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30 de Noviembre de 2020

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE EDUCACIÓN

Decreto 3/2015

Prorrógase designación del Director General de Asuntos Jurídicos.

Bs. As., 5/1/2015

VISTO los Decretos Nros. 491 de fecha 12 de marzo de 2002, 854 del 30 de septiembre de 2003, 903 del 15 de julio de 2004, 611 del 6 de junio de 2005, 1.672 del 27 de diciembre de 2005, 1.639 del 9 de noviembre de 2006, 1.101 del 14 de agosto de 2007, 673 del 22 de abril de 2008, 201 del 17 de marzo de 2009, 937 del 21 de julio de 2009, 934 del 29 de junio de 2010, 224 del 28 de febrero de 2011, 68 del 10 de enero de 2012, 1.889 del 5 de octubre de 2012, 626 del 30 de mayo de 2013 y 209 del 20 de febrero de 2014 y lo solicitado por el MINISTERIO DE EDUCACIÓN, y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto N° 491 del 12 de marzo de 2002 dispuso que toda designación de personal en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la Jurisdicción correspondiente.

Que por el Decreto N° 854 del 30 de septiembre de 2003 se cubrió en el entonces MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA el cargo con Funciones Ejecutivas de Director General de Asuntos Jurídicos dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA,

Que en el artículo 3° del Decreto N° 854/03 se estableció que el cargo involucrado debía ser cubierto mediante los sistemas de selección previstos en el entonces SISTEMA NACIONAL DE LA PROFESIÓN ADMINISTRATIVA, aprobado por el Decreto N° 993 del 27 de mayo de 1991 (t.o. 1995), en el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la notificación de la designación transitoria.

Que por el Decreto N° 903 del 15 de julio de 2004 se prorrogó por CIENTO OCHENTA (180) días hábiles el plazo mencionado precedentemente y por los Decretos Nros. 611 del 6 de junio de 2005, 1.672 del 27 de diciembre de 2005, 1.639 del 9 de noviembre de 2006, 1.101 del 14 de agosto de 2007, 673 del 22 de abril de 2008, 201 del 17 de marzo de 2009, 937 del 21 de julio de 2009, 934 del 29 de junio de 2010, 224 del 28 de febrero de 2011, 68 del 10 de enero de 2012, 1.889 del 5 de octubre de 2012, 626 del 30 de mayo de 2013 y 209 del 20 de febrero de 2014, se hizo lo propio por otros CIENTO OCHENTA (180) días hábiles en cada caso.

Que por razones operativas no ha sido posible cumplimentar la cobertura del cargo en el plazo establecido.

Que por ello se considera indispensable prorrogar en el MINISTERIO DE EDUCACIÓN el término fijado en el artículo 1° del aludido Decreto N° 209 del 20 de febrero de 2014.

Que en atención a la entrada en vigencia del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N° 2.098/08, deberá adecuarse la cobertura de dicho cargo a los nuevos sistemas de selección vigentes.

Que el referido cargo no constituye asignación de recurso extraordinario alguno.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE EDUCACIÓN ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta de conformidad con lo establecido por los artículos 99, inciso 1, de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y 1° del Decreto N° 491 del 12 de marzo de 2002.

Por ello,

LA PRESIDENTA
DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:

Artículo 1° — Prorrógase a partir del 27 de agosto de 2014, fecha de su vencimiento y por el plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, la designación transitoria efectuada por el Decreto N° 854/03, prorrogada por sus similares Nros. 903/04, 611/05, 1.672/05, 1.639/06, 1.101/07, 673/08, 201/09, 937/09, 934/10, 224/11, 68/12, 1.889/12, 626/13 y 209/14, del Administrador Gubernamental Doctor Luis Alberto QUINTERO (D.N.I. N° 14.157.630), en el cargo de Director General de Asuntos Jurídicos (Nivel A con Función Ejecutiva I) dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE EDUCACIÓN.

Art. 2° — El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N° 2.098/08, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del 27 de agosto de 2014.

Art. 3° — Déjase establecido que la medida no ocasionará erogación en el presupuesto del MINISTERIO DE EDUCACIÓN.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich. — Alberto E. Sileoni.

Fecha de publicación 12/01/2015