ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS DIVISIÓN ADUANA DE PUERTO MADRYN
La DIRECCION GENERAL DE ADUANAS, en virtud de lo dispuesto en el Art. 1 de la ley 25603, para las mercaderías que se encuentran en situación prevista en el Art. 417 de la ley 22415, comunica por única vez a aquellos que acrediten su derecho a disponer de las mercaderías cuya identificación se indica, que podrán dentro de los TREINTA (30) días corridos, solicitar alguna destinación autorizada, previo pago de las multas que por derecho correspondieren.
Transcurrido el plazo mencionado, el Servicio Aduanero procederá de acuerdo a lo dispuesto en los Arts. 2do., 3ro., 4to., y 5to. de la ley 25.603 y hasta tanto los titulares conserven su derecho a disponer de las mercaderías, a efectos de solicitar alguna destinación aduanera para las mismas presentarse en: División Aduana de PUERTO MADRYN (Calle RAWSON N° 7 - 9120 PUERTO MADRYN Pcia. CHUBUT).
Depósito | Medio | Fecha Arribo | MANI | Conocimiento | Bultos | Cant. | Kgrs. | Mercadería | Destinatario |
APPM | Avión | 10-AGO- 10 | 188W | 044-42504151 | Bulto | 1 | 122 | Rep. maquina | Etchehon |
MARIO D. CRESPO, Administrador Aduana Puerto Madryn.
e. 12/01/2015 N° 839/15 v. 12/01/2015
Fecha de publicación 12/01/2015