/2014
Fecha de publicación 12/11/2014