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Legislación y Avisos Oficiales
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AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL

Resolución 1349/2014

Bs. As., 28/11/2014

VISTO el Expediente N° 1810/14 del registro de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL, y

CONSIDERANDO:

Que las actuaciones del Visto documentan la solicitud formulada por la DIRECCION GENERAL DE CULTURA Y EDUCACION de la provincia de BUENOS AIRES, tendiente a obtener autorización para la instalación, funcionamiento y explotación de una estación de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia, conforme lo dispuesto por el artículo 149 de la Ley N° 26.522.

Que el artículo 149 de la Ley N° 26.522 establece que “...La autoridad de aplicación podrá otorgar, en forma directa por razones fundadas, autorizaciones para la operación de servicios de radiodifusión a establecimientos educativos de gestión estatal. El titular de la autorización será la autoridad educativa jurisdiccional, quién seleccionará para cada localidad los establecimientos que podrán operar el servicio de comunicación audiovisual”.

Que en ese orden, el peticionante seleccionó para tal fin a la ESCUELA DE EDUCACION SECUNDARIA N° 3, de la localidad de CORONEL PRINGLES, provincia de BUENOS AIRES.

Que, por su parte, la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES asignó para el presente trámite el canal 202, frecuencia 88.3 MHz., categoría “F”, y señal distintiva LRS894, para la localidad de CORONEL PRINGLES, provincia de BUENOS AIRES.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS Y REGULATORIOS ha tomado la intervención que le compete.

Que el DIRECTORIO de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL acordó el dictado del presente acto administrativo, mediante la suscripción del acta correspondiente.

Que la presente medida se dicta de conformidad con las atribuciones conferidas por los artículos 12, inciso 8) y 149 de la Ley N° 26.522.

Por ello,

EL DIRECTORIO DE LA AUTORIDAD FEDERAL
DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL
RESUELVE:

ARTICULO 1° — Autorízase a la DIRECCION GENERAL DE CULTURA Y EDUCACION de la provincia de BUENOS AIRES a la instalación, funcionamiento y explotación de una estación de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia, en el ámbito de la ESCUELA DE EDUCACION SECUNDARIA N° 3, de la localidad de CORONEL PRINGLES, provincia de BUENOS AIRES.

ARTICULO 2° — Asígnase al servicio autorizado en el artículo 1°, el canal 202, frecuencia 88.3 MHz., categoría “F”, y señal distintiva LRS894, para la localidad de CORONEL PRINGLES, provincia de BUENOS AIRES.

ARTICULO 3° — Otórgase a la DIRECCION GENERAL DE CULTURA Y EDUCACION de la provincia de BUENOS AIRES, para que en el plazo de CIENTO OCHENTA (180) días, a contar desde la notificación del presente acto, para presentar la documentación técnica definitiva correspondiente al servicio de que se trata, conforme la normativa técnica vigente del mismo.

ARTICULO 4° — Exceptúase a la DIRECCION GENERAL DE CULTURA Y EDUCACION de la provincia de BUENOS AIRES, del pago del gravamen establecido por el artículo 94 de la Ley N° 26.522, con relación a la prestación del servicio autorizado en el artículo 1°.

ARTICULO 5° — Regístrese, comuníquese a las áreas pertinentes y a la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES, notifíquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — MARTÍN SABBATELLA, Presidente del Directorio, Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual.

e. 05/12/2014 N° 94993/14 v. 05/12/2014

Fecha de publicación 05/12/2014