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Primera sección


JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS SECRETARÍA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE

Resolución 1327/2014

Bs. As. 10/12/2014

VISTO el Expediente N° CUDAP: EXP-JGM: 17514/2014, la Decisión 8 aprobada en la XIX Reunión del Foro de Ministros de Medio Ambiente de América Latina y el Caribe, llevado a cabo entre el 11 y el 14 de marzo de 2014 en Los Cabos, México, en la cual la SECRETARÍA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, participo como cartera ambiental nacional representando a la Argentina, y

CONSIDERANDO:

Que el Foro de Ministros de Medio Ambiente de América Latina y el Caribe se enmarca dentro del proceso de negociaciones ratificadas en la Conferencia de Naciones Unidas sobre el Desarrollo Sustentable Rio +20 en el año 2012.

Que en el Foro de Ministros de Medio Ambiente de América Latina y el Caribe, las partes se comprometieron a continuar con la política de participación en los diversos foros de negociación ministeriales.

Que en el Foro de Ministros de Medio Ambiente de América Latina y el Caribe, las partes se comprometieron entre otros, a adoptar el PLAN DE ACCIÓN REGIONAL DE COOPERACIÓN INTERGUBERNAMENTAL EN MATERIA DE CONTAMINACIÓN ATMOSFÉRICA PARA AMÉRICA LATINA Y EL CARIBE como una opción de guía voluntaria para la elaboración de planes de acción nacionales acordes a las particularidades de cada país, con énfasis en el intercambio técnico, el desarrollo de capacidades y el diseño de alternativas para reducir la contaminación del aire.

Que el principal objetivo de la elaboración de un Plan de Acción Nacional será la creación de una Red Nacional de Monitoreo de Calidad del Aire, integrada por las estaciones de monitoreo continuo de calidad del aire existentes en el país a nivel nacional, provincial y municipal mediante respectivos acuerdos de colaboración.

Que la Red Nacional de Monitoreo de Calidad de Aire tendrá como objetivo centralizar la información existente sobre la calidad del aire del país, la generación y el mantenimiento de una base de datos, elaboración de informes y todo objetivo que la SECRETARÍA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS tenga en materia de calidad del aire como autoridad competente.

Que las partes acordaron actualizar este plan de acción cada CUATRO (4) años y, dada la importancia del tema de la calidad de aire para el desarrollo sano de nuestros pueblos y la conservación del medio ambiente, se debe alentar a los gobiernos a identificar los recursos económicos para darle sostenibilidad a las redes de monitoreo como elemento prioritario y esencial para la toma de decisiones.

Que las partes acordaron fortalecer el dialogo público-privado y el rol de todos los sectores y órdenes de los gobiernos involucrados en la promoción de los compromisos y acciones orientadas a la implementación de este Plan de Acción Regional en todas las áreas prioritarias definidas, en el marco de la planificación regional, sub-regional y nacional.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SECRETARÍA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención que le compete.

Que el suscripto es competente para el dictado de la presente medida en virtud del Decreto N° 357 de fecha 21 de febrero de 2002 y sus modificatorios.

Por ello,

EL SECRETARIO
DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE
DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Adóptese el PLAN DE ACCIÓN REGIONAL DE COOPERACIÓN INTERGUBERNAMENTAL EN MATERIA DE CONTAMINACIÓN ATMOSFÉRICA PARA AMÉRICA LATINA Y EL CARIBE que, como Anexo I, forma parte integrante de esta Resolución.

ARTÍCULO 2° — Créase el PLAN DE ACCIÓN NACIONAL SOBRE CONTAMINACIÓN ATMOSFÉRICA, que como Anexo II forma parte de esta Resolución.

ARTÍCULO 3° — Establécese que el PLAN DE ACCIÓN NACIONAL SOBRE CONTAMINACIÓN ATMOSFÉRICA se desarrollará bajo la coordinación institucional y política de la SUBSECRETARÍA DE CONTROL Y FISCALIZACIÓN AMBIENTAL Y PREVENCIÓN DE LA CONTAMINACIÓN de la SECRETARÍA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y que su conducción operativa estará a cargo de la DIRECCIÓN NACIONAL DE CONTROL AMBIENTAL de la SUBSECRETARÍA DE CONTROL Y FISCALIZACIÓN AMBIENTAL Y PREVENCIÓN DE LA CONTAMINACIÓN de la SECRETARÍA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

ARTÍCULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Ing. OMAR V. JUDIS, Secretario de Ambiente y Desarrollo Sustentable.

ANEXO I
DECISION 8
Plan de Acción Regional sobre Contaminación Atmosférica
Conscientes que la contaminación atmosférica es una seria amenaza para la salud pública, el bienestar humano y la integridad de los ecosistemas;
Preocupados por los efectos y costos de la contaminación atmosférica en el logro de los Objetivos de Desarrollo del Milenio, y el potencial de desarrollo de los países de la región;
Reconociendo que el rápido crecimiento urbano, agrícola, industrial y del parque automotor en la región ha hecho que la contaminación atmosférica represente una preocupación cada vez mayor para la región;
Considerando que cada vez es más evidente que la contaminación atmosférica es un fenómeno de orden regional y mundial, por la capacidad de los agentes contaminantes de transformarse y recorrer largas distancias atravesando fronteras nacionales y continentes, por lo que se requiere una efectiva cooperación a escala regional y sub-regional;
Conscientes de los beneficios de reducir la contaminación atmosférica y sus impactos en la salud en la región y contribución en la lucha contra el cambio climático y su consecuente efecto a nivel local, regional y mundial;
Alentados por los avances significativos logrados en algunas ciudades de la región de América Latina y el Caribe en la mejora de la calidad del aire como resultado tanto de planes de gestión de calidad del aire como de otras intervenciones sectoriales;
Reafirmando que la cooperación regional contribuye a maximizar los recursos, las sinergias y los beneficios comunes para abordar simultáneamente los temas de calidad del aire y los problemas relacionados con los contaminantes de vida corta, así como sus efectos sociales, ambientales y sobre la salud;
Recordando la decisión 4 adoptada en la XVIII Reunión del Foro de Ministros de Medio Ambiente de América Latina y el Caribe, mediante la cual los Ministros instruyeron a la Red Regional Intergubernamental sobre Contaminación Atmosférica a continuar el trabajo de elaboración de un Plan de Acción Regional en Materia de Contaminación Atmosférica para América Latina y el Caribe y presentarlo en su próxima reunión;
DECIDIMOS
1. Adoptar el plan regional de acción sobre contaminación atmosférica como una opción de guía voluntaria para la elaboración de planes de acción nacionales acordes a las particularidades de cada país con énfasis en el intercambio técnico, el desarrollo de capacidades y el diseño de alternativas para reducir la contaminación del aire.
2. Actualizar este plan de acción cada cuatro años y, dada la importancia del tema de la calidad de aire para el desarrollo sano de nuestros pueblos y la conservación del medio ambiente, y alentar a los gobiernos a identificar los recursos económicos para darle sostenibilidad a las redes de monitoreo como elemento prioritario y esencial para la toma de decisiones.
3. Solicitar el apoyo del Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente para el establecimiento de los criterios generales para la priorización de acciones y organización de las modalidades de asistencia mutua, con base en el diagnóstico intergubernamental planteado en el presente Plan de Acción Regional.
4. Fortalecer el dialogo público-privado y el rol de todos los sectores y órdenes de gobierno involucrados en la promoción de los compromisos y acciones orientadas a la implementación de este Plan de Acción Regional en todas las áreas prioritarias definidas, en el marco de la planificación regional, sub-regional y nacional.
5. Asegurar la coordinación de las iniciativas promovidas en el marco de la Red Regional Intergubernamental con las actividades desarrolladas en el contexto de otros acuerdos asumidos por los países de la región en temas relacionados con la contaminación atmosférica.
6. Hacer un llamado al Comité Técnico Interagencial, en particular la OMS/OPS, a apoyar a los países en el desarrollo de estudios epidemiológicos en relación con los daños a la salud por contaminación atmosférica en América Latina y el Caribe.

ANEXO II
PLAN DE ACCIÓN NACIONAL SOBRE CONTAMINACIÓN ATMOSFÉRICA
1. Justificación del Plan
La primera instancia de regulación de la calidad del recurso aire fue la Ley Nacional Nº 20.284, sancionada en el año 1973, que estableció estándares de calidad de aire para los seis contaminantes primarios o de criterio (CO, NOx, SO2, O3, MPS y particulado sedimentable) como así también los métodos de muestreo y análisis.
En 1995 el Banco Mundial publica un documento1 donde indica que la contaminación del aire y el ruido constituyen un problema en la región Área Metropolitana Buenos Aires, y que no hay un control sistemático de la calidad del aire que permita apreciar el alcance de problema.
En el informe final del Proyecto del Banco Mundial ARG96/019/B/01/99, Proyecto de Gestión de Contaminación del año 1997, el Swedish Meteorological and Hydrological Institute (Instituto Meteorológico e Hidrológico de Suecia), realiza un diagnóstico que incluye recomendaciones sobre monitoreos futuros de la situación de la calidad del aire en Campana y Zárate.
En base a los documentos realizados, el Banco Mundial presenta una evaluación del proyecto de Gestión de la Contaminación para Argentina2, proponiendo un préstamo para tal fin. Entre los componentes que componen el proyecto se encuentra el Componente C, Gestión de la Contaminación del Aire en el Gran Buenos Aires, que incluye una red de monitoreo y gestión de la calidad del aire y ruido, y un laboratorio de emisiones gaseosas vehiculares y certificaciones, siendo la Secretaría de Recursos Naturales y Ambiente Humano, actual SECRETARÍA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINSITROS, la responsable de ejecutar el proyecto. En el año 2001, debido a la crisis económica y política del país, el crédito del Banco Mundial fue reformulado por la variación de los precios, y además la Argentina tuvo que cancelar el 66% del crédito otorgado. Del proyecto original se eliminaron algunos componentes, quedando solamente en el componente C de Gestión de la Contaminación del Aire, la instalación del laboratorio de emisiones gaseosas vehiculares, descartándose la red de monitoreo de calidad del aire y ruido, y el plan de gestión de calidad del aire para el Gran Buenos Aires3.
Unos años después, ante la falta de una red nacional de monitoreo continuo de calidad del aire, la SECRETARÍA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS encara un nuevo proyecto, haciendo el llamado a Licitación Publica N° 18/07, Expediente SAyDS N° 02972-2007, para la adquisición de bienes y servicios para montar una red de monitoreo de calidad del aire para medición de contaminación atmosférica a nivel nacional y de equipamiento para muestreo y análisis de compuestos orgánicos volátiles en aire ambiente, con fecha de apertura el 5 de agosto de 2008, pero pese a la presentación de varios oferentes, finalmente no fue adjudicada.
En el año 2008 mediante una decisión del Foro de Ministros de Medio Ambiente se crea La Red Intergubernamental de Contaminación Atmosférica para América Latina y el Caribe, cuyos objetivos son promover el intercambio de investigaciones e información sobre la gestión de la calidad del aire y armonizar la legislación, las normas, los métodos de monitoreo y los procedimientos de gestión de datos sobre gestión de la calidad del aire en el ámbito nacional.
En 2009, el Foro de Ministros de Medio Ambiente reconoció a la Red como entidad y a través del Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA) - Oficina Regional para América Latina y el Caribe, se elaboró un Plan de Acción Regional de Cooperación Intergubernamental en materia de Contaminación Atmosférica para América Latina y el Caribe que guíe su funcionamiento.
La SECRETARÍA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, a partir de la adopción de la Decisión 8 de la XIX Reunión del Foro de Ministros de Medio Ambiente de América Latina y el Caribe, desarrollada en Los Cabos, México del 11 al 14 de Marzo de 2014, acordó adherir con el compromiso de “Adoptar el plan regional sobre contaminación atmosférica como una opción de guía voluntaria para la elaboración de planes de acción nacionales acordes a las particularidades de cada país”.
A partir de ello, es que se crea el Plan de Acción Nacional sobre Contaminación Atmosférica. Dentro de las prioridades de acción de la gestión del plan, se ha establecido concretar esfuerzos dirigidos a desarrollar acciones sobre contaminación atmosférica teniendo en cuenta que la contaminación del aire, en particular, no respeta límites ni fronteras y debe ser una preocupación del gobierno nacional en conjunto con los gobiernos locales.
Si bien en Argentina existen diversos grupos de investigación y desarrollo relacionados con el estudio de la calidad del aire, resulta destacable que estos esfuerzos no han sido sistematizados de forma tal de contribuir a un objetivo común como es la protección del “recurso aire” en todo el territorio nacional.
El desarrollo industrial, el aumento en el consumo energético y el incremento del parque automotor en los principales núcleos urbanos, sumado a características climáticas y topográficas desfavorables hace que la contaminación atmosférica sea un tema de suma importancia.
En este sentido es necesario contar con normativa actualizada y planes de acción que permitan a las autoridades ambientales competentes afrontar el próximo desarrollo de inversiones en el sector industrial, la que deberá ser respaldada por medidas de minimización de la contaminación atmosférica en todos los casos.
La calidad del aire es, entre otras, una medida indirecta del estado de salud de la población. El aire es uno de los vehículos más apropiados para el ingreso de contaminantes al organismo, por vía respiratoria. En este sentido es de particular importancia contar con datos precisos y de actualización continua, los que permiten establecer las acciones inmediatas, de corto, mediano y largo plazo, como también definir los umbrales de alerta.
Si bien existen, programas locales de monitoreo de calidad de aire, como el Plan de Monitoreo Continuo del Aire para el Área de la Cuenca Matanza Riachuelo, Polo Petroquímico en Rosario, Polo Petroquímico Zárate Campana, Bahía Blanca, Mendoza, Ensenada, entre otros, la mayoría de las provincias no cuentan con el instrumental necesario, y al desconocer la calidad del recurso resulta difícil implementar acciones de protección del mismo.
El desarrollo de una política en la materia es de carácter prioritario para el estado nacional. Por lo tanto, surge la necesidad de establecer un Plan de Acción Nacional sobre Contaminación Atmosférica como marco de todas las iniciativas y acciones tendientes a proteger este recurso desde una perspectiva nacional. Este Plan será desarrollado en el ámbito de la DIRECCIÓN NACIONAL DE CONTROL AMBIENTAL dependiente de la SUBSECRETARÍA DE CONTROL Y FISCALIZACIÓN AMBIENTAL Y PREVENCIÓN DE LA CONTAMINACIÓN de la SECRETARÍA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
2. Objetivos
Los objetivos del Plan de Acción Nacional sobre Contaminación Atmosférica son:
a. Mejorar la calidad del aire y la salud pública mediante la elaboración, aplicación y cumplimiento de planes nacionales de reducción de los contaminantes prioritarios del aire, a través de:
• La adopción de estrategias integrales confeccionadas en función de las circunstancias nacionales y locales;
• La integración de la reducción de la contaminación en las políticas sectoriales pertinentes tanto existentes como futuras;
• La creación y mejoramiento de instrumentos de política y directrices para los gobiernos locales, y abordar los obstáculos para mejorar la calidad del aire y reducir los contaminantes atmosféricos transfronterizos;
b. Adoptar normativas relacionadas al monitoreo, control y fiscalización de la contaminación atmosférica que permitan reducir las emisiones de los contaminantes prioritarios;
c. Establecer medios, mecanismos, indicadores e instrumentos para la medición de la eficacia de las estrategias de reducción de contaminantes prioritarios que se adopten, a nivel local, nacional y regional.
d. Coordinar con las respectivas autoridades todos los esfuerzos tendientes a lograr una calidad de aire que cumpla con las normas establecidas en la legislación nacional, provincial y futura, con el fin de garantizar en los centros urbanos involucrados una calidad de aire mínima o base para proteger la salud humana y el medio ambiente.
3. Tareas a llevar a cabo
El Plan contemplará entre otras, la realización de las siguientes tareas:
1. Efectuar un relevamiento de la situación actual de la contaminación atmosférica a nivel nacional.
2. Establecer contactos con las jurisdicciones involucradas.
3. Coordinar la realización de un taller con las partes intervinientes, a fin de exponer la situación actual en cada ciudad y unificar criterios en cuanto a objetivos del plan, parámetros de calidad de aire a medir, cantidad y sitios de muestreo, equipos de muestreo y técnicas de análisis.
4. Fijar criterios en base a los estándares internacionales y nacionales, y elaborar documentos a fin de asegurar la calidad de los datos involucrados.
5. Establecer un sistema de información sobre la calidad del aire, el cual deberá ser accesible para el público e incluir los estimados de las emisiones, las mediciones de la calidad del aire que se hayan realizado y su relación con los estándares nacionales de calidad del aire y los niveles de estado de alerta nacionales.
6. Crear una Red Nacional de Calidad del Aire que tendrá una base de datos con las mediciones de las estaciones instaladas y que se instalen, a fin de realizar un diagnóstico e informe anual sobre la calidad del aire del país.
7. Recabar de aquellas jurisdicciones que ya estén realizando monitoreo, los registros de calidad de aire y meteorológicos.
4. Contaminantes Prioritarios
Debido a sus considerables impactos en la calidad del aire y/o el cambio climático, así como los importantes beneficios de su control en la salud, sobre los ecosistemas y sobre la economía y otros co-beneficios, se tratarán con carácter prioritario los siguientes contaminantes:
• Material particulado respirable (MP10 y MP 2.5) con especial atención a su tamaño y toxicidad incluyendo el carbono negro (BC),
• Ozono troposférico (O3), incluyendo sus precursores:
- Hidrocarburos (HC), incluidos los compuestos orgánicos volátiles (COV)
- Óxidos de nitrógeno (NOX);
• Dióxido de azufre (SO2),
• Monóxido de carbono (CO), y
• Compuestos tóxicos.
En el largo plazo, la autoridad competente podrá revisar y actualizar la lista de contaminantes prioritarios. Se proporciona, a continuación, una descripción de dichos contaminantes.
a. Material Particulado (MP)
Material particulado es el término utilizado para referirse a cualquier mezcla de partículas sólidas y líquidas que se encuentran en suspensión en el aire. El material particulado se compone tanto de partículas gruesas como finas. Las partículas finas se pueden originar a partir diversas fuentes, como centrales termoeléctricas, procesos industriales o vehículos automotores, particularmente vehículos a diésel, y se forman en la atmósfera por la transformación de las emisiones gaseosas. Las partículas gruesas provienen principalmente de la resuspensión en superficies por acción natural y antropogénica. Su composición química y física depende del lugar, de la época del año, y del clima.
Los principales componentes del material particulado son los sulfatos, los nitratos, el amonio, el cloruro de sodio, el carbono, el polvo, metales pesados, polen y esporas. Se trata de una compleja mezcla de sustancias orgánicas e inorgánicas que están suspendidas en el aire. Las partículas se clasifican de acuerdo a su diámetro aerodinámico, ya sea como MP10 (partículas con un diámetro aerodinámico inferior a 10 micras), MP2,5 (diámetro aerodinámico inferior a 2,5 micras). Al ser inhaladas, alcanzan las regiones periféricas de los alveolos pulmonares e interfiere en el intercambio de gases en los pulmones.
Los efectos que el material particulado tiene sobre la salud ya se producen a los niveles actuales de exposición de la mayoría de las poblaciones urbanas y rurales tanto de los países desarrollados como los en desarrollo. Además de sus efectos por exposición a corto plazo, la exposición crónica a las partículas aumenta el riesgo de desarrollar enfermedades cardiovasculares, respiratorias y cáncer de pulmón. En los países en desarrollo, la exposición en espacios cerrados a contaminantes derivados de la combustión de combustibles sólidos en fuegos abiertos y cocinas tradicionales incrementa la mortalidad infantil y el riesgo de padecer infecciones respiratorias agudas bajas, y es también un factor de riesgo importante para la enfermedad pulmonar obstructiva crónica y el cáncer de pulmón entre los adultos.
b. Carbono negro
El carbono negro es un contaminante climático de vida corta que forma parte del material particulado. Se trata del componente principal del hollín y se produce por la combustión incompleta de combustibles fósiles y residuos orgánicos. Se emite desde varias fuentes, como los vehículos automotores (particularmente los vehículos a diésel), las cocinas que usan biomasa como combustible, los incendios forestales, la quema abierta para fines agrícolas y ciertas instalaciones industriales. Su impacto en el calentamiento climático es entre 460 y 1500 veces más potente que el del CO2. Su ciclo de vida oscila entre varios días y semanas.
Aunque los efectos concretos que el carbono negro tiene sobre la salud están siendo evaluados, es evidente que toda estrategia orientada a reducir el carbono negro contribuye a la reducción del material particulado puesto que ambos proceden de las mismas fuentes. La proporción de carbono negro varía según la fuente de emisión, el tipo y la calidad del combustible. En el caso del diesel, entre el 50% y el 75% de las emisiones de material particulado puede dar lugar a emisiones de carbono negro. Por su parte, la combustión de gasolina podría estar generando entre el 30% y el 40% de las emisiones de material particulado. Por lo anterior, existe una estrecha relación entre las emisiones de carbono negro y de material particulado. En los países en desarrollo, donde las emisiones de material particulado producen millones en pérdidas derivadas de las enfermedades respiratorias y cardiovasculares, además de miles de muertes por año, la reducción de emisiones de carbono negro pueden implicar beneficios para la salud, las intervenciones en este sentido pueden resultar extremadamente beneficiosas y rentables.
c. Ozono troposférico
El ozono troposférico es un contaminante criterio que se localiza a nivel superficial en la atmósfera y no debe confundirse con la capa de ozono en la atmósfera superior - es uno de los principales componentes del smog fotoquímico. Éste se forma por la reacción con la luz solar (fotoquímica) de contaminantes como los óxidos de nitrógeno (NOx) procedentes de las emisiones de vehículos o de la industria y los compuestos orgánicos volátiles (COV) emitidos por los vehículos, los disolventes y la industria.
El ozono en el aire puede producir efectos adversos de consideración en la salud humana. Puede causar problemas respiratorios, provocar asma, reducir la función pulmonar y originar enfermedades pulmonares. En la actualidad, se trata de uno de los contaminantes atmosféricos que más preocupan en Europa y en algunas zonas de Estados Unidos. Diversos estudios europeos han revelado un aumento de la mortalidad diaria y de la mortalidad por cardiopatías de 0,3% y 0,4%, respectivamente, por cada 10 µg/m3 de aumento en la concentración de ozono.
Además de sus efectos sobre la salud, el ozono troposférico (O3) es también un SLCP responsable en gran medida del aumento del efecto invernadero global y su ciclo vida oscila entre algunos días y varias semanas.
d. Óxidos de Nitrógeno
Los óxidos de nitrógeno (NOx) son considerados un contaminante criterio que causa impactos a la salud, es precursor de ozono y causante de acidificación y eutroficación. Las principales fuentes de emisiones antropogénicas de NO2 son los procesos de combustión (generación de energía, y los motores de combustión interna).
El NO2 es la fuente principal de los aerosoles de nitrato, que constituyen una parte considerable de la PM2.5 y, en presencia de luz ultravioleta, se convierte en ozono. A exposiciones de corta duración es un gas tóxico que causa una importante inflamación de las vías respiratorias. La acidificación tiene efectos en los ecosistemas terrestres, así como en los sistemas de agua dulce y marinos.
e. Hidrocarburos, incluyendo los Compuestos Orgánicos Volátiles
Los hidrocarburos son compuestos que contienen diversas combinaciones de átomos de hidrógeno y de carbono. Ellos pueden ser emitidos en el aire por fuentes naturales (por ejemplo, árboles) y como resultado de la combustión de combustibles fósiles, la volatilización del combustible y el uso de solventes.
Los compuestos orgánicos volátiles (COV) son compuestos químicos orgánicos cuya composición hace posible que se evaporen en condiciones atmosféricas normales de temperatura y presión.
Estos compuestos participan en la formación de ozono troposférico al reaccionar con los NOx en presencia de radiación solar. Muchos de estos compuestos volátiles como el Benceno, Tolueno, Hidrocarburos Aromáticos Policíclicos (HAPS) y formaldehido, entre otros, presentan altos niveles de toxicidad.
f. Dióxido de Azufre
El dióxido de azufre (SO2) es un contaminante criterio. Las fuentes primarias de SO2 son el uso de combustibles con alto contenido azufre, como el carbón, combustibles para vehículos y otros usados para la generación de energía.
Las emisiones de dióxido de azufre (SO2) tienen impactos en la salud como gas y también al contribuir a la creación de sulfatos como contaminantes secundarios bajo la forma de PM2.5. El SO2 también tiene efectos en los ecosistemas terrestres y de agua dulce por la acidificación. Debido a que los aerosoles de sulfato enfrían la atmósfera, es necesario considerar los impactos de su reducción en el diseño de políticas de mitigación del cambio climático.
g. Monóxido de Carbono (CO)
El monóxido de carbono (CO) es un contaminante criterio. Corresponde a un gas incoloro e inodoro que resulta de la combustión incompleta de combustibles de hidrocarburos. El CO interfiere con la capacidad de la sangre para transportar oxígeno a los tejidos y da como resultado numerosos efectos adversos para la salud. Más del 80 por ciento del CO emitido en las zonas urbanas es una contribución de los vehículos motorizados.
h. Compuestos Tóxicos del Aire
Contaminantes tóxicos del aire son sustancias que se sabe o se sospecha que causan cáncer u otros efectos graves para la salud, como los efectos reproductivos o defectos de nacimiento, o los efectos ambientales adversos. Ejemplos de contaminantes tóxicos del aire incluyen benceno, que se encuentra en la gasolina; percloroetileno, que se emite a partir de algunas instalaciones de limpieza en seco; y cloruro de metileno, que se utiliza como disolvente y disolvente de pintura por un número de industrias. Ejemplos de otras sustancias tóxicas del aire mencionados incluyen dioxinas, asbesto, tolueno y metales como el cadmio, mercurio, cromo, compuestos de plomo y otros.
1 La Contaminación Ambiental en la Argentina, Banco Mundial, 1955.
2 Project appraisal document, a proposed loan in the amount of U$S 18 million for the Argentine Republic for a Pollution Management Project, Banco Mundial, 1998.
3 Implementation completion report loan in the amount of U$S 18 million to the Argentine Republic for a pollution management program, Report N°: 36515, World Bank, 2006.

e. 23/12/2014 N° 100802/14 v. 23/12/2014

Fecha de publicación 23/12/2014