MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN
Resolución N° 38.829/2014
Expediente N° 60.767 - Verificación cumplimiento Leyes N° 20.091, 22.400 y reglamentación dictada en consecuencia por parte del P.A.S. Sr. Ricardo Osvaldo Andrada (Matrícula N° 33.695). Síntesis:
29/12/2014
VISTO... Y CONSIDERANDO...
EL SUPERINTENDENTE
DE SEGUROS DE LA NACIÓN
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Levantar las medidas adoptadas respecto del productor asesor de seguros Sr. Ricardo Osvaldo ANDRADA (matrícula N° 33.695), por los Artículos primero y segundo de la Resolución N° 38.508 del 8 de agosto de 2014, obrante a fs. 9 y 10.
ARTÍCULO 2° — La Gerencia de Autorizaciones y Registros tomará nota de lo dispuesto en el artículo anterior.
ARTÍCULO 3° — Regístrese, notifíquese en el domicilio constituido ante el Registro de Productores Asesores de Seguros, sito en COLON N° 270 (C.P. 5109) - UNQUILLO - CÓRDOBA, y publíquese en el Boletín Oficial. — Lic. JUAN ANTONIO BONTEMPO, Superintendente de Seguros de la Nación.
e. 02/01/2015 N° 102999/14 v. 02/01/2015
Fecha de publicación 02/01/2015