MINISTERIO DE SALUD
Decisión Administrativa 1025/2014
Decisión Administrativa N° 575/2013. Declárase caducidad.
Bs. As., 21/11/2014
VISTO el Expediente N° 2002-14045/13-0 del registro del MINISTERIO DE SALUD y la Decisión Administrativa N° 575 de fecha 12 de agosto de 2013, y
CONSIDERANDO:
Que por el artículo 4° de la norma citada en el Visto se autorizó al MINISTERIO DE SALUD a adelantar fondos por hasta la suma de PESOS CUATROCIENTOS MIL ($ 400.000.-) a favor del señor Emanuel Ariel VEGA (DNI N° 29.356.050) en CUATRO (4) entregas de PESOS CIEN MIL ($ 100.000.-) cada una con cargo de rendición de cuentas para atender los gastos que se ocasionen con motivo de la estadía en la Ciudad de MINNESOTA, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA durante el tratamiento médico que realice el paciente Uriel Ignacio VEGA (DNI N° 45.389.536) en el AMPLATZ CHILDREN’S HOSPITAL.
Que trascurrido un plazo razonable, el MINISTERIO DE SALUD solicitó al beneficiario el cumplimiento de la rendición de cuentas correspondiente.
Que ante el incumplimiento del señor Emanuel Ariel VEGA de su obligación de rendir cuentas por los fondos recibidos no obstante las solicitudes e intimaciones efectuadas por el MINISTERIO DE SALUD y, habiéndolo constituido debidamente en mora a partir de la última notificación efectuada, corresponde declarar la caducidad del acto administrativo, que le otorgó el apoyo económico, en los términos del artículo 21 de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos N° 19.549 y sus modificatorias.
Que por lo expuesto, corresponde a esta JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS declarar la caducidad del acto mencionado precedentemente por aplicación del principio del “paralelismo de las competencias” en cuya virtud, salvo disposición expresa en contrario —que en el caso no existe—, quien tiene facultades para dictar un acto también la tiene para modificarlo o extinguirlo.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE SALUD ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en virtud de lo dispuesto por el artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCION NACIONAL.
Por ello,
EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1° — Declárase la caducidad del adelanto de fondos dispuesto por el artículo 4° de la Decisión Administrativa N° 575 de fecha 12 de agosto de 2013 por la suma de PESOS CUATROCIENTOS MIL ($ 400.000.-), por las razones expuestas en los Considerandos del presente.
Art. 2° — Remítanse los actuados al MINISTERIO DE SALUD a fin de que, por intermedio del área competente, inicie las acciones judiciales correspondientes para obtener el reintegro total de la suma otorgada con más los intereses que correspondan hasta su efectivo pago.
Art. 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Jorge M. Capitanich. — Juan L. Manzur.
Fecha de publicación 01/12/2014