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4 de Diciembre de 2020

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE SALUD DIRECCION NACIONAL DE REGISTRO, FISCALIZACION Y SANIDAD DE FRONTERAS

Disposición 2311/2014

Bs. As., 23/9/2014

VISTO, el Expediente Nº 2002-8590-14-3 del Registro de este Ministerio, y

CONSIDERANDO:

Que el mencionado Expediente se originó con nota presentada por la Farmacéutica Amelia Susana LAZZARINI (MN 6036) comunicando su desvinculación al cargo de Directora Técnica de la Farmacia denominada “FARMACENTER” ubicada en el local de la avenida Angel Gallardo Nº 1071 (C.P. 1405) Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Que a fs. 5/6/7 se adjuntan Actas de Inspección por las cuales se verificó que la Farmacia mencionada se encuentra cerrada.

Que no se registran trámites iniciados comunicando el cierre definitivo de la Farmacia mencionada.

Que el área Técnica emitió opinión en el Informe de fs. 9.

Que se procede de acuerdo con las normas vigentes en la Ley 17.565 Art. 4°.

Que corresponde asimismo ordenar la instrucción del sumario sanitario correspondiente, con el fin de que la titular de la habilitación y su Director Técnico deslinden responsabilidades del caso.

Que la Dirección Nacional de Registro, Fiscalización y Sanidad de Fronteras es el organismo de aplicación de dichas normas.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia.

Por ello,

EL DIRECTOR NACIONAL
DE REGISTRO, FISCALIZACION Y SANIDAD DE FRONTERAS
DISPONE:

ARTICULO 1° — Dase por cancelada la habilitación de la Farmacia denominada “FARMACENTER” ubicada en el local de la avenida Angel Gallardo Nº 1071 (C.P. 1405) Ciudad Autónoma de Buenos Aires; propiedad de “MORET MIGUEL ANGEL D.N.I. 12928095” CUIL Nº 20-12928095-7.

ARTICULO 2° — Limítase a partir del día 25 de abril de 2014 la actuación de la Farmacéutica Amelia Susana LAZZARINI (MN 6036) CUIL Nº 27-03489449-9, como Directora Técnica de la Farmacia mencionada.

ARTICULO 3° — Instrúyase sumario de estilo con el objeto de investigar los hechos, ponderar las circunstancias del caso y establecer las sanciones que fueran pertinentes.

ARTICULO 4° — Regístrese, tome conocimiento el Registro Unico de Profesionales de la Salud de la Dirección Nacional de Registro, Fiscalización y Sanidad de Fronteras. Por Mesa de Entradas y Notificaciones, cítese y notifíquesele al interesado al domicilio de la avenida Díaz Vélez Nº 5242, Piso 1 Dpto. A (CP 1405), Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de la presente Disposición, haciéndole entrega de una copia fiel de la misma. Publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y remítase copia a la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (A.N.M.A.T.) (Sección de Psicotrópicos y Estupefacientes). Cumplido, vuelva. — Dr. MARIO A. ROSENFELD, Director, Dirección Nacional de Registro, Fiscalización y Sanidad de Fronteras.

e. 01/12/2014 Nº 93368/14 v. 01/12/2014

Fecha de publicación 01/12/2014