MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS SECRETARIA DE ENERGIA
Resolución 174/2014
Bs. As., 3/12/2014
VISTO el Expediente Nº S01:0030877/2014 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y
CONSIDERANDO:
Que la redeterminación de canon o precio de una Ampliación de Transporte de Energía Eléctrica en Alta Tensión se rige por lo dispuesto por el Decreto Nº 634 de fecha 21 de agosto de 2003 que se complementa con las resoluciones de la SECRETARIA DE ENERGIA del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS Nros. 948 de fecha 10 de agosto de 2005 y 1.205 de fecha 30 de agosto de 2006.
Que oportunamente, la UNIDAD EJECUTORA DEL PROGRAMA DE ABASTECIMIENTO ELECTRICO EN LAS DISTINTAS REGIONES DEL PAIS (UEP-PAEDRP) convocó a Licitación Pública Internacional Nº 15/2011 con el objeto de seleccionar para la Construcción de la INTERCONEXION HENDERSÓN - PEHUAJO - VILLEGAS en 132kV que fue adjudicada a la Empresa ELEPRINT SOCIEDAD ANONIMA - MARTINEZ Y DE LA FUENTE SOCIEDAD ANONIMA UNION TRANSITORIA DE EMPRESA (U.T.E.), firmándose el correspondiente contrato el día 3 de julio de 2013.
Que el contrato mencionado anteriormente prevé la redeterminación de precios y para ello la aplicación de lo establecido por el Decreto Nº 634/2003, las resoluciones Nros. 948/2005 y 1.205/2006, ambas de la SECRETARIA DE ENERGIA del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS y los criterios establecidos en los respectivos Pliegos de Bases y Condiciones para la Contratación.
Que a los efectos del cumplimiento de lo establecido por el Decreto Nº 634/2003 y en base a las facultades otorgadas por el Artículo 3° de la Resolución Nº 948/2005 y por el Artículo 7° de la Resolución Nº 1.205/2006 ambas de la SECRETARIA DE ENERGIA del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, se han cumplimentado en la etapa licitatoria todos los pasos necesarios para establecer, en consulta con los proponentes, mediante condiciones específicas establecidas en los Pliegos de Bases y Condiciones para la Contratación, los coeficientes de ponderación de la participación de los Insumos en el Rubro Principal que corresponde, en un todo de acuerdo a lo dispuesto por las normas citadas.
Que el contratista del mencionado contrato ha presentado la correspondiente nota (NPBA1-0024), solicitando la aplicación de la redeterminación según lo establecido en el pliego.
Que los organismos técnicos competentes han verificado que la variación promedio de costos de los rubros principales que componen cada provisión u obra, han alcanzado para cada caso un valor tal que resulta una variación promedio del precio actual del contrato superior al DIEZ POR CIENTO (10%), quedando habilitada la aplicación de la redeterminación de los mismos en las condiciones establecidas por el Decreto Nº 634/2003.
Que se ha procedido por parte de los organismos técnicos competentes, a la redeterminación de los precios del contrato, aplicando para ello las fórmulas especificadas en el mencionado Decreto Nº 634/2003, con el procedimiento y los factores de ponderación de participación de Insumos definitivos, aprobados y establecidos con la mecánica de participación de los oferentes expuesta anteriormente.
Que el precio del contrato redeterminado resultan el que se indica en el Cuadro que como ANEXO forma parte integrante de la presente.
Que mediante Nota Nº 405 de fecha 14 de febrero de 2014 la UNIDAD EJECUTORA DEL PROGRAMA (UEP-PAEDRP) manifiesta la existencia de fondos que permiten asegurar el financiamiento de todas las erogaciones derivadas del Contrato.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS dependiente de la SUBSECRETARIA LEGAL del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS ha tomado la intervención que le compete.
Que la SECRETARIA DE ENERGIA se encuentra facultada para el dictado del presente acto en virtud de lo dispuesto en el Decreto Nº 634 de fecha 21 de agosto de 2003.
Por ello,
LA SECRETARIA
DE ENERGIA
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Apruébase la redeterminación de precios del Contrato de Construcción de la Interconexión Henderson - Pehuajó - Villegas 132kV, suscripto entre la Empresa ELEPRINT SOCIEDAD ANONIMA - MARTINEZ Y DE LA FUENTE SOCIEDAD ANONIMA UNION TRANSITORIA DE EMPRESAS, adjudicataria de la Licitación Pública Internacional Nº 15/2011.
ARTICULO 2° — Determínase que el monto total del contrato cuya redeterminación de precios al mes de julio de 2013 se aprueba en el artículo 1°, asciende a PESOS OCHENTA Y DOS MILLONES QUINIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL NOVENTA Y CUATRO CON NUEVE CENTAVOS ($ 82.548.094,09) resultando el monto neto de la redeterminación a aprobar PESOS QUINCE MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y TRES MIL SETECIENTOS SETENTA Y CUATRO CON NUEVE CENTAVOS ($ 15.333.774,09), según detalle del Cuadro que como ANEXO forma parte integrante de la presente, no contemplando este monto el Impuesto al Valor Agregado (IVA).
ARTICULO 3° — La presente resolución entrará en vigencia el día de su publicación en el BOLENTIN OFICIAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA.
ARTICULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ing. MARIANA MATRANGA, Secretaria de Energía.
ANEXO
e. 10/12/2014 Nº 96437/14 v. 10/12/2014
Fecha de publicación 10/12/2014