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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE CULTURA

Decreto 2479/2014

Apruébase cambio de Nivel Escalafonario y Agrupamiento en la Dirección Nacional de Patrimonio y Museos.

Bs. As., 15/12/2014

VISTO el Expediente N° 8106/13 del registro de la entonces Secretaría de Cultura de la Presidencia de la Nación, actual Ministerio de Cultura, el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), homologado por el Decreto N° 2.098 del 3 de diciembre de 2008 y modificatorios, y la Resolución ex S.G.P. N° 40 del 18 de marzo de 2010, y

CONSIDERANDO:

Que por el inciso a) del artículo 32 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08, se establece que en el supuesto que un agente revistara en el nivel F o E del Agrupamiento General y reuniera los requisitos para el acceso al nivel D del Agrupamiento Profesional o Científico-Técnico, podrá solicitar el cambio de agrupamiento. El Estado empleador sólo en el supuesto de existir necesidades de servicios correspondientes a dicho nivel D, podrá disponer el referido cambio de agrupamiento una vez arbitradas las medidas tendientes a la habilitación del cargo correspondiente, quien continuará su carrera a partir del Grado resultante de aplicar el inciso b) y el inciso c), si correspondiera, del artículo 31 del citado Convenio, del Tramo inicial del Agrupamiento de destino.

Que por la Resolución ex S.G.P. N° 40/10, se aprueba el “RÉGIMEN PARA LA ADMINISTRACIÓN DEL CAMBIO DE AGRUPAMIENTO ESCALAFONARIO DEL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (Artículo 32)”.

Que mediante Nota del 20 de septiembre de 2013, la agente Teresita de los Milagros GUTIERREZ (DNI N° 14.865.873), Nivel Escalafonario SINEP E Grado 9, Agrupamiento General - Tramo Avanzado del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO, solicita el cambio de Agrupamiento Escalafonario en los términos del artículo 3° del “RÉGIMEN PARA LA ADMINISTRACIÓN DEL CAMBIO DE AGRUPAMIENTO ESCALAFONARIO DEL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (Artículo 32)” aprobado por el artículo 1° de la Resolución ex S.G.P. N° 40/10.

Que la DIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS Y DESPACHO de la entonces SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, actual DIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS del MINISTERIO DE CULTURA comprobó que la agente cumple los requisitos del Nivel Escalafonario y titulación conforme el artículo 32 del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08 e informó acerca de la existencia de UN (1) cargo vacante Nivel D en la dependencia de revista.

Que obra en autos la opinión favorable del titular de la Dirección Nacional de Patrimonio y Museos, en los términos del artículo 6° del “RÉGIMEN PARA LA ADMINISTRACIÓN DEL CAMBIO DE AGRUPAMIENTO ESCALAFONARIO DEL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (Artículo 32)” aprobado por la Resolución ex S.G.P. N° 40/10, acreditando la existencia de necesidad del servicio de acuerdo con la Responsabilidad Primaria y Acciones de dicha unidad organizativa que justifica contar con el aporte profesional del solicitante en los términos del último párrafo del artículo 1° del citado Régimen.

Que asimismo corresponde asignar al postulante, el grado resultante de aplicar lo pertinente en materia de “ASCENSO DE NIVEL ESCALAFONARIO” según lo previsto en el artículo 31 del citado Convenio.

Que se cuenta con previsión presupuestaria suficiente para hacer frente al gasto que demandará el pago del citado Suplemento.

Que se ha dado cumplimiento con la remisión a la SUBSECRETARIA DE GESTIÓN Y EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS de las copias de los antecedentes y certificaciones, como así también con las notificaciones a la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO y a la DIRECCIÓN NACIONAL DE OCUPACIÓN Y SALARIOS DEL SECTOR PUBLICO, ambas de la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PUBLICAS respecto del costo que demandará la implementación de esta medida, todo ello de conformidad con lo establecido por los artículos 4° y 9° segundo párrafo del citado Régimen.

Que habiéndose constatado la inexistencia de otros postulantes al cambio de agrupamiento en el MUSEO HISTÓRICO DEL NORTE perteneciente a la DIRECCION NACIONAL DE PATRIMONIO Y MUSEOS de la entonces SECRETARIA DE CULTURA DE LA PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, actual MINISTERIO DE CULTURA, resulta de aplicación el primer párrafo del artículo 9° del citado Régimen.

Que con el Acta de Veeduría del 25 de febrero de 2014 se tiene por cumplida la intervención de las entidades sindicales prevista de acuerdo a lo dispuesto por el segundo párrafo del inciso a) del artículo 32 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08.

Que ha tomado la intervención que le compete la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 13 del “RÉGIMEN PARA LA ADMINISTRACIÓN DEL CAMBIO DE AGRUPAMIENTO ESCALAFONARIO DEL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (Artículo 32)” aprobado por el artículo 1° de la Resolución ex S.G.P. N° 40/10, dictaminando favorablemente.

Que ha tomado intervención la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE CULTURA.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y en función de lo dispuesto por el artículo 1° del Decreto N° 491 del 12 de marzo de 2002.

Por ello,

LA PRESIDENTA
DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:

Artículo 1° — Apruébase el cambio de Nivel Escalafonario y de Agrupamiento, de la agente Teresita del Milagro GUTIERREZ (DNI N° 14.865.873) perteneciente al MUSEO HISTÓRICO DEL NORTE dependiente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE PATRIMONIO Y MUSEOS del MINISTERIO DE CULTURA, a un cargo Nivel D Grado 4 del Agrupamiento Profesional, Tramo General, del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N° 2098/08, para cumplir las funciones de “Guía Especializada”, a partir del 1° del mes siguiente al del dictado del presente Decreto.

Art. 2° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con los créditos asignados a la JURISDICCIÓN 20 - SUBJURISDICCIÓN 14.

Art. 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich. — Teresa A. Sellarés.

Fecha de publicación 31/12/2014