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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS

Decisión Administrativa 1205/2014

Modifícase la distribución del Presupuesto General de la Administración Nacional.

Bs. As., 30/12/2014

VISTO el Expediente N° S01:0158863/2014 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, el PRESUPUESTO GENERAL DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL para el Ejercicio 2014, aprobado por la Ley N° 26.895 y distribuido por la Decisión Administrativa N° 1 de fecha 03 de enero de 2014 y

CONSIDERANDO:

Que en virtud de las necesidades actuales resulta necesario modificar el crédito vigente de las Jurisdicciones 56 - MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS y 91 - OBLIGACIONES A CARGO DEL TESORO.

Que resulta necesario modificar los créditos del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSIÓN PUBLICA Y SERVICIOS con el objeto de hacer frente a los compromisos asumidos con Fidecomisos que corresponden a los subsidios establecidos por las Leyes N° 26.019 y 26.020 y al FONDO FIDUCIARIO PARA EL TRANSPORTE ELÉCTRICO FEDERAL, la realización de transferencias a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA, propiciar la correcta ejecución del Plan “Garrafa para Todos” y de diversos Programas actuantes bajo la órbita de la SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA.

Que, por otra parte, es menester adecuar los créditos vigentes de la Jurisdicción 91 - OBLIGACIONES A CARGO DEL TESORO, en virtud de hacer frente a las necesidades de las Empresas NUCLEOELÉCTRICA ARGENTINA S.A., EMPRESA NEUQUINA DE SERVICIOS DE INGENIERÍA S.E., ENTE BINACIONAL YACYRETÁ y YACIMIENTO CARBONÍFERO RÍO TURBIO.

Que, asimismo, es necesario modificar el crédito vigente de la Dirección Nacional de Vialidad, organismo descentralizado actuante en el ámbito de la SUBSECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS de la SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS en función de adecuarlos a las necesidades actuales del Organismo, en virtud de cumplir con los objetivos propuestos para el presente Ejercicio.

Que, por otro lado, en el citado Organismo Descentralizado se prevé incorporar mayores recursos respecto al cálculo vigente, los cuales serán destinados a la atención de sus gastos corrientes.

Que el Artículo 53 de la Ley N° 26.895 faculta al PODER EJECUTIVO NACIONAL a realizar operaciones de crédito público adicionales a las autorizadas por el Artículo 49 de esa misma ley.

Que la presente modificación presupuestaria involucra partidas financiadas con las siguientes fuentes de financiamiento: 11 - Tesoro Nacional, 12 - Recursos Propios, 15 - Crédito Interno y 22 - Crédito Externo.

Que las modificaciones propiciadas están amparadas en las disposiciones del Artículo 37 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156, sustituido por el Artículo 1° de la Ley N° 26.124 y por los Artículos 9° y 53, ambos, de la Ley N° 26.895 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2014.

Por ello,

EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:

Artículo 1° — Modifícase la distribución del Presupuesto General de la Administración Nacional, de acuerdo al detalle obrante en las Planillas Anexas al presente artículo, que forman parte integrante del mismo.

Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Jorge M. Capitanich. — Axel Kicillof.

Fecha de publicación 07/01/2015