CONMEMORACIONES
Ley 27.100
Día Nacional del Humorista. Sancionada: Diciembre 17 de 2014 Promulgada de Hecho: Enero 20 de 2015
ARTÍCULO 1° — Institúyase el día 26 de noviembre de cada año como el Día Nacional del Humorista, en conmemoración del natalicio del humorista gráfico, Roberto “el Negro” Fontanarrosa.
ARTÍCULO 2° — Facúltase al Poder Ejecutivo nacional a adoptar las medidas necesarias a fin de implementar actividades específicas referidas a la conmemoración del Día Nacional del Humorista y realizar la más alta difusión, a través de los mecanismos de comunicación oficial.
ARTÍCULO 3° — Invítese a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a disponer actividades en los distintos ámbitos de su competencia, con el mismo fin que el establecido en el artículo 2° de la presente ley.
ARTÍCULO 4° — Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS DIECISIETE DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL CATORCE.
— REGISTRADA BAJO EL Nº 27.100 —
JULIAN A. DOMINGUEZ. — GERARDO ZAMORA. — Lucas Chedrese. — Juan H. Estrada.
El Senado y Cámara de Diputados
de la Nación Argentina
reunidos en Congreso, etc.
sancionan con fuerza de
Ley:
Fecha de publicación 28/01/2015