MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
Decisión Administrativa 1128/2014
Autorízanse contrataciones en el Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social.
Bs. As., 17/12/2014
VISTO el Expediente Nº 6194/2013: del registro del INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL, organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, su Decreto Reglamentario N° 1421 del 8 de agosto de 2002, la Resolución de la entonces SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA Nº 48 del 30 de diciembre de 2002 y modificatorias, el Decreto Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008, Nº 491 del 12 de marzo de 2002, Nº 601 del 11 de abril de 2002, Nº 577 de 07 de agosto de 2003 y sus modificatorios, y la Decisión Administrativa Nº 3 del 21 de enero de 2004 y modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que el INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL, organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, solicita la recategorización de cierto personal, cuya prestación resulta indispensable para el debido cumplimiento de los diversos objetivos asignados al mismo.
Que el artículo 9° del Anexo de la Ley citada en el Visto prevé la contratación de personal por tiempo determinado para prestar servicios de carácter transitorio o estacional.
Que por el artículo 9° del Anexo I del Decreto Nº 1421/02 reglamentario de la Ley Nº 25.164 se establecieron las prescripciones a las que estará sujeta la contratación del personal por tiempo determinado, aprobándose mediante Resolución de la entonces SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA Nº 48/02 y modificatorias, los Decretos Nº 491/02, Nº 601/02, Nº 577/03 y sus modificatorios, las pautas para la aplicación del mismo.
Que el Sistema Nacional de Empleo Público, aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial, homologado por el Decreto Nº 2098/08, establece los requisitos mínimos para el acceso a los distintos niveles escalafonarios.
Que la Decisión Administrativa Nº 3/04, modificada por sus similares Nº 1151/06 y Nº 52/09, establecen los requisitos para la equiparación a los grados de los distintos niveles del mencionado Sistema Nacional de Empleo Público.
Que por las Resoluciones del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL Nº 1866/13 y Nº 1897/13 se dieron por aprobados los procedimientos de renovación y las renovaciones de los contratos de prestación de servicios celebrados entre el citado Instituto Nacional y, entre otras, las personas que se mencionan en el Anexo que forma parte de la presente medida, por el período comprendido entre el 1° de enero de 2013 y el 31 de diciembre de 2013.
Que a los agentes de que se trata se les han asignado, a partir de la fecha consignada en dicho Anexo, funciones de mayor responsabilidad y complejidad a las entonces acordadas, por lo que procede ajustar el Nivel y Grado, conforme a las obligaciones ahora convenidas.
Que por lo expuesto resulta necesario autorizar, con carácter de excepción al punto II del inciso c) del artículo 9° del Anexo I del Decreto Nº 1421/02, las contrataciones de los agentes que se mencionan en el Anexo a la presente medida.
Que el gasto que demande la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios asignados al INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL, organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta conforme a las facultades emergentes del artículo 100, inciso 2 de la CONSTITUCION NACIONAL y del último párrafo del artículo 9º del Anexo I del Decreto Nº 1421/02, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164.
Por ello,
EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1° — Autorízase al INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL, organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, para contratar a las personas que se detallan en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida, en la función, Nivel, Grado y período indicado en el mismo, con carácter de excepción al punto II del inciso c) del artículo 9º del Anexo I del Decreto Nº 1421/02, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el artículo 14 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público, homologado por el Decreto Nº 2098/08, para el Nivel C.
Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Jorge M. Capitanich. — Alicia M. Kirchner.
ANEXO
JURISDICCION: MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL
DNI | Apellido | Nombres | Función | Desde | Hasta | Nivel/Grado |
25.529.338 | GIACOY | Leonardo Abel | Analista Administrativo | 01/01/2014 | 31/12/2014 | C-0 |
35.202.285 | PERSICHINI | Ignacio Agustín | Analista Administrativo | 01/01/2014 | 31/12/2014 | C-0 |
Fecha de publicación 02/01/2015