ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS SUBDIRECCIÓN GENERAL DE OPERACIONES ADUANERAS DEL INTERIOR
Resolución 297/2014
Asunto: Prórroga habilitación provisoria Zona Operativa Aduanera “Muelle 2” de la firma Asociación de Cooperativas Argentinas Cooperativa Limitada. Aduana de San Lorenzo.
Bs. As., 30/12/2014
VISTO la Actuación SIGEA N° 12509-523-2011/30 del registro de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, y
CONSIDERANDO:
Que por la citada actuación la firma Asociación de Cooperativas Argentinas, Cooperativa Limitada (CUIT N° 30-50012088-2), solicita una prórroga de la habilitación que le fuera otorgada con carácter provisorio, para dar continuidad en la atención aduanera del “Muelle 2”, ubicado a la altura del km CUATROCIENTOS CUARENTA Y CINCO CON SEISCIENTOS (445,600), margen derecha del Río Paraná, Departamento de San Lorenzo, Provincia de Santa Fe, en jurisdicción de la Aduana de San Lorenzo, para el amarre de buques de fertilizantes sólidos y barcazas de agrograneles.
Que se encuentra acreditada en la Actuación SIGEA N° 12509-523-2011 que la ampliación de la habilitación del citado puerto en el marco de la Ley N° 24.093, tramita ante la Secretaría de Transporte por Expediente N° S01:0182391/2007.
Que han tomado la intervención que les compete las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, Planificación y Coordinación Técnico Institucional.
Que en función de lo expuesto, resulta procedente autorizar la prórroga de la habilitación oportunamente otorgada, con carácter provisorio hasta el 30 de enero de 2015, inclusive.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 1° de la Disposición 360/11 (AFIP).
Por ello,
EL SUBDIRECTOR GENERAL
DE LA SUBDIRECCIÓN GENERAL
DE OPERACIONES ADUANERAS DEL INTERIOR
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Prorróguese la habilitación de la zona operativa aduanera en el “Muelle 2” de la firma Asociación de Cooperativas Argentinas, Cooperativa Limitada (CUIT N° 30-50012088-2), ubicado a la altura del Km. CUATROCIENTOS CUARENTA Y CINCO CON SEISCIENTOS (445,600), margen derecha del Río Paraná, Departamento de San Lorenzo, para el amarre de buques de fertilizantes sólidos y barcazas de agrograneles, hasta el 30 de enero de 2015, inclusive.
ARTICULO 2° — Regístrese, comuníquese. Dése a la Dirección Nacional de Registro Oficial para su publicación y publíquese en el Boletín de la Dirección General de Aduanas. Tome conocimiento la Dirección Regional Aduanera Rosario. Remítanse los presentes a la Aduana de San Lorenzo para su conocimiento y notificación. — CESAR EDUARDO BALCEDA, Subdirector General, Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior.
e. 09/01/2015 N° 112/15 v. 09/01/2015
Fecha de publicación 09/01/2015