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23 de Mayo de 2016

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

Decreto 2678/2014

Designaciones en la Unidad de Información Financiera.

Bs. As., 30/12/2014

VISTO el Expediente Nº S04:0020668/2014 del registro de la UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA, organismo descentralizado del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS; la Ley Nº 26.895, los Decretos Nros. 491 del 12 de marzo de 2002, 2098 del 3 de diciembre de 2008, 469 del 30 de abril de 2013, la Resolución Nº 453 del 22 de octubre de 2013 de la UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA y la Resolución Conjunta Nº 105 de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y Nº 77 de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS del 4 de abril de 2014, y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 7° de la Ley Nº 26.895 se establece que las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de su sanción ni los que se produzcan con posterioridad a dicha fecha, salvo decisión fundada del Jefe de Gabinete de Ministros o del PODER EJECUTIVO NACIONAL de conformidad con lo dispuesto por el artículo 10 de la citada Ley.

Que en función de lo previsto en el artículo 1° del Decreto Nº 491/02, toda designación en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente, cualquiera fuera su modalidad y fuente de financiamiento, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la Jurisdicción correspondiente.

Que por el Decreto Nº 469/13 se aprobó la estructura organizativa de la UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA, organismo descentralizado del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, facultándose a su Presidente, previa intervención de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, a aprobar y modificar el Anexo de Dotación correspondiente a la estructura organizativa y la correspondiente a las aperturas inferiores con hasta un máximo de SEIS (6) cargos de conducción.

Que la Resolución U.I.F. Nº 453/13 aprobó las aperturas organizativas inferiores de nivel Coordinación y Departamento del organismo.

Que, consecuentemente, mediante la Resolución Conjunta S.G. y C.A. Nº 105/14 y S.H. Nº 77/14, fueron incorporados al Nomenclador de Funciones Ejecutivas diversos cargos dentro del ámbito de la UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA.

Que la UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA, organismo descentralizado del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, solicita la cobertura de dichos cargos vacantes y financiados, requiriendo la limitación de la designación de los agentes que se consignan en el Anexo I, y propiciando las designaciones que se señalan en los Anexos II, III y IV con carácter de excepción a lo dispuesto por el artículo 7° de la Ley Nº 26.895.

Que por su parte, las designaciones transitorias que se indican en los Anexos II y IV, como la del doctor Fernando Gustavo ZANELLI (D.N.I. Nº 17.593.255), se propician con autorización excepcional por no reunir aquellas los requisitos mínimos de acceso a los Niveles escalafonarios correspondientes establecidos en el artículo 14 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/08.

Que las personas propuestas reúnen los conocimientos, experiencia e idoneidad necesarios para el desempeño de los cargos a cubrir.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL, de los artículos 7° y 10 de la Ley Nº 26.895 y del artículo 1° del Decreto Nº 491/02.

Por ello,

LA PRESIDENTA
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:

Artículo 1° — Danse por limitadas, a partir de la fecha que en cada caso se indica, las designaciones transitorias de los agentes que se consignan en el Anexo I que forma parte integrante de la presente medida, en el nivel, grado y función que se consigna en cada caso, de la planta permanente de la UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA, organismo descentralizado del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, dispuesta a través de los decretos que en cada caso particular se señala.

Art. 2° — Danse por designadas transitoriamente a partir del 4 de abril de 2014 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha del presente decreto, a las personas consignadas en el Anexo II que forma parte integrante de la presente medida, en los cargos de la planta permanente de la UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA, organismo descentralizado del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, en los niveles, grados y funciones, conforme se detalla en dicho Anexo, del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/08, con carácter de excepción a lo establecido por el artículo 7° de la Ley Nº 26.895 y con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos de acceso a los niveles escalafonarios correspondientes establecidos en el artículo 14 del citado Convenio, autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva Nivel IV del mismo.

Art. 3° — Dase por designado transitoriamente, a partir del 7 de abril de 2014 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha del presente decreto, al doctor Fernando Gustavo ZANELLI (D.N.I. Nº 17.593.255), en un cargo Nivel B - Grado 0 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/08, de la planta permanente de la UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA, organismo descentralizado del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, para cumplir funciones de Coordinador de Auditoría Técnica, Legal y Administrativa, con carácter de excepción a lo establecido por el artículo 7° de la Ley Nº 26.895 y con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos de acceso al nivel B establecidos en el artículo 14 del citado Convenio, autorizándose el pago de la Función Ejecutiva Nivel IV del mismo.

Art. 4° — Danse por designadas transitoriamente, a partir del 5 de marzo de 2014 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha del presente decreto, a las personas consignadas en la planilla que, como Anexo III, forma parte integrante de la presente medida, en los cargos de la planta permanente de la UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA, organismo descentralizado del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, en los niveles, grados y funciones, conforme se detalla en dicho Anexo, del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/08, con carácter de excepción a lo establecido por el artículo 7° de la Ley Nº 26.895.

Art. 5° — Dense por designadas transitoriamente, a partir del 5 de marzo de 2014 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha del presente decreto, a las personas consignadas en la planilla que, como Anexo IV, forma parte integrante de la presente medida, en los cargos de la planta permanente de la UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA, organismo descentralizado del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, en los niveles, grados y funciones, conforme se detalla en dicho Anexo, del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/08, con carácter de excepción a lo establecido por el artículo 7° de la Ley Nº 26.895 y con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos de acceso a los niveles escalafonarios correspondientes, establecidos en el artículo 14 del citado Convenio.

Art. 6° — Los cargos involucrados en los artículos 2° y 3° de la presente medida deberán ser cubiertos de conformidad con los requisitos y sistemas de selección vigentes, según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II —Capítulos III, IV y VIII— y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/08, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha del presente decreto.

Art. 7° — Los cargos involucrados en los artículos 4° y 5° de la presente medida deberán ser cubiertos de conformidad con los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II —Capítulos III y IV— y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/08, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha del presente decreto.

Art. 8° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con los créditos asignados a la Jurisdicción 40 - MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, Servicio Administrativo Financiero Nº 670 - UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA.

Art. 9° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich. — Julio C. Alak.

ANEXO I
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA

ANEXO II
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA

ANEXO III
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA

ANEXO IV
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA

Fecha de publicación 21/01/2015