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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


SECRETARIA DE PROGRAMACION PARA LA PREVENCION DE LA DROGADICCION Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO

Decisión Administrativa 1000/2014

Autorízase contratación.

Bs. As., 18/11/2014

VISTO la Ley N° 25.164, los Decretos N° 1421 del 8 de agosto de 2002, N° 2098 del 3 de diciembre de 2008, las Decisiones Administrativas N° 3 del 21 de enero de 2004 y N° 1151 del 28 de diciembre de 2006, la Resolución N° 48 del 30 de diciembre de 2002 de la ex SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, el Expediente N° 520/14 del registro de la SECRETARIA DE PROGRAMACION PARA LA PREVENCION DE LA DROGADICCION Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO de la PRESIDENCIA DE LA NACION, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente citado en el VISTO tramita la excepción al cumplimiento del requisito de nacionalidad para el ingreso a la Administración Nacional estipulada en el artículo 4°, inciso a) del Anexo de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público N° 25.164, a efectos de posibilitar la contratación del señor Juan Pablo NIÑO NIÑO (D.N.I. N° 94.863.210) bajo el régimen del artículo 9° del Anexo I al Decreto N° 1421/02, reglamentario de la Ley N° 25.164, para el período comprendido entre el 19 de marzo y el 31 de diciembre de 2014.

Que el aludido artículo 4°, inciso a) establece como requisito para el ingreso a la Administración Pública Nacional la nacionalidad argentina.

Que, asimismo, la norma referenciada dispone que el JEFE DE GABINETE DE MINISTROS podrá exceptuar del cumplimiento del precitado requisito mediante fundamentación precisa y circunstanciada de la jurisdicción solicitante.

Que, asimismo, el mencionado agente no reúne los requisitos previstos en el artículo 14 del Decreto N° 2098/08 homologatorio del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), por cuanto deberá excepcionarse de lo previsto en el inciso c), Punto II del Anexo I del artículo 9° del Decreto N° 1421/02.

Que los antecedentes personales y la experiencia del señor Juan Pablo NIÑO NIÑO, de nacionalidad Colombiana, se ajustan estrictamente al perfil de las tareas a desarrollar, por lo que resultaría beneficioso contar con la colaboración del nombrado.

Que, asimismo, los antecedentes curriculares del personal propuesto resultan atinentes al objetivo de las funciones asignadas y acreditan acabadamente la idoneidad necesaria para su realización.

Que el artículo 9° del Anexo a la referida ley, regula la naturaleza y características de la relación de empleo del personal, que revista en el régimen de contrataciones para la prestación de servicios de carácter no permanente, el que será equiparado en los niveles y grados de la planta permanente.

Que la persona involucrada en la presente medida ha cumplimentado la documentación exigida por la Circular N° 4 del 15 de marzo de 2002 de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que la DIRECCION DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA DE PROGRAMACION PARA LA PREVENCION DE LA DROGADICCION Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO de la PRESIDENCIA DE LA NACION ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades emergentes del artículo 100, inciso 2) de la CONSTITUCION NACIONAL, del artículo 4°, inciso a) del Anexo a la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164 y a tenor de lo dispuesto en el último párrafo del artículo 9° del Anexo I al Decreto N° 1421/02.

Por ello,

EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:

Artículo 1° — Dase por exceptuado al señor Juan Pablo NIÑO NIÑO (D.N.I. N° 94.863.210), de nacionalidad Colombiana, del requisito de nacionalidad que para el ingreso a la Administración Pública Nacional se establece en el artículo 4°, inciso a) del Anexo de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público N° 25.164, a los efectos de posibilitar su contratación.

Art. 2° — Autorízase al titular de la SECRETARIA DE PROGRAMACION PARA LA PREVENCION DE LA DROGADICCION Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO de la PRESIDENCIA DE LA NACION a contratar, por el período comprendido entre el 19 de marzo y el 31 de diciembre de 2014, al personal que se nomina en el Anexo I que integra la presente medida, con carácter de excepción al inciso c), Punto II del artículo 9° del Anexo I del Decreto N° 1421/02, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público N° 25.164, por no reunir los requisitos mínimos establecidos para el acceso al Nivel B del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N° 2098/08.

Art. 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Jorge M. Capitanich. — Aníbal F. Randazzo.

ANEXO
CONTRATOS REGIMEN ART. 9° ANEXO I DECRETO N° 1421/02
PERIODO 19/03/2014 AL 31/12/2014
CON AUTORIZACION EXCEPCIONAL DE J.G.M.


APELLIDO Y NOMBRES
DOCUMENTONIV/GRA
NIÑO NIÑO, Juan Pablo94.863.210B-0

Fecha de publicación 26/11/2014