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29 de Diciembre de 1993

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SECRETARÍA DE TRABAJO

Resolución 2269/2014

Bs. As., 25/11/2014

VISTO el Expediente N° 1.577.115/13 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 4 del Expediente N° 1.626.692/14 agregado como fojas 66 al Expediente N° 1.577.115/13 obra un acuerdo celebrado por la ASOCIACIÓN DE SUPERVISORES DE LA INDUSTRIA METALMECÁNICA DE LA REPÚBLICA ARGENTINA por la parte sindical, y la CÁMARA ARGENTINA DEL ACERO por la parte empresaria, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

Que a fojas 93/94 del Expediente N° 1.577.115/13 la empresa IMA SERVICIOS INDUSTRIALES ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA ratifica el acuerdo de marras.

Que mediante dicho acuerdo las partes convienen la incorporación de la empresa IMA SERVICIOS INDUSTRIALES ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA al Anexo III del acuerdo celebrado oportunamente por las mismas, homologado por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO N° 1919 de fecha 6 de diciembre de 2013 y registrado bajo el N° 1537/13.

Que asimismo de conformidad con lo establecido por las partes la empresa incorporada al Anexo III del acuerdo precitado queda alcanzada y le resulta aplicable lo estipulado en el punto 1 (d) del mismo acuerdo y en atención a ello, corresponde en esta instancia remitir a lo oportunamente indicado, en el considerando octavo de la Resolución S.T. N° 1919/13, respecto a ese punto de dicho acuerdo.

Que el ámbito de aplicación del presente acuerdo, se corresponde con la actividad del sector empresario y la representatividad de la asociación sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que las partes han acreditado la representación invocada ante esta Cartera de Estado y ratificaron en todos sus términos el mentado acuerdo.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales establecidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, ha tomado la intervención que le compete.

Que por todo lo expuesto, corresponde dictar el presente acto administrativo de homologación, con el alcance que se precisa en el considerando cuarto de la presente medida.

Que la presente se dicta en uso de las facultades previstas en el artículo 10 del Decreto N° 200/88 y sus modificatorios.

Por ello,

LA SECRETARIA
DE TRABAJO
RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Declárase homologado el acuerdo celebrado entre la ASOCIACIÓN DE SUPERVISORES DE LA INDUSTRIA METALMECÁNICA DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, por la parte sindical, y la CÁMARA ARGENTINA DEL ACERO por la parte empresaria, obrante a fojas 4 del Expediente N° 1.626.692/14 agregado como fojas 66 Expediente N° 1.577.115/13, ratificado por la empresa IMA SERVICIOS INDUSTRIALES ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA a fojas 93/94 del mismo expediente.

ARTÍCULO 2° — Regístrese la presente Resolución por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin de que el Departamento Coordinación registre el acuerdo obrante a fojas 4 del Expediente N° 1.626.692/13 agregado como fojas 66 al Expediente N° 1.577.115/13 y el acta de ratificación obrante a fojas 93/94 del mismo expediente.

ARTÍCULO 3° — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.

ARTÍCULO 4° — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuita del acuerdo y acta de ratificación homologados resultará aplicable lo dispuesto en el tercer párrafo del Artículo 5° de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTÍCULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente N° 1.577.115/13
Buenos Aires, 26 de Noviembre de 2014
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST N° 2269/14 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 4 del expediente 1.626.692/13 agregado como fojas 66 al expediente de referencia, y acta de fojas 93/94, quedando registrado bajo el número 1823/14. — JORGE ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación – D.N.R.T.
Expte. 1.626.692/14
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 3 días del mes de julio de 2014, siendo las 11:00 horas, comparecen espontáneamente en este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, por ante el Dr. Carlos E. Valente. Secretario de Conciliación del Departamento de Relaciones Laborales Nro. 3 de la DIRECCIÓN NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO, por una parte el Sr. Héctor Mario Matanzo, en su carácter de Secretario Gremial Nacional de la ASOCIACIÓN DE SUPERVISORES DE LA INDUSTRIA METALMECÁNICA DE LA REPUBLICA ARGENTINA (ASIMRA), y por la otra y en representación de la CÁMARA ARGENTINA DEL ACERO (CAA) lo hace el Dr. Julio Caballero.
Declarado abierto el acto, los comparecientes manifiestan que, en el marco de las actuaciones que tramitan en el expediente de la referencia, y en función de lo requerido por la empresa IMA Servicios Industriales Argentina S.A. en la nota dirigida a la CAA que se acompaña en el expediente 1.626.692/14 (agregado al principal), las Partes han acordado incorporar a dicha empresa en el listado de empresas contratistas que prestan servicios y actividades complementarias de la industria siderúrgica dentro del establecimiento de SIDERCA S.A.I.C., obrante en el Anexo III del acuerdo de fecha 17/10/13, homologado por Res. ST n° 1919 del 6/12/2013.
En razón de lo convenido, la referida empresa quedará así alcanzada por el punto 1 (d) del citado acuerdo de fecha 17/10/13 de modo que su contenido le resultará aplicable a su personal supervisor.
En mérito de lo expuesto los comparecientes vienen a solicitar a esa autoridad administrativa tenga a bien emitir una nueva resolución que declare comprendida a IMA Servicios industriales Argentina S.A. en el Acuerdo de fecha 17/10/13 y en la resolución que lo homologa.
No siendo para más se da por terminado el acto por ante mí, previa lectura y ratificación que certifico.
Expte. 1.577.115/13
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 16 días del mes de octubre de 2014, siendo las 11.00 horas, comparecen espontáneamente en este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, por ante el Dr. Carlos H. E. VALENTE Secretario de Conciliación del Departamento de Relaciones Laborales Nro. 3 de la DIRECCIÓN NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO, por una parte el Sr. Héctor Mario Matanzo, en su carácter de Secretario Gremial Nacional, de la ASOCIACIÓN DE SUPERVISORES DE LA INDUSTRIA METALMECÁNICA DE LA REPUBLICA ARGENTINA (ASIMRA), por la otra en representación de IMA Servicios Industriales Argentina S.A. (IMA) lo hace el Sr. Miguel Ángel LEIGUARDA, en su carácter de apoderado —conforme lo acredita con el poder general de administración y disposición que acompaña y respecto del que declara bajo juramento resulta ser fiel de su original y se encuentra vigente— y en representación de la CÁMARA ARGENTINA DEL ACERO (CAA) lo hace el Dr. Julio Caballero.
Declarado abierto el acto, los comparecientes manifiestan que, en el marco de las actuaciones que tramitan en el expediente de la referencia, y en cumplimiento con lo requerido por la Asesoría Técnico Legal en su dictamen del 01/10/14 - vienen a ratificar en todos sus términos la solicitud que oportunamente efectuó IMA en la nota dirigida a la CAA que se acompañó a fs. 1 del expediente 1.626.692/14 (agregado como fs. 66 al principal). Dicha solicitud fue oportunamente ratificada ante esta autoridad por la CAA y la entidad sindical (fs. 4 del expediente 1.626.692/14 agregado como fs. 66 al principal) acordándose en dicha acta la incorporación de IMA en el listado de empresas contratistas que prestan servicios y actividades complementarias de la industria siderúrgica dentro del establecimiento de SIDERCA S.A.I.C., obrante en el Anexo III del acuerdo de fecha 17/10/13, homologado por Res. ST n° 1919 del 6/12/2013.
Adicionalmente, en cumplimiento con lo solicitado por la Asesoría Legal IMA acompañó oportunamente la documentación requerida en el dictamen n° 3406, (expte. 1.638.325/14 agregado al principal como fs. 78) cuyo contenido en este acto las partes ratifican íntegramente.
En mérito de lo expuesto los comparecientes vienen a solicitar a esa autoridad administrativa tenga a bien emitir una nueva resolución que declare comprendida a IMA Servicios Industriales Argentina S.A. en el Acuerdo de fecha 17/10/13 y en la resolución que lo homologa de modo que su contenido le resulte aplicable a su personal supervisor.
No siendo para más se da por terminado el acto por ante mí, previa lectura y ratificación que certifico.

Fecha de publicación 12/01/2015