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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Decreto 2685/2014

Danse por prorrogadas designaciones en la Secretaría Nacional de Acceso al Hábitat.

Bs. As., 30/12/2014

VISTO el Expediente N° CUDAP: EXP-JGM: 0045884/2014 del Registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley Nro. 26.895, los Decretos Nros. 491 del 12 de marzo de 2002, 1025 del 29 de julio de 2013, 1662 del 23 de octubre de 2013, 1149 del 21 de julio de 2014 y 1715 del 30 de septiembre de 2014 y lo solicitado por la entonces COMISION NACIONAL DE TIERRAS PARA EL HABITAT SOCIAL “PADRE CARLOS MUGICA” de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 26.895 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2014.

Que por el Decreto N° 1025 del 29 de julio de 2013 se dio por designada transitoriamente, y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, a la Licenciada Da. Paloma GARAY SANTALO como Coordinadora de Proyectos y Obras de la DIRECCION DEL HABITAT PARA LA INFRAESTRUCTURA BASICA Y EL EQUIPAMIENTO COMUNITARIO, y por el Decreto N° 1662 del 23 de octubre de 2013 se dio por designada por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, a la Doctora Da. María Florencia CASAMIQUELA como Coordinadora de Regularización Dominial, Títulos y Escrituración de la DIRECCION DE TIERRAS, ambas en el ámbito de la ex COMISION NACIONAL DE TIERRAS PARA EL HABITAT SOCIAL “PADRE CARLOS MUGICA” de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y cuyas prórrogas se efectuaron por el Decreto 1149 del 21 de julio de 2014 por el mismo término.

Que resulta necesario efectuar las prórrogas de las designaciones citadas precedentemente, por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles.

Que los cargos aludidos no constituyen asignación de recurso extraordinario alguno.

Que por el Decreto N° 1715 del 30 de septiembre de 2014 se estableció una nueva conformación organizativa de los niveles políticos para dar rápida respuesta a las demandas de acceso al hábitat, por lo que se suprimió la COMISION NACIONAL DE TIERRAS PARA EL HABITAT SOCIAL “PADRE CARLOS MUGICA”, y se creó, en su reemplazo, la SECRETARIA NACIONAL DE ACCESO AL HABITAT, en el ámbito de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que mediante el Decreto N° 491 del 12 de marzo de 2002 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la jurisdicción correspondiente.

Que el Decreto N° 601 del 11 de abril de 2002 y su modificatorio, en su artículo 6°, establece que los proyectos de decreto que propicien designaciones, contrataciones que no impliquen renovación o prórroga y reincorporación de personal en el ámbito de la Administración Pública Nacional deberán ser acompañados por la documentación detallada en la Circular de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION N° 4 del 15 de marzo de 2002.

Que las agentes involucradas en la presente medida se encuentran exceptuadas de lo establecido en el referido artículo 6° del Decreto N° 601 del 11 de abril de 2002 reglamentario del Decreto N° 491/02, por haber dado cumplimiento oportunamente a tales disposiciones.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION ha tomado la intervención correspondiente.

Que la presente, medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes de los artículos 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL y 1° del Decreto N° 491/02.

Por ello,

LA PRESIDENTA
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:

Artículo 1° — Dánse por prorrogadas las designaciones transitorias efectuadas oportunamente por los Decretos Nros. 1025 del 29 de julio de 2013 y 1662 del 23 de octubre de 2013 y cuyas prórrogas se efectuaron por el Decreto 1149 del 21 de julio de 2014, del personal nominado en la planilla que, como Anexo, forma parte integrante del presente Decreto, por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles y de acuerdo con el detalle obrante en la misma, autorizándose el pago del Suplemento por Función Ejecutiva Nivel IV del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP) y con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el artículo 14, Título II Capítulo III del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP) aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios.

Art. 2° — Los cargos mencionados en el artículo 1° deberán ser cubiertos conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP) dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de las fechas que en cada caso se indican en el Anexo de la presente medida.

Art. 3° — El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará con cargo a los créditos de las partidas específicas del presupuesto vigente de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich.

ANEXO
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
SECRETARIA NACIONAL DE ACCESO AL HABITAT

Fecha de publicación 20/01/2015