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Legislación y Avisos Oficiales
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MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS SECRETARIA DE ENERGIA

Resolución 132/2014

Bs. As., 13/11/2014

VISTO el Expediente N° S01:0067106/2013 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y

CONSIDERANDO:

Que la SECRETARIA DE ENERGIA del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, en uso de las facultades del ESTADO NACIONAL y sin perjuicio del carácter federal de las vinculaciones de los Grandes Usuarios con el MERCADO ELECTRICO MAYORISTA (MEM), consideró conveniente establecer las condiciones básicas cuyo cumplimiento permita a los Prestadores Adicionales de la Función Técnica de Transporte aplicar, para esa prestación, lo establecido por los respectivos Marcos Regulatorios locales o por los regímenes regulatorios aplicables en cada caso, a fin de que perciban ingresos suficientes que les permitan cubrir los costos razonables resultantes de la prestación eficiente del servicio de redes sujeto a las exigencias de calidad de servicio vigentes en cada jurisdicción.

Que por ello, esta SECRETARIA DE ENERGIA dictó la Resolución N° 672 de fecha 15 de mayo de 2006 por la cual el PRESTADOR ADICIONAL DE LA FUNCION TECNICA DE TRANSPORTE (PAFTT) podrá solicitar la conformidad para aplicar las condiciones de la Prestación Adicional de la Función Técnica de Transporte Firme de acuerdo al numeral 3, CONDICIONES PARA LA PRESTACION DE LA FUNCION TECNICA DE TRANSPORTE DE ENERGIA ELECTRICA del Anexo 27 REGLAMENTACION APLICABLE A LA PRESTACION ADICIONAL DE LA FUNCION TECNICA DE TRANSPORTE DE ENERGIA ELECTRICA FIRME EN EL MERCADO ELECTRICO MAYORISTA (MEM), de los Procedimientos para la Programación de la Operación, el Despacho de Cargas y el Cálculo de Precios (LOS PROCEDIMIENTOS).

Que a tal efecto, la SUBSECRETARIA DE ENERGIA ELECTRICA de la SECRETARIA DE ENERGIA, a través de la Comunicación publicada en el BOLETIN OFICIAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA N° 30.931 de fecha 22 de junio de 2006, estableció los requisitos formales necesarios para tal solicitud.

Que en las actuaciones citadas en el Visto, la empresa ELECTRICIDAD DE MISIONES S.A. solicitó la conformidad de esta SECRETARIA DE ENERGIA de acuerdo a lo establecido en el punto 3.2 DE ACUERDO AL CUADRO TARIFARIO, numeral 3 CONDICIONES PARA LA PRESTACION DE LA FUNCION TECNICA DE TRANSPORTE DE ENERGIA ELECTRICA, del Anexo 27 REGLAMENTACION APLICABLE A LA PRESTACION ADICIONAL DE LA FUNCION TECNICA DE TRANSPORTE DE ENERGIA ELECTRICA FIRME EN EL MERCADO ELECTRICO MAYORISTA (MEM) de LOS PROCEDIMIENTOS.

Que ha tomado intervención la DIRECCION NACIONAL DE PROSPECTIVA dependiente de la SUBSECRETARIA DE ENERGIA ELECTRICA de la SECRETARIA DE ENERGIA, quien en su informe agregado a fojas 99/101 señala que: “...desde el punto de vista técnico regulatorio, se considera que la presentación de la Empresa ELECTRICIDAD DE MISIONES SOCIEDAD ANONIMA ha dado cumplimiento a todos los contenidos requeridos por el punto 3.2. “DE ACUERDO AL CUADRO TARIFARIO” del ANEXO 27 REGLAMENTACION APLICABLE A LA PRESTACION ADICIONAL DE LA FUNCION TECNICA DE TRANSPORTE DE ENERGIA ELECTRICA FIRME EN EL MERCADO ELECTRICO MAYORISTA (MEM) de LOS PROCEDIMIENTOS, referidos en la Comunicación de la SUBSECRETARIA DE ENERGIA ELECTRICA publicada en el Boletín Oficial N° 30.931 de fecha 22 de junio de 2006, para obtener la conformidad de la Secretaría de Energía para aplicar las Tarifas de Peaje de su Cuadro Tarifario”.

Que de las actuaciones surge que el Organismo con competencia y autoridad regulatoria local es la SUBSECRETARIA DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS de la SECRETARIA DE ESTADO DE HACIENDA, FINANZAS, OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS de la Provincia de MISIONES y como tal, resulta competente para el control y seguimiento futuro de las tarifas y requisitos previstos en la normativa, tal como se expide en el aval e informe pertinente de justificación de las tarifas realizados para obtener la presente conformidad.

Que por ello, corresponde otorgar a la empresa ELECTRICIDAD DE MISIONES SOCIEDAD ANONIMA la conformidad solicitada para que aplique a la Prestación Adicional de la Función Técnica de Transporte Firme las tarifas de su respectivo Cuadro Tarifario a los Usuarios de su jurisdicción.

Que la SUBSECRETARIA DE ENERGIA ELECTRICA dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS y la DIRECCION NACIONAL DE PROSPECTIVA dependiente de la SUBSECRETARIA DE ENERGIA ELECTRICA han tomado la intervención que les compete.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS dependiente de la SUBSECRETARIA LEGAL del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS ha tomado la intervención de su competencia.

Que las facultades para el dictado del presente acto surgen de lo dispuesto por el Artículo 37 de la Ley N° 15.336, los artículos 35, 36 y 85 de la Ley N° 24.065, el Artículo 1° del Decreto N° 432 del 25 de agosto de 1982 y el Decreto N° 186 del 25 de julio de 1995.

Por ello,

LA SECRETARIA
DE ENERGIA
RESUELVE:

ARTICULO 1° — Préstase la conformidad solicitada por la Empresa ELECTRICIDAD DE MISIONES SOCIEDAD ANONIMA para que aplique a la Prestación Adicional de la Función Técnica de Transporte Firme las tarifas de su respectivo Cuadro Tarifario a los Usuarios de su jurisdicción.

ARTICULO 2° — Notifíquese a la empresa ELECTRICIDAD DE MISIONES SOCIEDAD ANONIMA; a la SUBSECRETARIA DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS DE LA SECRETARIA DE ESTADO DE HACIENDA, FINANZAS, OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS DE LA PROVINCIA DE MISIONES; a la COMPAÑIA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELECTRICO (CAMMESA); y al ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE), organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARIA DE ENERGIA dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS.

ARTICULO 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ing. MARIANA MATRANGA, Secretaria de Energía.

e. 25/11/2014 N° 91409/14 v. 25/11/2014

Fecha de publicación 25/11/2014