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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE SALUD

Decreto 2406/2014

Dase por prorrogada designación de la Directora del Centro Nacional de Control de Calidad de Biológicos.

Bs. As., 10/12/2014

VISTO el expediente N° 1-2095-S01:0000158/2012 del registro de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD “DR. CARLOS G. MALBRÁN” (ANLIS), organismo descentralizado que funciona en la órbita de la SECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN E INSTITUTOS del MINISTERIO DE SALUD, las Leyes N° 25.467 y N° 26.895, los Decretos N° 491 del 12 de Marzo de 2002, N° 1628 del 23 de diciembre de 1996, N° 1133 del 25 de agosto de 2009 y N° 1050 del 30 de julio de 2013, y

CONSIDERANDO:

Que por Decreto 1050/13 se designó transitoriamente desde el 30 de julio de 2013 por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, a la Licenciada Da. María Luisa BRERO (DNI N° 10.880.054), en la función de Directora del CENTRO NACIONAL DE CONTROL DE CALIDAD DE BIOLÓGICOS (CNCCB), dependiente de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD “DR. CARLOS G. MALBRÁN” —ANLIS— organismo descentralizado de la SECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN E INSTITUTOS del MINISTERIO DE SALUD.

Que dicha designación transitoria preveía asimismo que el cargo involucrado debía ser cubierto de conformidad con los sistemas de selección vigentes y requisitos previstos respectivamente, en el artículo 37 y los Títulos II, Capítulo II y IV, del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal Profesional de los Establecimientos Hospitalarios y Asistenciales e Institutos de Investigación y Producción dependientes del MINISTERIO DE SALUD homologado por el Decreto N° 1133 de fecha 25 de agosto de 2009, en el plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha indicada en el artículo 1° del referido Decreto.

Que el procedimiento de selección correspondiente no se ha instrumentado hasta el presente y no resulta factible concretarlo en lo inmediato, motivo por el cual, teniendo en cuenta la naturaleza del cargo involucrado y a efectos de contribuir al normal cumplimiento de la acciones que tiene asignado el CENTRO NACIONAL DE CONTROL DE CALIDAD DE BIOLÓGICOS (CNCCB), resulta oportuno y conveniente disponer una prórroga de la designación transitoria de la funcionaria mencionada, por igual período.

Que la profesional citada se encuentra actualmente desempeñando el cargo referido y se encuentra acreditado en autos la certificación de servicios correspondiente.

Que la presente medida no implica un exceso en los créditos asignados, ni constituye asignación de recurso extraordinario alguno, habiéndose acreditado la disponibilidad presupuestaria correspondiente con cargo al presupuesto del organismo proponente.

Que el servicio de Asesoramiento Jurídico Permanente del Organismo y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE SALUD han tomado la intervención de su competencia.

Que se actúa en uso de las facultades conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y el artículo 1° del Decreto N° 491/02.

Por ello,

LA PRESIDENTA
DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:

Artículo 1° — Dase por prorrogada a partir del 21 de abril de 2014 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, la designación de la Licenciada Da. María Luisa BRERO (DNI N° 10.880.054) dispuesta por Decreto N° 1050/13, en la función de Directora del CENTRO NACIONAL DE CONTROL DE CALIDAD DE BIOLÓGICOS (CNCCB), dependiente de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD “DR. CARLOS G. MALBRAN” —ANLIS— organismo descentralizado de la SECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN E INSTITUTOS del MINISTERIO DE SALUD, Categoría Profesional Principal, autorizándose el pago del Suplemento por Función Directiva Nivel III del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal Profesional de los Establecimientos Hospitalarios y Asistenciales e Institutos de Investigación y Producción dependientes del MINISTERIO DE SALUD homologado por el Decreto N° 1133 de fecha 25 de agosto de 2009.

Art. 2° — El cargo involucrado deberá ser cubierto de conformidad con los sistemas de selección vigentes y requisitos según lo establecido, respectivamente, en el artículo 37 y en el Título II, Capítulo II y Título IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal Profesional de los Establecimientos Hospitalarios y Asistenciales e Institutos de Investigación y Producción dependientes del MINISTERIO DE SALUD, homologado por el Decreto N° 1133 de fecha 25 de agosto de 2009, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a Partir de la fecha indicada en el artículo 1° del presente Decreto.

Art. 3° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con las partidas específicas del presupuesto vigente de la Jurisdicción 80 - MINISTERIO DE SALUD, Organismo Descentralizado 906 - ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD “DR. CARLOS G. MALBRÁN” (ANLIS) dependiente de la SECRETARIA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN E INSTITUTOS del MINISTERIO DE SALUD.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich. — Juan L. Manzur.

Fecha de publicación 18/12/2014