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Primera sección


JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Decisión Administrativa 975/2014

Adscripción.

Bs. As., 14/11/2014

VISTO el Expediente N° CUDAP: EXP-JGM: 0006472/2014 del Registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la Resolución de la PRESIDENCIA EN FERIA JUDICIAL del SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA de la Provincia del CHACO N° 17 del 17 de enero de 2014; y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución de la PRESIDENCIA EN FERIA JUDICIAL del SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA de la Provincia del CHACO N° 17 del 17 de enero de 2014 se resolvió la adscripción de la agente Da. Mariela Analía GUERRA (D.N.I. N° 23.408.628), quien reviste el cargo de Escribiente en el precitado Tribunal de la Provincia del CHACO a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS desde el 9 de enero de 2014 hasta el 23 de diciembre de 2014.

Que la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS requiere la adscripción de la agente mencionada en el considerando precedente, a fin de contar con su colaboración en tareas relacionadas con las que se desarrollan en la citada Jurisdicción.

Que la presente medida no implica menoscabo moral ni económico alguno para la agente Da. Mariela Analía GUERRA, quien ha prestado su conformidad.

Que, en consecuencia corresponde dar por adscripta a la citada agente a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS en los términos de la referida Resolución.

Que ha tomado la intervención de su competencia la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que la presente medida se dicta en virtud a lo normado por el artículo 100 incisos 1 y 2 de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:

Artículo 1° — Dase por adscripta a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS en los términos de la Resolución de la PRESIDENCIA EN FERIA JUDICIAL del SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA de la Provincia del CHACO N° 17 del 17 de enero de 2014, de la agente Da. Mariela Analía GUERRA (D.N.I. N° 23.408.628), quien reviste el cargo de Escribiente en el precitado Tribunal de la Provincia del CHACO, a partir del día 9 de enero de 2014 y hasta el día 23 de diciembre de 2014, inclusive.

Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Jorge M. Capitanich. — Aníbal F. Randazzo.

Fecha de publicación 20/11/2014