MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN
Resolución 38.842/2015
Expediente N° 61.431 - Verificación cumplimiento leyes N° 20.091, 22.400 y reglamentación dictada en consecuencia por parte de CEN LITORAL S.R.L. Síntesis:
21/1/2015
VISTO... Y CONSIDERANDO...
EL SUPERINTENDENTE
DE SEGUROS DE LA NACIÓN
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Disponer la suspensión de la tramitación del presente Expediente N° 61.431.
ARTÍCULO 2° — Disponer la inhabilitación de la sociedad de productores asesores de seguros CEN LITORAL S.R.L. (matrícula n° 1005), hasta tanto comparezca a estar a derecho munida de los libros de registros obligatorios llevados en legal forma y los elementos requeridos por la inspección actuante a fs. 3/4.
ARTÍCULO 3° — La Gerencia de Autorizaciones y Registros tomará razón de las medidas dispuestas en los artículos precedentes.
ARTÍCULO 4° — Regístrese, notifíquese al domicilio comercial constituido ante el Registro de Sociedades de Productores Asesores de Seguros, sito en SANTA FE N° 1758 5° B (C.P. 2000) – ROSARIO - SANTA FE, y publíquese en el Boletín Oficial. — Lic. JUAN ANTONIO BONTEMPO, Superintendente de Seguros de la Nación.
e. 26/01/2015 N° 4539/15 v. 26/01/2015
Fecha de publicación 26/01/2015