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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SECRETARÍA DE TRABAJO

Resolución 2504/2014

Bs. As., 17/12/2014

VISTO el Expediente N° 1.635.826/14 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 24.013, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que la empresa FOTOGEN SOCIEDAD ANÓNIMA COMERCIAL e INDUSTRIAL celebra un acuerdo directo con el SINDICATO EMPLEADOS DE COMERCIO DE CAPITAL FEDERAL y el SINDICATO “FEDERACIÓN GRÁFICA BONAERENSE” por el sector gremial, obrante a fojas 69, 70/71 y 93/94 del Expediente N° 1.635.826/14 y solicitan su homologación, en el marco del Procedimiento Preventivo de Crisis iniciado en las presentes actuaciones conforme lo regulado en la ley N° 24.013 y el Decreto N° 265/02.

Que en dicho Acuerdo las partes convienen suspensiones de personal, previendo el pago de una prestación no remunerativa, durante la vigencia de las mismas, en los términos del Artículo 223 Bis de la Ley N° 20.744 y sus modificatorias, conforme surge del texto pactado.

Que a fojas 69 del Expediente N° 1.635.826/14 obra la nómina del personal afectado por el mentado acuerdo.

Que los sectores intervinientes acreditan la representación que invisten con la documentación adjunta, ratificando el acuerdo en todos sus términos.

Que en razón de lo expuesto, precede la homologación del mismo, el que será considerado como acuerdo marco de carácter colectivo, sin perjuicio del derecho individual del personal afectado.

Que por último, deberá hacérsele saber que de requerir cualquiera de las partes la homologación administrativa en el marco del Artículo 15 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, es necesario que los trabajadores manifiesten su conformidad en forma personal y ello deberá tramitar ante la autoridad laboral administrativa competente.

Que la Unidad de Tratamiento de Situaciones de Crisis tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el artículo 10 del Decreto N° 200/88 y sus modificatorios.

Por ello,

LA SECRETARIA
DE TRABAJO
RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Decláranse homologados el Acuerdo y nómina del personal afectado suscriptos entre la empresa FOTOGEN SOCIEDAD ANÓNIMA COMERCIAL e INDUSTRIAL y el SINDICATO EMPLEADOS DE COMERCIO DE CAPITAL FEDERAL y el SINDICATO “FEDERACIÓN GRÁFICA BONAERENSE”, por el sector sindical, obrante a fojas 69, 70/71 y 93/94 del Expediente N° 1.635.826/14.

ARTÍCULO 2° — Regístrese la presente Resolución por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido ello, pase a la Dirección de Negociación Colectiva a fin de que el Departamento Coordinación registre el Acuerdo y nómina del personal afectado obrantes a fojas 69, 70/71 y 93/94 del Expediente N° 1.635.826/14.

ARTÍCULO 3° — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, procédase a la guarda del presente legajo.

ARTÍCULO 4° — Hágase saber que en el supuesto de que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación gratuita de los instrumentos homologados, resultara aplicable lo dispuesto en el tercer párrafo del Artículo 5° de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTÍCULO 5° — Establécese que la homologación del acuerdo marco colectivo que se dispone por el Artículo 1° de la presente Resolución, lo es sin perjuicio de los derechos individuales de los trabajadores comprendidos por el mismo.

ARTÍCULO 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente N° 1.635.826/14
Buenos Aires, 18 de diciembre de 2014
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST N° 2504/14 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 69, 70/71 y 93/94 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 1937/14. — JORGE ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.
• PROCEDIMIENTO PREVENTIVO DE CRISIS
• CONTESTA TRASLADO
Buenos Aires, 25 de agosto de 2014.-
Señores
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO
Y SEGURIDAD SOCIAL DE LA NACION
Capital Federal Ref.: Expte. 1.635.826/14
De nuestra consideración:
Arturo E. Giuffré, To. 65 Fo. 655 matrícula del C.P.A.C.F., en su carácter de apoderado de la firma FOTOGEN S.A. con domicilio real en la calle Herrera 1515, de la ciudad autónoma de Buenos Aires, constituyendo domicilio en la Av. De Mayo 963 Piso 3ero. Oficina “9”, C.A.B.A., teléfono 4-342600, respetuosamente me presento y digo:
I. Que vengo a contestar el traslado dispuesto por el organismo a fs. 55/56 y adjunto a la presente Informe de Ingresos Egresos del periodo enero 2014 a Julio de 2014 certificado por Contador Público Nacional de donde surge un quebranto en dicho periodo de $ 602.600,26 para el periodo referenciado.
II. Asimismo se indica que el esquema de suspensiones programadas por la empresa es de la siguiente manera:
De quince días a la mitad del personal siguiendo el siguiente cuadro:

Fecha de publicación 20/01/2015