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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


Secretaría General ADHESIONES OFICIALES

Resolución 1/2015

Declárase de Interés Nacional al Evento “50° Festival Nacional de Doma y Folklore de Jesús María”.

Bs. As., 7/1/2015

VISTO la Actuación del Registro de la PRESIDENCIA de la NACION N° 187830-14-2, por medio de la cual tramita la solicitud para declarar de interés nacional al evento “50° FESTIVAL NACIONAL DE DOMA Y FOLKLORE DE JESÚS MARÍA”, y

CONSIDERANDO:

Que la presentación es efectuada por los siguientes Diputados y Diputadas de la Nación por la Provincia de Córdoba: Patricia De Ferrari de Rusculleda, Daniel Oscar Giacomino, Fabián Francioni, Ramón Ernesto Bernabey, Graciela Villata, Martín Rodrigo Gill, María Soledad Carrizo, Mónica Gutiérrez, Nora Bedano, Oscar Aguad y Mario Negri.

Que el Festival es organizado por la Sociedad de Cooperadoras Escolares de Jesús María y Colonia Caroya de la Provincia de Córdoba.

Que este evento se realiza ininterrumpidamente desde 1966 con el objetivo de recaudar fondos para las cooperadoras de establecimientos educativos y ayudar a niños provenientes de familias de bajos recursos.

Que este Festival aúna la tradición gaucha, la identidad nacional y la cultura popular junto a un claro sentido solidario y de respaldo a la comunidad educativa.

Que, por su trascendencia provincial y nacional, el evento de marras amerita la declaración impulsada.

Que el MINISTERIO DE CULTURA ha tomado la intervención que le compete y, mediante Resolución N° 1 de fecha 7 de enero de 2015, ha declarado de interés cultural el evento.

Que la presente medida se dicta conforme a las facultades conferidas por el artículo 2°, inciso J del Decreto N° 101/85 y su modificatorio, Decreto N° 1517/94.

Por ello,

EL SECRETARIO GENERAL
DE LA PRESIDENCIA DE LA NACIÓN
RESUELVE:

Artículo 1° — Declarar de interés nacional al evento “50° FESTIVAL NACIONAL DE DOMA Y FOLKLORE DE JESÚS MARÍA”, que se realizará del 8 al 19 de enero de 2015 en Jesús María, Provincia de Córdoba.

Art. 2° — La declaración otorgada por el artículo 1° del presente acto administrativo no generará ninguna erogación presupuestaria para la jurisdicción 2001 - SECRETARÍA GENERAL - PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

Art. 3° — Regístrese, publíquese, comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Aníbal D. Fernández.

Fecha de publicación 08/01/2015