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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA y MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA

Resolución Conjunta 574/2014 y 851/2014

Bs. As., 20/11/2014

VISTO el Expediente N° S05:0557968/2013 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, el ex - Sistema Nacional de la Profesión Administrativa, aprobado por el Decreto N° 993 del 27 de mayo de 1991 (T.O. 1995) y sus modificatorios, el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público, homologado por el Decreto N° 2.098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, el Decreto N° 196 del 24 de febrero de 2011, la Resolución Conjunta de la entonces SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 74 y del entonces MINISTERIO DE PRODUCCION N° 413 del 30 de septiembre de 2009, y la Resolución de la entonces SECRETARIA DE GABINETE Y GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 79 del 9 de diciembre de 2008, y

CONSIDERANDO:

Que el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público, homologado por el Decreto N° 2.098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, establece en el Título XIII las pautas para el reencasillamiento del personal.

Que por la Resolución Conjunta de la entonces SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 74 y del entonces MINISTERIO DE PRODUCCION N° 413 del 30 de septiembre de 2009, se aprobó el reencasillamiento del personal permanente de este último en el mencionado Sistema.

Que por el Decreto N° 1.365 del 1 de octubre de 2009 se creó el MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA por lo cual parte del personal reencasillado se encuentra en la órbita de este Ministerio.

Que la Dirección General de Recursos Humanos del área de origen ha remitido los Formularios de CUATRO (4) agentes suscriptos por la autoridad competente para proceder a la rectificatoria de su reencasillamiento.

Que han ejercido la veeduría que les compete las entidades sindicales signatarias del citado Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial, expresando su conformidad según consta en el Acta glosada en el expediente citado en el Visto.

Que la propuesta de rectificatoria del reencasillamiento del personal del citado Ministerio, en base a los datos contenidos en el Formulario de Reencasillamiento del Personal Permanente firmado por la autoridad superior y el titular de la unidad organizativa establecidos en los artículos 1° y 2° de la Resolución de la entonces SECRETARIA DE GABINETE Y GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 79 del 9 de diciembre de 2008, cumple con las pautas establecidas en el mencionado Título XIII del Sistema Nacional de Empleo Público.

Que la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO y la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA, ambas de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, han tomado la intervención de su competencia.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente se dicta en virtud de lo dispuesto por el artículo 127 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público, homologado por el Decreto N° 2.098/08 y sus modificatorios y el Decreto N° 196 del 24 de febrero de 2011.

Por ello,

LA SECRETARIA
DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA
DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Y
EL MINISTRO
DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA
RESUELVEN:

ARTICULO 1° — Dase por rectificado el reencasillamiento en el Sistema Nacional de Empleo Público, aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N° 2.098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, dispuesto por la Resolución Conjunta de la entonces SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 74 y del entonces MINISTERIO DE PRODUCCION N° 413 del 30 de septiembre de 2009 del personal que se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente.

ARTICULO 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. FABIANA SAMBANCA, Secretaria de Gabinete y Coordinación Administrativa, Jefatura de Gabinete de Ministros. — Ing. Agr. CARLOS HORACIO CASAMIQUELA, Ministro de Agricultura, Ganadería y Pesca.

ANEXO
Personal Permanente reencasillado en el Sistema Nacional de Empleo Público
Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca
Administración Centralizada


Orden
N° CUILApellido y NombreAgrupamientoNivelTramoGrado
120-04424320-3ESPINACH ROS, ALBERTOCientífico TécnicoBGeneral8
227-06371897-7SEIGNEUR, GRACIELA NOEMICientífico TécnicoCGeneral8
320-04548235-9SEBASTIANI, SANTIAGOCientífico TécnicoDGeneral6
427-17315781-4SANTORUM, MARÍA INÉSProfesionalCGeneral4

e. 28/11/2014 N° 93657/14 v. 28/11/2014

Fecha de publicación 28/11/2014