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21 de Noviembre de 1969

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS SECRETARÍA DE ENERGÍA

Resolución 260/2014

Bs. As., 17/12/2014

VISTO el Expediente Nº S01:0053588/2014 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, y

CONSIDERANDO:

Que la redeterminación de canon o precio de una Ampliación de Transporte de Energía Eléctrica en Alta Tensión se rige por lo dispuesto por el Decreto Nº 634 de fecha 21 de agosto de 2003 que se complementa con las resoluciones de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS Nros 948 de fecha 10 de agosto de 2005 y 1.205 de fecha 30 de agosto de 2006.

Que oportunamente, la UNIDAD EJECUTORA DEL PROGRAMA DE ABASTECIMIENTO ELÉCTRICO EN LAS DISTINTAS REGIONES DEL PAÍS (UEP-PAEDRP) convocó a Licitación Pública Internacional Nº 19-2011 con el objeto de seleccionar un contratista para la Construcción de la INTERCONEXIÓN LAT CIENTO TREINTA Y DOS KILOVOLTIOS(132Kv) ET M. MARANZANA - ET G. LEVALLE Y AMPLIACIÓN ET G. LEVALLE de 132/66 KILOVOLTIOS de la Provincia de CÓRDOBA que fue adjudicada a la Empresa ITEM CONSTRUCCIONES SOCIEDAD ANÓNIMA - ESTRUCTURAS SOCIEDAD ANÓNIMA UNIÓN TRANSITORIA DE EMPRESA (U.T.E), firmándose el correspondiente contrato el día 22 de noviembre de 2013.

Que el contrato mencionado anteriormente prevé la redeterminación de precios y para ello la aplicación de lo establecido por el Decreto Nº 634/2003, las resoluciones Nros 948/2005 y 1.205/2006, ambas de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS y los criterios establecidos en los respectivos Pliegos de Bases y Condiciones para la Contratación.

Que a los efectos del cumplimiento de lo establecido por el Decreto Nº 634/2003 y en base a las facultades otorgadas por el Artículo 3° de la Resolución Nº 948/2005 y por el Artículo 7° de la Resolución Nº 1.205/2006 ambas de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, se han cumplimentado en la etapa licitatoria todos los pasos necesarios para establecer, en consulta con los proponentes, mediante condiciones específicas establecidas en los Pliegos de Bases y Condiciones para la Contratación, los coeficientes de ponderación de la participación de los Insumos en el Rubro Principal que corresponde, en un todo de acuerdo a lo dispuesto por las normas citadas.

Que el contratista del mencionado contrato ha presentado la correspondiente nota (NPCB1-0004), solicitando la aplicación de la redeterminación según lo establecido en el pliego.

Que los organismos técnicos competentes han verificado que la variación promedio de costos de los rubros principales que componen cada provisión u obra, han alcanzado para cada caso un valor tal que resulta una variación promedio del precio actual del contrato superior al DIEZ POR CIENTO (10%), quedando habilitada la aplicación de la redeterminación de los mismos en las condiciones establecidas por el Decreto Nº 634/2003.

Que se ha procedido por parte de los organismos técnicos competentes, a la redeterminación de los precios del contrato, aplicando para ello las fórmulas especificadas en el mencionado Decreto Nº 634/2003, con el procedimiento y los factores de ponderación de participación de Insumos definitivos, aprobados y establecidos con la mecánica de participación de los oferentes expuesta anteriormente.

Que el precio del contrato redeterminado resulta el que se indica en el Cuadro que como ANEXO forma parte integrante de la presente.

Que mediante Nota Nº UEP - PAEDRP Nº 772 de fecha 18 de marzo de 2014 la UNIDAD EJECUTORA DEL PROGRAMA (UEP-PAEDRP) manifiesta la existencia de fondos que permiten asegurar el financiamiento de todas las erogaciones derivadas del Contrato.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS dependiente de la SUBSECRETARÍA LEGAL del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS ha tomado la intervención que le compete.

Que la SECRETARÍA DE ENERGÍA se encuentra facultada para el dictado del presente acto en virtud de lo dispuesto en el Decreto Nº 634 de fecha 21 de agosto de 2003.

Por ello,

LA SECRETARIA
DE ENERGÍA
RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Apruébase la redeterminación de precios del Contrato de Construcción de la Interconexión “ET M. MARANZANA - ET G. LEVALLE Y AMPLIACIÓN ET G LEVALLE” de CIENTO TREINTA Y DOS KILOVOLTIOS (132Kv), suscripto entre la Empresa ITEM CONSTRUCCIONES SOCIEDAD ANÓNIMA - ESTRUCTURAS SOCIEDAD ANÓNIMA UNIÓN TRANSITORIA DE EMPRESAS, adjudicataria de la Licitación Pública Internacional Nº 19/2011 y el COMITÉ DE ADMINISTRACIÓN DEL FONDO FIDUCIARIO PARA EL TRANSPORTE ELÉCTRICO FEDERAL (CAF).

ARTÍCULO 2° — Determínase que el monto total del contrato cuya redeterminación de precios al mes de octubre de 2013 se aprueba en el artículo 1° de la presente, asciende a PESOS CIENTO OCHENTA Y CINCO MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL CIENTO CINCUENTA Y SEIS CON QUINCE CENTAVOS ($ 185.856.156,15) resultando el monto neto de la redeterminación a aprobar PESOS CUARENTA Y UN MILLONES QUINIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS SETENTA Y CUATRO CON OCHENTA Y CINCO CENTAVOS ($ 41.548.374,85), según detalle del Cuadro que como ANEXO forma parte integrante de la presente, no contemplando este monto el Impuesto al Valor Agregado (IVA).

ARTÍCULO 3° — La presente resolución, entrará en vigencia el día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA.

ARTÍCULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ing. MARIANA MATRANGA, Secretaria de Energía.

ANEXO
ITEM CONSTRUCCIONES S.A. - ESTRUCTURAS S.A. U.T.E.
1ª REDETERMINACIÓN DEL CONTRATO DE CONSTRUCCION
(Los valores que se indican son en pesos y no incluyen el Impuesto al Valor Agregado)

e. 23/12/2014 Nº 100675/14 v. 23/12/2014

Fecha de publicación 23/12/2014